Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 28/11/2019

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Source: Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón

a. Normas Generales: Todas las tareas que se realicen en la vía pública, respetarán las medidas de seguridad estipuladas en el Decreto Nº 911/96 del Poder Ejecutivo Nacional Reglamento de Higiene y Seguridad para la Industria de la Construcción. Deberán señalizarse, vallarse o cercarse las áreas de trabajo para evitar que se vea afectada la seguridad de peatones, vehículos y de los trabajadores.
b. Señalización: Será de aplicación la Ordenanza Nº 8610 - Reglamento de señalamiento para desvío y/o advertencia de obras en la vía pública - y su modicatoria la Ordenanza Nº 12.278. Complementariamente, la Empresa recurrente cumplirá con las siguientes condiciones:
b1 El responsable de los trabajos indicará los sitios a señalar y las características de la señalización a colocar, según las particularidades de la obra. Estos sistemas de señalización carteles, vallas, balizas, cadenas, sirenas, tarjetas, etc. se mantendrán, modificarán y adecuarán según la evolución de los trabajos y sus riesgos emergentes.
b2 Las señales visuales serán confeccionadas en forma tal que sean fácilmente visibles a distancia y en las condiciones que se pretenden sean observadas. Se utilizarán leyendas en idioma español, pictogramas, que no ofrezcan dudas en su interpretación y usando colores contrastantes con el fondo.
c. Ocupación de veredas y calzadas: Cuando se trabaje en las veredas y calzadas, la tierra y escombros extraídos durante el zanjeo y excavaciones serán depositados en cajones de madera o metal desarmables y con juntas ecientes del largo que se estime conveniente y de un ancho no mayor de un 1 metro. Podrán utilizarse contenedores o bolsas debiendo cumplir con las condiciones de garantizar la circulación de vehículos y/o peatones en el lugar donde se emplacen, procediendo a señalizarlos convenientemente. En veredas se dejarán circulaciones o pasos libres de 1 un metro de ancho contados a partir de la línea municipal, señalizándose con carteles adecuados y colocando una protección baranda, cerco, etc., además se dejará libre un 1 metro por cada cinco 5 metros ocupados a los nes de facilitar la circulación de peatones. En las esquinas, cuando se practiquen pozos de ataque para efectuar cruces mediante el uso de tunelera, los mismos deberán estar protegidos mediante un cerco perimetral, debiendo contar con la señalización correspondiente. En todos los casos se garantizará el libre escurrimiento superficial de las aguas de lluvia.
d. Zanjas abiertas: Las zanjas efectuadas no podrán permanecer más de 24 horas abiertas, en caso que razones de fuerza mayor, debidamente justicadas, no permitan su tapado dentro de la jornada diaria laboral, deberán ser cubiertas con tapas ciegas, de resistencia suciente, para permitir el paso de peatones y vehículos y aseguradas para que no puedan ser removidas por agentes extraños o fenómenos atmosféricos.
e. Señalamiento Nocturno: Durante la noche deberán colocarse señales reglamentarias que indiquen la realización de los trabajos y el peligro por medio de carteles y balizas con luces rojas de atención e iluminación de los carteles.
f. Reparación de veredas: La reparación de las veredas se efectuará, previo compactado mecánico del terreno en capas de 0,20 m, dentro de las cuarenta y ocho 48 horas de concluido el cierre de las zanjas. Se reconstruirá un contrapiso de hormigón de 300 kg/m3 de cemento y 0,10 m de espesor y sobre éste un solado de similares características al existente.

ARTÍCULO 3º. - Otórgase un plazo de ciento veinte 120 días para la terminación total de los trabajos, dejándose establecido que, previo al labrado del Acta de Inicio de Obra y a la iniciación de los trabajos, la Empresa AMX DE ARGENTINA S.A. CLARO, deberá designar por nota un Representante Técnico indicando un teléfono para tener comunicación con él mismo las veinticuatro 24 horas.

ARTÍCULO 4º.- La Empresa deberá dar cumplimiento a la Resolución Nº 742/13, la cuál establece el uso obligatorio del cartel de obra y vallas, con las características indicadas en Anexos I y II de la misma.

ARTÍCULO 5º. - Dejar expresamente aclarado que la autorización otorgada por la presente, está condicionada al compromiso de la Empresa de efectuar el retiro o traslado de las instalaciones cuando las mismas afecten o restrinjan los derechos de los propietarios frente a cuyos inmuebles se ejecuten las obras o en circunstancias en que así lo exija la Municipalidad, con motivo de trabajos y obras públicas que colisionen con las instalaciones de referencia.

ARTÍCULO 6º. - Fijar en trescientos sesenta 360 días la vigencia de la presente autorización. Si vencido el plazo no se han dado comienzo a los trabajos, la misma caducará automáticamente.

ARTÍCULO 7º. Regístrese, dése al Boletín Municipal y notifíquese del presente por intermedio del Departamento Control Obras de Gas y Electromecánicas a la Empresa.
GDP/lap.

DE PAZ

Resolución Nº 3245/19
General Pueyrredón, 12/11/2019
Visto el expediente 12461/0/2019, cpo.01, referido a la realización de la obra de extensión de la red de gas natural, de acuerdo al proyecto 04-006046-00-19 de fs. 4 en el sector comprendido por las calles: 493 entre calle 18 y calle 20 de esta ciudad y Considerando Que la Empresa INGENIERO BODEGA ha dado cumplimiento con el pago de los derechos de instalación inicial según comprobante Nº 980009165292 de fs. 8 y del depósito de garantía según Recibo Nº 9000-01093093 de fs. 10.-

Que se establece el uso obligatorio de cartel de obra y vallas.

Por ello, y en uso de las atribuciones delegadas por el Decreto Nº 1500/16,
EL SECRETARIO DE OBRAS Y PLANEAMIENTO URBANO

R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º. - Conceder permiso a la Empresa INGENIERO BODEGA, en su carácter de Proyectista, Director y Director Ejecutivo de la misma y al Sr. GASTON RODRIGO CONSALVO como contratante para realizar la ampliación de extensión de la red de gas natural en el sector comprendido por las calles: 493 entre calle 18 y calle 20 de esta ciudad, obra de costo cubierto y con un monto de $ 52.000.-

Municipio de General Pueyrredón
Boletin Oficial Municipal
Pag. 522

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 28/11/2019

TitreBoletín Oficial de Gral. Pueyrredón

PaysArgentine

Date28/11/2019

Page count603

Edition count855

Première édition30/06/2010

Dernière édition01/07/2024

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