Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 09/05/2019

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón

Decreto nº 122
Mar del Plata, 10 de abril de 2019

Visto el expediente nº 1449-CJA-2019, y CONSIDERANDO:
Que por el mismo el Concejal Mauricio Sebastian Loria solicita licencia por el día 11 de abril del corriente.
Que de acuerdo a la nómina de Concejales electos en los comicios llevados a cabo el 22 de octubre de 2017, remitida por la Junta Electoral de la Provincia de Buenos Aires, corresponde incorporar a la Concejal Suplente María Florencia Matilde Ranellucci.
Que asimismo, la Sra. Ranellucci renuncia a su dieta, conforme lo contempla el artículo 92º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, por el día 11 de abril del corriente.
Por todo ello y ad referéndum del H. Cuerpo, el PRESIDENTE DEL
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DECRETA
Artículo 1º: Concédese licencia al Sr. Concejal MAURICIO SEBASTIAN LORIA - Legajo nº 32.628/2, el día 11 de abril del corriente.
Artículo 2º: Incorpórase a la Sra. Concejal Suplente MARIA FLORENCIA MATILDE RANELLUCCI
D.N.I.: 31.387.750 CUIL 27-31387750-2 - Legajo nº 33.892/7 en reemplazo del Concejal Mauricio Sebastian Loria, por el día 11 de abril del corriente.
Artículo 3º: Acéptase la renuncia a la dieta como concejal, presentada por la Concejal Suplente María Florencia Matilde Ranellucci por el día 11 de abril del corriente, conforme lo contempla el artículo 92º de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
Artículo 4º: El presente se dicta ad-referéndum del Honorable Concejo Deliberante.
Artículo 5º: Comuníquese, etc.pad
Decreto nº 123
Mar del Plata, 12 de abril de 2019
Visto la necesidad de proceder a contratar a un profesional del derecho, para que intervenga como letrado patrocinante en los autos caratulados Dpto Ejecutivo de la Municipalidad de General Pueyrredon c/ Concejo Deliberante de la Municipalidad de General Pueyrredon s/ Conflicto de Poderes Art. 196 Constitución Provincial, Art. 261 y siguientes de la Ley Orgánica de las Municipalidades Expte. B-75662, que tramita ante la SCBA, Secretaría de Demandas Originarias, y CONSIDERANDO
Que en la planta de personal permanente del Concejo, no existen agentes capacitados para realizar la gestión mencionada.
Que en virtud de ello, se ha propuesto a la Dra. Carolina Ema Morteo, abogada, Tomo XVI Folio 313 del CAMDP, con domicilio en calle Rawson 2474 de esta ciudad, para que realice las gestiones y presentaciones pertinentes, relacionados con los autos indicados anteriormente.
Que los Sres. Presidentes de los Bloque Políticos fueron informados sobre la necesidad de proceder a su contratación, por los motivos ya descriptos.
Por todo ello y ad referéndum del H. Cuerpo, el Señor PRESIDENTE DEL
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DECRETA
Artículo 1: Contrátese a la Dra. Carolina Ema Morteo, abogada, Tomo XVI Folio 313 del CAMDP, como letrada patrocinante en los autos caratulados Dpto Ejecutivo de la Municipalidad de General Pueyrredon c/
Concejo Deliberante de la Municipalidad de General Pueyrredon s/ Conflicto de Poderes Art. 196
Constitución Provincial, Art. 261 y siguientes de la Ley Orgánica de las Municipalidades Expte. B-75662, que tramita ante la Suprema Corte de Justicia de Buenos Aires, Secretaría de Demandas Originarias, en representación del Honorable Concejo Deliberante, en un todo de acuerdo a las cláusulas del contrato, que como Anexo I forma parte del presente.
Artículo 2: Por las tareas a realizar, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 274 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Dra. Carolina Ema Morteo, percibirá una remuneración de hasta 120 ius Unidad Arancelaria o la que determine la Suprema Corte de Justicia de Buenos Aires la que fuese menor, pagadera a la finalización de sus tareas.
Articulo 3: El egreso que demande el cumplimiento del presente, se imputará a la siguiente Partida Presupuestaria: Institucional 1-1-1-02-00-000: U.E. 07-00-0-0-0-00; Fin. Fun. 1-1-0; Categoría Programática 51-05-00; U.E.R.1; Fte. Fin. 1-1-0; Inc. 3 PP.8 Pp. 4 Sp. 0.
Artículo 4: El presente se dicta ad-referéndum del Honorable Concejo Deliberante.

23

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 09/05/2019

TitreBoletín Oficial de Gral. Pueyrredón

PaysArgentine

Date09/05/2019

Page count36

Edition count855

Première édition30/06/2010

Dernière édition01/07/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Mayo 2019>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
262728293031