Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 01/02/2019

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Source: Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón

funciones de Auxiliar de Informes Turismo con cuarenta horas 40 hs. semanales, C.F. 4-02-67-01, en el Departamento de Asistencia al Turista del Ente Municipal de Turismo, como Personal Temporario, Programa 16 Act. 04 - Inciso 1 Partida Principal 2 - Partida Parcial 1 - Apartado 1 "Personal Mensualizado", del proyecto de Presupuesto de Gastos 2019.
ARTÍCULO 2º.- Prorrógase a partir del 01 de enero de 2019 y por el término de seis 6 meses, al señor WEHEREN
GASTON IGNACIO D.N.I Nº 38.497.433, Legajo Nº 33.113, Nº de Orden 102 en el cargo de Obrero Inicial CF 6-0169-01, 44 horas semanales - Nº de Orden 102, en el Departamento de Administración y Personal del Ente Municipal de Turismo, Act. Central 01-Inciso 1 -P.Ppal. 2- P. Parcial 1- Apartado 1 Personal Mensualizado, del proyecto de Presupuesto de Gastos 2019.
ARTÍCULO 3º.- Acuérdase a partir de la fecha de notificación, al agente mencionado en el artículo 1ro una BONIFICACIÓN REMUNERATIVA del 25% del sueldo de Obrero I con 44 horas, de acuerdo a lo establecido por el Art. 115, inc. d de la Ley 14656, a la partida PROGRAMA 16- Act. 04 - Inciso 1 - P.Ppal. 1 P. Parcial 3 - Apartado 8
Bonificación Remunerativa, del proyecto de Presupuesto de Gastos 2019.
ARTÍCULO 4º- Acuérdase a partir de la fecha de notificación, al agente mencionado en el artículo 2do una BONIFICACIÓN REMUNERATIVA del 25% del sueldo de Obrero I con 44 horas, de acuerdo a lo establecido por el Art. 115, inc. d de la Ley 14656, a la partida: ACTIVIDAD CENTRAL 01 - Inciso 1 P. Ppal. 1 P. Parcial 3 Apartado 8 Bonificación Remunerativa, del proyecto de Presupuesto de Gastos 2019.
ARTÍCULO 5º.- Las personas que se designan por el presente integrarán la Planta de Personal Temporaria, según las disposiciones del Capítulo II, artículos 111º, 113º y 114º de la Ley Provincial Nº 14.656, desempeñando las funciones asignadas conforme a lo previsto en los artículos 115º, 116º y 117º de la citada norma legal, contando con crédito suficiente.
ARTÍCULO 6.- Déjase expresamente establecido, que de acuerdo a lo determinado por el artículo 118º del Estatuto del Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, las personas que se designan mediante el presente, podrán ser dada de baja cuando razones de servicio así lo aconsejen o sí incurrieran en abandono del cargo, de conformidad con lo prescripto en el artículo 106º del referido Estatuto.
ARTÍCULO 7.- El presente decreto será refrendado por la señora Presidente del Ente Municipal de Turismo.
ARTÍCULO 8.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y comuníquese por el Departamento de Administración y Personal del Ente Municipal de Turismo.
MAGNOLER

ARROYO

DECRETO Nº 2542 13-12-2018
ARTÍCULO 1º.- Otórgase, a la agente BATTOCLETTI, ANTONELA, Legajo nº 29327, AUXILIAR DE INFORMES
TURISMO C.F.4-06-67-03 Nº de Orden 95, en el Departamento de Investigación y Desarrollo del Emtur, el ADICIONAL
POR TÍTULO UNIVERSITARIO, a partir del 27 de septiembre de 2018, de conformidad a lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 2º.- El egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente, deberá imputarse de la siguiente manera: a Programa 16 -Actividad 01 - Inciso 1 Partida Principal 1 Partida Parcial 7 - Apartado 4 Adicional por Título; del Presupuesto de Gastos vigente del Ente Municipal de Turismo.
ARTÍCULO 3º.- El presente decreto será refrendado por la señora Presidente del Ente Municipal de Turismo.
ARTICULO 4º.- Regístrese, dese al Boletín Municipal y comuníquese por el Departamento de Administración y Personal del Ente Municipal de Turismo.
MAGNOLER

ARROYO

DECRETO Nº 2545 13-12-2018 Expte. 10059-4-18 Cpo. 6
ARTICULO 1.- Apruébase la Licitación Pública Nº 22/18 para la Adquisición de reactivos e insumos para determinaciones de química clínica y otros con provisión de equipamiento en comodato con destino Secretaría de Salud, cuya apertura de sobres se realizó el día 15 de Noviembre de 2018 a las 11:05 horas.
ARTÍCULO 2.- Desestímase las propuestas presentadas por las firmas ERNESTO VAN ROSSUM Y CIA SRL, CROCCE ARMANDO HECTOR y RADIOGRAFICA OESTE SRL por los motivos expuestos en los considerandos del presente.
ARTICULO 3º.- Declárase fracasado el primer llamado de la presente Licitación Pública.
ARTÍCULO 4.- Autorízase la devolución a su pedido, del depósito de garantía de oferta, conforme el siguiente detalle:
CROCCE ARMANDO HECTOR., recibo nº 9871 resguardo nº 9871.
ARTÍCULO 5.- Llámase a Licitación Pública Nº 22/18 Segundo Llamado para la Adquisición de reactivos e insumos para determinaciones de química clínica y otros con provisión de equipamiento en comodato, cuya apertura de sobres se realizará el día18-09-2018a las 11 ..horas en la Dirección General de Contrataciones.
ARTÍCULO 6.- Publíquese por dos 2 días en el Boletín Oficial y por dos 2 días en un diario o periódico local.
ARTÍCULO 7.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Economía y Hacienda.
ARTÍCULO 8 .- Regístrese, comuníquese, publíquese y para las notificaciones y demás efectos que correspondan, intervengan la Dirección General de Contrataciones, la Contaduría General y la Dirección de Prensa y Difusión.
AVC/fgc MOURELLE
ARROYO
DECRETO Nº 2564 21-12-2018 Expte. 4376-7-2018 Cpo. 1
ARTICULO 1º.- Declárase comprendido al Municipio de General Pueyrredon en las pautas salariales establecidas para el ejercicio 2018 por el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires para el personal docente.
ARTICULO 2º.- Autorízase para el personal docente municipal de Administración Central y del Ente Municipal de Deportes y Recreación, el otorgamiento y pago del aumento establecido por el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires que fija el salario básico docente correspondiente al índice escalafonario uno 1 a partir del 1º de Diciembre de 2018 en PESOS SEIS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y NUEVE $6.489.-
ARTICULO 3º.- Autorízase para el personal docente municipal de Administración Central y del Ente Municipal de Deportes y Recreación, el pago de la Bonificación Remunerativa No Bonificable a partir del 1º de Diciembre de 2018 en PESOS CUATRO MIL OCHENTA Y DOS $4.082.-, modificando los montos dispuestos por el artículo 3º del Decreto Municipal Nº 2.412/18.
ARTICULO 4º.- Autorízase para el personal docente municipal de Administración Central y del Ente Municipal de Deportes y Recreación, de índice escalafonario 1,1, el pago a partir del 1º de Diciembre de 2018 en PESOS UN MIL
NOVECIENTOS ONCE $1.911.-, modificando los montos dispuestos por el artículo 4º del Decreto Municipal Nº 2.412/18.
ARTICULO 5º.- Autorízase para los Directores y Vicedirectores que presten funciones en Establecimientos Educativos, el pago de la Bonificación Remunerativa No Bonificable a partir del 1º de Diciembre de 2018 en PESOS QUINIENTOS
SEIS $506, modificando los montos dispuestos por artículo 5º del Decreto Municipal Nº 2.412/18.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 01/02/2019

TitreBoletín Oficial de Gral. Pueyrredón

PaysArgentine

Date01/02/2019

Page count53

Edition count855

Première édition30/06/2010

Dernière édition01/07/2024

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