Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 09/08/2010 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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BOLETÍN OFICIAL

VIENE DE TAPA
DECRETO Nº 1077

ARTÍCULO 3 - El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Justicia y el señor Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 4 - Protocolícese, comuníquese, dése intervención Servicio Penitenciario de Córdoba, publíquese en el BOLETIN
OFICIAL y archívese.
CR. JUAN SCHIARETTI
GOBERNADOR
DR. LUIS EUGENIO ANGULO
MINISTRO DE JUSTICIA
JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCAL DE ESTADO


Decreto Nº 643

Córdoba, 11 de mayo de 2010

VISTO: el Expediente Nº 0416-049905/07/A58/09 en el que la Subsecretaría de Recursos Hídricos dependiente del Ministerio oO O de Obras y Servicios Públicos, propicia por Resolución Nº 0156/10, se aprueben los trabajos modificatorios necesarios de realizar en la obra: REACONDICIONAMIENTO
Y AMPLIACIÓN DE LA PLANTA POTABILIZADORA LA CALERA
y se adjudiquen los mismos a la Empresa PASCHINI
CONSTRUCCIONES S.R.L. Y MICHELOTTI E HIJOS S.R.L. U.T.E. contratista de la obra principal, por la suma de $
3.567.704,48.
Y CONSIDERANDO:
Que a fs. 4/7 de autos la Dirección de Jurisdicción de Obras de la citada Subsecretaría produce informe sobre la necesidad de modificar el proyecto original y a fs. 12/46 se acompaña el proyecto técnico compuesto por Planilla de Ampliación, Cálculo de Coeficiente - Resumen, Análisis de Precios, Plan de Trabajos, Cronograma de Inversiones , Presupuesto y Planos.
Que el presupuesto de ampliación de obra de acuerdo al informe producido a fs. 54 asciende a la suma de $ 3.567.704,48
que representa un incremento del 16,42% del contrato original.
Que analizada la documentación elaborada se trata de trabajos necesarios para la correcta ejecución de la obra principal, de carácter imprevisible, y que implican una modificación del proyecto original por aumentos que se consideran como enmarcados en la hipótesis de los artículos 40 y 41 de la Ley de Obras Públicas Nº 8614, no superando el monto total del 30% del contrato, encontrándose dentro de los límites cuantitativos y cualitativos fijados por la citada ley.

ARTÍCULO 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma de PESOS TRES MILLONES QUINIENTOS SESENTA
Y SIETE MIL SETECIENTOS CUATRO CON CUARENTA Y
OCHO CENTAVOS $ 3.567.704,48 conforme lo indica la Dirección de Jurisdicción de Administración del Ministerio de Obras y Servicios Públicos en su Documento de Contabilidad Nota de Pedido Nº 2010/000032, con cargo a Jurisdicción 1.50 - Programa 505-005 - Partida: 12.06.00.00 - Centro de Costo 249401 del P.V.
ARTÍCULO 3º.- FACÚLTASE al señor Subsecretario de Recursos Hídricos a suscribir el respectivo contrato, previo cumplimiento por parte del adjudicatario de los recaudos legales pertinentes, debiendo la contratista integrar la garantía de fiel cumplimiento en la misma proporción establecida para el contrato principal y cumplimentar con el sellado de Ley de las Enmiendas de Contrato por Modificación de Obra.
ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Obras y Servicios Públicos y Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 5º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la Dirección de Jurisdicción de Administración del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, al Tribunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, pase a la Subsecretaría de Recursos Hídricos a sus efectos y archívese.
CR. JUAN SCHIARETTI
GOBERNADOR
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS
JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCAL DE ESTADO


Decreto N 752
Córdoba, 28 de Mayo de 2010
VISTO: El Expediente N 0423-034474/2010, del registro del Ministerio de Gobierno.
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones el señor Intendente Municipal de Jovita solicita la declaración de día no laborable el próximo 28 de Octubre de 2010, en virtud de conmemorarse el Centésimo Quinto Aniversario de la fundación de dicho municipio.
Que se ha incorporado en autos la Ordenanza Municipal N
003/09 y su Decreto Promulgatorio N 32/2010, en la que se dispone la adhesión a los festejos dispuestos por la Municipalidad con motivo del referido aniversario.

Que se ha incorporado el correspondiente Certificado de Habilitación para Adjudicación expedido por el Registro de Constructores de Obras artículo 7 del Decreto Nº 8/98 y Resolución Nº 002/99 del entonces Ministerio de Obras, Servicios Públicos y Vivienda a fs. 59 de autos.

Que la iniciativa está comprendida por lo dispuesto por los artículos 4 y 6 de la Ley N 6326 que faculta expresamente a este Poder Ejecutivo para disponer otros días feriados o no laborables, cuando no se trate de la fiesta patronal de la localidad, y el alcance de los mismos.

Por ello, las disposiciones de la Ley Nº 5901 - T.O. ley 6300 y modificatorias y lo dictaminado por el Departamento Jurídico del Ministerio de Obras y Servicios Públicos con el Nº 159/10 y por Fiscalía de Estado bajo el Nº311/10

Por ello, las disposiciones legales citadas, lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Legales Municipales del Ministerio de Gobierno bajo el N 30/2010, por Fiscalía de Estado bajo el N
289 y en uso de las atribuciones conferidas por la Constitución Provincial;

CÓRDOBA, 9 de agosto de 2010

ARTÍCULO 3 - Protocolícese, comuníquese, publíquese en el BOLETIN OFICIAL y archívese.
CR. JUAN SCHIARETTI
GOBERNADOR
CARLOS CASERIO
MINISTRO DE GOBIERNO
JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCAL DE ESTADO


Decreto Nº 2033

Córdoba, 30 de diciembre de 2009

VISTO: La facultad otorgada por el artículo 31 de la Ley N
9702 Presupuesto General de la Administración Pública Provincial del año 2010.
Y CONSIDERANDO:
Que la Ley mencionada faculta al Poder Ejecutivo a establecer los índices para las contrataciones directas en la adquisición de bienes y servicios, mediante acto administrativo general y fundado, cuando la naturaleza de los bienes y servicios a contratar lo requieran, determinar la escalas y funcionarios que podrán efectuar contratación directa, en los términos el artículo 110 inciso 1 de la Ley N 7631, modificándose en lo pertinente, los artículos 13, 14, 14 bis, 16 correlativos y concordantes de la Ley N 5901 T.O. Ley 6300 de Ejecución del Presupuesto de la Administración Pública.
Que actualmente la cantidad de bienes y servicios que adquiere el Estado Provincial, es sensiblemente mayor en unidades físicas y monetarias, a las que se verificaban en oportunidad de sanción de la Ley N 5901 T.O. Ley N
6300 y sus modificatorias.
Que con el objetivo de conciliar la agilidad administrativa y la transparencia que debe guiar todo accionar público, corresponde establecer los índices a que autoriza el citado artículo 31 de la Ley de Presupuesto del año 2010, determinando las escalas y los funcionarios autorizados, fijando límites superiores cuando la finalidad de la contratación este dada para la provisión de bienes y servicios para el área de seguridad, transporte aeronáutico, y actividades artísticas, dada las particularidades que plantean dichas áreas.
Por ello, las normas citadas y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 de la Constitución Provincial.
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1 - Establécense los índices para las adjudicaciones de contrataciones directas, en los términos el artículo 110 inciso 1 de la Ley N 7631 para la adquisición de bienes y servicios, de conformidad al siguiente detalle:

Tipo de Bienes Modalidad
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1º.- APRÚEBANSE los trabajos modificatorios necesarios de efectuar en la obra: REACONDICIONAMIENTO
Y AMPLIACIÓN DE LA PLANTA POTABILIZADORA LA CALERA
y consecuentemente ADJUDÍCANSE los mismos a la Empresa PASCHINI CONSTRUCCIONES S.R.L. Y MICHELOTTI E
HIJOS S.R.L. - U.T.E. contratista de la obra principal, por la suma de PESOS TRES MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y
SIETE MIL SETECIENTOS CUATRO CON CUARENTA Y
OCHO CENTAVOS $ 3.567.704,48.

de Contratación Formalidad
Indice
Bienes y servicios
Hasta índice diez 10

contratación directa.

ARTÍCULO 1 - Declárese día no laborable en la localidad de Jovita, Departamento General Roca, el día 28 de Octubre de 2010, con motivo de conmemorarse el Centésimo Quinto Aniversario de su fundación, con los alcances previsto por el artículo 4 de la Ley N 6326.

Providencia Hasta índice treinta 30

Ministros.

seguridad, transporte
Secretarios de Estado.

aeronáutico y actividades
Jefe de la Policía de la
artísticas.

Provincia.

Contratación directa.
Modalidad: simple Providencia Bienes y Servicios Contratación Directa con tres presupuestos.

ARTÍCULO 2 - El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Gobierno y por el señor Fiscal de Estado.

Ministros Secretarios de Estado
Modalidad: Simple Bienes y servicios para
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:

Funcionarios Autorizados
Modalidad: Simple Providencia
Hasta índice cuarenta 40

Ministros.
Secretarios de Estado

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 09/08/2010 - 1º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaysArgentine

Date09/08/2010

Page count5

Edition count4191

Première édition01/02/2006

Dernière édition01/08/2024

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