Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 09/03/2015 - 1º Sección
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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)
CÓRDOBA, 9 de marzo de 2015
BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCIII - Nº 45
a Damnificados del Temporal del 15 de Febrero del año 2015.
Por ello, y lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Gestión Pública bajo el N 211/2014, y en ejercicio de sus atribuciones;
LA DIRECTORA GENERAL DE
COMPRAS Y CONTRATACIONES
DEL MINISTERIO DE GESTIÓN PÚBLICA
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1.- DISPÓNESE la no obligatoriedad de la constitución de garantías en los procedimientos de selección de contratación directa por causa conforme el artículo 10 inc. b acápice 1, cuando el monto de la contratación sea igual o mayor al índice doscientos 200 efectuados en el marco de la situación de emergencia y a las erogaciones emanadas del Fondo de Asistencia a Damnificados del Temporal del 15 de Febrero del año 2015.
ARTÍCULO 2.- DISPÓNESE la vigencia de la resolución con efectos retroactivos a la declaración del estado de emergencia a las zonas afectadas por fenómenos meteorológicos ocurridos en el mes de febrero del corriente año 2015.
ARTÍCULO 3.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
CRA. M. GIMENA DOMENELLA
DIRECTORA GENERAL DE
COMPRAS Y CONTRATACIONES
MINISTERIO DE GESTIÓN PÚBLICA
Primera Sección
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