Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 31/07/2018

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Source: Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón

Que en ediciones anteriores contó con una correcta organización, siendo el Lic. Hernán Ibáñez con la empresa M2R S.A. Servicios la encargada de llevar adelante este evento.
Que el organizador deberá realizar una campaña de información a los vecinos afectados por el circuito, los accesos a los balnearios y a la población en general.

Que la fecha forma parte del Calendario Federativo Nacional de Triatlón certificado por la Federación Argentina de Triatlón.
Que dichos eventos se desarrollarán sobre la distancia Olímpica: 1.500 metros natación una vuelta, 40 kilómetros ciclismo cuatro vueltas y 10 kilómetros pedestre dos vueltas.
Que la Declaración de Interés Deportivo por parte del Ente no autoriza el corte de transito.
Que el Ente Municipal de Deportes y Recreación considera oportuno brindar apoyo a competencias de esta naturaleza, que contribuyen a diversificar la oferta deportiva y turística de la ciudad.
Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por Decreto Nº 1707/2017
EL DIRECTOR GENERAL DE POLITICA DEPORTIVA
A/C DE LA ATENCION Y FIRMA DEL DESPACHO DEL
PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE DEPORTES Y RECREACION
RESUELVE
ARTICULO 1º.- Declarar de Interés Deportivo la realización del Triatlón Olímpico Series Mar del Plata 2019 Segunda Etapa-La Revancha-, organizado por Hernán Ibáñez M2R Servicios para Eventos S.A. a llevarse a cabo el día domingo 24 de FEBRERO de 2019, a partir de las 08.00 hs. en la ciudad de Mar del Plata, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.
ARTICULO 2.- El organizador se compromete a colocar la denominación Mar del Plata a lo largo del recorrido de demarcado para la competencia, en lugares o sitios a convenir, durante la realización del evento.
ARTICULO 3º.- La autorización de uso de la vía pública y el corte parcial del tránsito para la realización de la competencia, se encuentra plasmado en el informe del Subsecretario de Transporte y Transito, que figura a fa. 13 de las presentes actuaciones.
ARTICULO 4º.- La permisionaria informará previamente, a los vecinos del sector costero donde se desarrollará la prueba autorizada por el artículo 1º, el horario de la misma detallando que podrán ingresar y egresar con vehículos a sus domicilios de acuerdo a las indicaciones del Departamento de Inspección de Tránsito.
ARTICULO 5º.- La presente no exime a la entidad recurrente del pago del derecho por publicidad y propaganda previstos en la Ordenanza Impositiva Vigente, así como los derechos administrativos por SADAIC, AADI-CAPIF, ARGENTORES o a la ASOCIACION GREMIAL DE MUSICOS, toda vez que corresponda.
ARTICULO 6º.- La entidad organizadora deberá contratar los seguros pertinentes, quedando el Ente Municipal de Deportes y Recreación exento de responsabilidad ante cualquier tipo de accidente o inconveniente que pudiera ocurrir, así como también tomará las precauciones necesarias para la cobertura de emergencia médica de acuerdo a lo dispuesto en la Ordenanza Nº 16463.
ARTICULO 7º.- Registrar, comunicar, notificar a la entidad organizadora y tomar intervención la Dirección General de Política Deportiva a través de la División Deporte Federado.
REGISTRADA BAJO EL Nº 284/2018
Mar del Plata, 28 de junio de 2018.
Visto el Expediente Nº 217/2015 - Cpo 1, y CONSIDERANDO:
Que en el mismo se tramitan las actuaciones llevadas a cabo a los fines de optimizar el servicio de internet en el Estadio Polideportivo Islas Malvinas y en el Estadio José María Minella del Parque de Deportes Teodoro Bronzini.
Que por lo expuesto la firma TELECOM ARGENTINA
SA, FIBERCORP, CUIT N 30639453738, presenta Factura B N 8340-19498835, de fecha 15 de junio de 2018, emitida por la empresa antes consignada, de donde surge que corresponde abonar la suma de PESOS
CUATRO MIL CIENTO CATORCE $ 4.114.- por los servicios de conectividad del mes de julio de 2018.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 31/07/2018

TitreBoletín Oficial de Gral. Pueyrredón

PaysArgentine

Date31/07/2018

Page count119

Edition count855

Première édition30/06/2010

Dernière édition01/07/2024

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