Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 12/05/2006 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

1

SECCIÓN

AÑO XCIV - TOMO CDXCVI CORDOBA, R.A. VIERNES

PUBLICACIONES

DE

GOBIERNO

Nº 69
12 DE MAYO DE 2006

www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
RESOLUCIONES

Declaran de Interés Educativo el Segundo Foro Iberoamericano de Jóvenes con Líderes de Grandes Emprendimientos MINISTERIO DE EDUCACIÓN
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
RESOLUCION Nº 225
Córdoba, 4 de Mayo de 2006
VISTO: Las actuaciones presentadas por el Instituto Provincial de Educación
Media Nº 37 CORONEL HILARIO
ASCASUBI de Villa Ascasubi, donde se solicita declarar de Interés Educativo el Segundo Foro Iberoamericano de Jóvenes con Líderes de Grandes Emprendimientos, que bajo la organización de la citada institución se llevará a cabo desde el 8 al 12 de mayo de 2006, en la ciudad de Embalse de Río Tercero;

Y CONSIDERANDO:
Que los objetivos del Foro son: crear espacios para la reflexión, el consenso y la interacción, estudiar la posición y el rol de los jóvenes y planificar acciones concretas para el futuro.
Que las temáticas del encuentro se abordan a través del diálogo con
LEYES
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
SANCIONA CON FUERZA DE

conforme a la nueva redacción del artículo 11 de dicha norma.
ARTÍCULO 3º.- COMUNÍQUESE al Poder Ejecutivo Provincial.

LEY: 9289

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL, EN LA CIUDAD DE CÓRDOBA, A LOS CINCO DÍAS
DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL SEIS.

ARTÍCULO 1º.- MODIFÍCASE el artículo 11 de la Ley Nº 9223, el que queda redactado de la siguiente manera:
ARTÍCULO 11.- EL subsidio establecido en el artículo 9º de la presente Ley, es compatible con la percepción de cualquier otro de similar naturaleza y con el desempeño de cualquier actividad remunerada, en relación de dependencia o en forma autónoma, excepto con pensión y/o subsidio de otro Estado Provincial, que se otorgare por la condición de Veterano de Guerra de Malvinas.
Los oficiales de las Fuerzas Armadas y de Seguridad, tienen derecho a este beneficio cuando se encuentren en situación de retiro o baja voluntaria sin percepción de haberes.
ARTÍCULO 2º.- LA presente Ley entrará en vigencia a los sesenta 60 días de su promulgación, plazo durante el cual el Poder Ejecutivo Provincial elaborará el padrón de suboficiales de las Fuerzas Armadas y de Seguridad que serán beneficiarios del subsidio establecido en el artículo 9º de la Ley Nº 9223
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY: 9290
ARTÍCULO 1º.- DECLÁRASE de utilidad pública y sujeto a expropiación para la ejecución de la Obra: Pavimentación Ruta Provincial E 52 -Tramo: La Tordilla - Arroyito, el inmueble sito en Arroyo de Los Leones, Pedanía Arroyito, Departamento San Justo, el mismo se describe en el plano
GUILLERMO ARIAS
SECRETARIO LEGISLATIVO
LEGISLATURA PROVINCIA DE CÓRDOBA

FRANCISCO FORTUNA
PRESIDENTE PROVISORIO
LEGISLATURA PROVINCIA DE CÓRDOBA

FISCALÍA DE ESTADO
Córdoba, 28 de Abril de 2006
Habiendo transcurrido el plazo previsto en el Artículo 109, primer párrafo, de la Constitución de la Provincia, publíquese la Ley Nro. 9289 en el Boletín Oficial y archívese.DR. CARLOS GUILLERMO GARCIA
SUBSECRETARIO LEGAL Y TÉCNICO - FISCALÍA DE ESTADO
de Mensura Parcial que se acompaña, como parte de una mayor superficie a ocupar de 2 Has. 9.956 m2 dos hectáreas, nueve mil novecientos cincuenta y seis metros cuadrados y cuyo Dominio figura inscripto al Nº 17035 - Folio: 26884 Tomo: 108 - Año: 1972, a nombre de Elsa Esther GAIDA de CANELLO.
ARTÍCULO 2º.- EL Ministerio de Finanzas dispondrá lo CONTINÚA EN PÁGINA 2

personalidades significativas para propiciar la autogestión de los jóvenes involucrados.
Que conforme con lo expuesto, este Ministerio no puede permanecer ajeno a este importante acontecimiento, por lo que se estima conveniente acceder a lo solicitado.
Por ello, los informes producidos y en uso de las atribuciones conferidas por la Resolución Ministerial Nº 118/
06;
EL SECRETARIO DE EDUCACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- DECLARAR de Interés Educativo el Segundo Foro Iberoamericano de Jóvenes con Líderes de Grandes Emprendimientos, que bajo la organización del Instituto Provincial de Educación Media Nº 37 CORONEL HILARIO
ASCASUBI de Villa Ascasubi, se llevará a cabo desde el 8 al 12 de mayo de 2006, en la ciudad de Embalse de Río Tercero.ARTÍCULO 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-

DR. CARLOS A. SÁNCHEZ
SECRETARIO DE EDUCACIÓN

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 12/05/2006 - 1º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaysArgentine

Date12/05/2006

Page count4

Edition count4188

Première édition01/02/2006

Dernière édition29/07/2024

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