Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 28/08/2013 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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Primera Sección
B OLETÍN OFICIAL - A ÑO C - TOMO DLXXXIII - Nº 146

Y CONSIDERANDO: Que atento las constancias obrantes en autos, se estiman cumplidos los requisitos formales, fiscales, estatutarios y legales con relación a la Asamblea General Ordinaria, celebrada con fecha 28 de Junio de 2012 por la Entidad Civil denominada ASOCIACION GERONTOGERIATRICA DEL CENTRO, PROFESOR DR. MARIO
ALBERTO CROSETTO,CUIT N 30-71114048-0, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, en la cual se resolvió la Reforma Parcial del Estatuto, modificando los artículos Nros. 2, 5, 13, 14, 22, 23, 24, 27 y 31, en procura de mejorar el funcionamiento de la Entidad.En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.-33
segunda parte, inc. 1º 35, 45 -primer párrafoy concordantes del Código Civil, y en uso de las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley Nº 8652.
LA DIRECCIÓN DE INSPECCION
DE PERSONAS JURÍDICAS
RESUELVE:

Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y archívese.DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
A/ C DE I NSPECCIÓN DE P ERSONAS J URÍDICAS
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Resolución Nº 130 A/13

VISTO: El Expediente Nº 0007-104815/2013 mediante el cual la Entidad Civil denominada ASOCIACIÓN CIVIL DE
TRANSPORTISTAS RURALES DE SAN MARCOS SUD, con asiento en la Localidad de San Marcos Sud, Provincia de Córdoba, solicita autorización para funcionar como Persona Jurídica.Y CONSIDERANDO: Que conforme lo informado por el Area de Asociaciones Civiles, se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y fiscales exigidos.En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33
segunda parte, inc. 1º-, 35, 45 primer párrafoy concordantes del Código Civil, y en uso de las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652,
ARTÍCULO 2º.- DECLARAR subsistente la Personería Jurídica otorgada por Resolución N 211A/09 de fecha 15
de Mayo de 2009.-

LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:

ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia, vuelva al Area de Civiles y Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y archívese.-

ARTÍCULO 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil denominada ASOCIACIÓN
CIVIL
DE
TRANSPORTISTAS RURALES DE SAN MARCOS SUD, con asiento en la Localidad de San Marcos Sud, Provincia de Córdoba.-

Resolución Nº 129 A/13
Córdoba, 22 de Abril de 2013
VISTO: El Expediente Nº 0640-000718/2013 mediante el cual la Entidad Civil denominada CAMIONEROS UNIDOS
DE BELL VILLE ASOCIACION CIVIL, con asiento en la Ciudad de Bell Ville, Provincia de Córdoba, solicita autorización para funcionar como Persona Jurídica.Y CONSIDERANDO:

LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil denominada CAMIONEROS UNIDOS DE BELL VILLE
ASOCIACION CIVIL, con asiento en la Ciudad de Bell Ville, Provincia de Córdoba.ARTÍCULO 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar como Persona Jurídica.ARTÍCULO 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, vuelva al Area de Asociaciones Civiles y
LA DIRECCIÓN DE INSPECCION
DE PERSONAS JURIDICAS
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º: DESIGNAR como Comisión Normalizadora de la Entidad Civil denominada CLUB SOCIAL Y
DEPORTIVO EL TREBOL, con sede legal en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, a los Señores: Javier Orlando PETENIAN, D.N.I. N 22.563.112, Mariano OGA, D.N.I.
N 23.855.314, Agustín Antonio OGA, D.N.I. N 24.703.822, como integrantes de la misma, quienes deberán tomar posesión del cargo, suscribiendo un acta ante el Area de Asociaciones Civiles y Fundaciones de esta Dirección.ARTÍCULO 2º: AUTORIZAR su funcionamiento por el término de sesenta 60 días hábiles, plazo en el cual deberá convocar a Asamblea General Ordinaria que trate los ejercicios vencidos y elija las autoridades de la entidad, garantizando la amplia participación de la masa societaria y respetando las normas estatutarias en vigencia.ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, vuelva al Area de Asociaciones Civiles y Fundaciones para la anotación de la medida en el registro pertinente y archívese.DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
A / C DE INSPECCIÓN DE P ERSONAS J URÍDICAS
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

ARTÍCULO 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar como Persona Jurídica.ARTÍCULO 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, vuelva al Area de Asociaciones Civiles y Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y archívese.DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
A/ C DE I NSPECCIÓN DE P ERSONAS J URÍDICAS
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Resolución Nº 131 A/13
Córdoba, 22 de Abril de 2013

Que conforme lo informado por el Area de Asociaciones Civiles, se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y fiscales exigidos.En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33
segunda parte, inc. 1º-, 35, 45 primer párrafoy concordantes del Código Civil; Ley N 19.836, y en uso de las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652,
en la situación prevista en el Inc. j, Apartado 2 del Art. 10 de la Ley Nº 8652.Que se estiman cumplidos los requisitos formales y legales con relación a la solicitud de designación de Comisión Normalizadora de la Entidad CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO
EL TREBOL.En consecuencia y en uso de las facultades conferidas por los Arts. 2 y 10 y concordantes de la Ley Nº 8652,
Córdoba, 22 de Abril de 2013

ARTÍCULO 1º.- APROBAR la Reforma Parcial del Estatuto Social, sancionada en Asamblea General Ordinaria, celebrada con fecha 28 de Junio de 2012, modificando los artículos Nros 2, 5, 13, 14, 22, 23, 24, 27 y 31 de la Entidad Civil denominada ASOCIACION GERONTOGERIATRICA DEL
CENTRO, PROFESOR DR. MARIO ALBERTO CROSETTO, CUIT N 30-71114048-0 con asiento en la Ciudad de Villa María, Provincia de Córdoba.

DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
A / C DE INSPECCIÓN DE P ERSONAS J URÍDICAS
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

CÓRDOBA, 28 de agosto de 2013

VISTO: El Expediente Nº 0007-104630/2013, en el cual constan actuaciones referidas a la Entidad CLUB SOCIAL Y
DEPORTIVO EL TREBOL, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba.Y CONSIDERANDO: Que se presentan un grupo de asociados, de la Entidad con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, y solicitan se designe una Comisión Normalizadora, denunciando una situación de acefalía e irregularidad institucional.Que conforme lo manifiesta el Area de Asociaciones Civiles y Fundaciones en el Informe Técnico la Entidad posee Personería Jurídica otorgada por Decreto N 11398 A de fecha 5 de Junio de 1950.Que de nuestros registros surge que el cierre del ejercicio económico se efectuá el 31 de Agosto de cada año, adeudándose asimismo los cierres de ejercicios correspondientes a los años 31/08/1996 al 31/08/2012.Que el último acto social realizado por la entidad es la Asamblea Ordinaria de fecha 11 de Abril de 1996, encontrándose las autoridades designadas oportunamente con sus mandatos vencidos, por lo tanto la Institución se encuentra
Resolución Nº 132 A/13
Córdoba, 22 de Abril de 2013
VISTO: El Expediente Nº 0007-101293/2012 en el cual constan actuaciones referidas a la Entidad INSTITUTO DE
EDUCACION PRIVADA LA FALDA, con asiento en la Localidad de Valle Hermoso, Provincia de Córdoba.Y CONSIDERANDO: I.- Que a fs.24 obra una presentación de los miembros de la Comisión Normalizadora en la que solicitan una prórroga del plazo que les fuera concedido para convocar a Asamblea General Ordinaria, atento a la imposibilidad de reunir la documentación necesaria para presentar los cierres de los ejercicios 2005 al 2012.
II.- Que a fs. 1 F.U.N 23 la señora María Verónica Maldonado miembro de la Comisión Normalizadora presenta su renuncia como miembro de dicha comisión con carácter indeclinable.
III.- Que a fs.25 obra informe del área de Asociaciones Civiles de esta repartición, mediante el cual aconseja a la superioridad el otorgamiento de la prórroga por el término de treinta días hábiles para realizar la asamblea ordinaria.
IV.- Que así planteada la cuestión, considero que debe hacerse lugar a la solicitud, a los fines de poder lograr los objetivos para los que se designó la Comisión Normalizadora, esto es, la regularización institucional de la entidad, lo cual supone el tratamiento y aprobación de los estados contables de los ejercicios económicos vencidos, para lo cual la Comisión Normalizadora necesita un plazo para terminar de confeccioarlos, motivo es que torna procedente la prórroga.
V.- Que en cuanto a renuncia de la Sra. María Verónica Maldonado como miembro de la Comisión Normalizadora, considero que ello no resulta un obstáculo para el normal funcionamiento de dicha Comisión al ser un organo colegiado que continua como tal con los dos integrantes restantes.
En consecuencia, conforme el análisis precedente, lo informado por el Área de Asociaciones Civiles y Fundaciones a fs.71 y en

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 28/08/2013 - 1º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaysArgentine

Date28/08/2013

Page count11

Edition count4182

Première édition01/02/2006

Dernière édition19/07/2024

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