Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 12/01/2023

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Source: Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón

ARTÍCULO 4º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y comuníquese por la Dirección de Personal.
l.G

BARAGIOLA

MONTENEGRO

REGISTRADO BAJO Nº 3098
Decreto Nº 3099/22

Publicado en versión extractada General Pueyrredon, 30/12/2022
ARTÍCULO 1º.- Acéptase, a partir del 31 de diciembre de 2022, la renuncia presentada por la agente MARISA
FRANCISCA FERZOCO Legajo Nº 14.670/1 CUIL 27-14067891-6, al cargo de JEFE DE DIVISION C.F. 1-30-00-01 Nº de Orden 133, en la División Despacho Dirección de Personal, a fin de acogerse al beneficio jubilatorio, de acuerdo con lo establecido en el artículo 24º Decreto Ley 9650 texto ordenado Decreto 600/94.

ARTÍCULO 2º.- Autorízase el pago, a partir del 31 de diciembre de 2022, de la suma de PESOS TRESCIENTOS
VEINTICUATRO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS CON SETENTA Y SEIS CENTAVOS $ 324.496,76, a valores vigentes al mes de noviembre de 2022, Decreto en trámite por Expte. 651-8-2022 y aplicación de la Ley Provincial Nº 15.243, de acuerdo a lo establecido en la Ley Provincial 12.950 según texto Ley 15243.

ARTÍCULO 3º.- Déjase expresamente establecido que el importe a percibir indicado en el artículo 2º queda supeditado a reajuste en caso de modificarse las pautas salariales a la fecha de baja.

ARTÍCULO 4º.- Procédase a rmar el convenio con la beneciaria tendiente a obtener el reintegro por parte del Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, de los importes que se abonen en carácter de anticipo.

ARTÍCULO 5º.- Déjase expresamente establecido que la agente cuya renuncia se acepta mediante el presente decreto, percibirá el anticipo jubilatorio hasta el último período consignado por la Municipalidad en la comunicación que enviará oportunamente el Instituto de Previsión Social de la Pcia. de Buenos Aires Formulario 611.

ARTÍCULO 6º.- Otórgase a la agente mencionada en el artículo 1º del presente una retribución especial sin cargo de reintegro, equivalente a seis 6 mensualidades del básico de la categoría en que revista, sin descuento de ninguna índole, en razón de computar más de treinta años de servicio en la Administración Pública, de conformidad con lo establecido en el Artículo 72º. Inc. f 2º párrafo de la Ley Provincial 14.656.

ARTICULO 7º.- Dejase constancia que la presente jubilación cumple con los requisitos y previsiones establecidas en el Decreto 1581/15.

ARTÍCULO 8º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto en el presente deberá imputarse de la siguiente Municipio de General Pueyrredon
Boletin Oficial Municipal
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 12/01/2023

TitreBoletín Oficial de Gral. Pueyrredón

PaysArgentine

Date12/01/2023

Page count68

Edition count855

Première édition30/06/2010

Dernière édition01/07/2024

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