Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 14/04/2015

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Source: Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón

ARTÍCULO 3º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional 1-1-1-01-01-000
Programático 01-00-00 Fin. y Func. 1-3-0 UER 1 F.Fin. 1-1-0 Inc. 1 P.p. 2 P.p. 1 P.Sp. 1.
ARTÍCULO 4º.- El presente decreto será refrendado por el señor SECRETARIO DE GOBIERNO.
ARTÍCULO 5º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y comuníquese por la Dirección de la Función Pública.
GARCIA
PULTI
DECRETO 506 05-03-2015
ARTÍCULO 1º.- Modifícase, la Planta de Personal Permanente de la Administración Central, dando de alta el cargo que se menciona a continuación, a partir del 4 de febrero de 2015:
U.E. 02-14-1-0-0-00 Fin. y Fun. 1-3-0- Programático: 42-00-00- Institucional: 1-1-1-01-03-000 U.E.R. 3
DIRECCION GENERAL DE PROTECCION AL CONSUMIDOR.
Nº O.
C.F.
Denominación 7271
0-65-99-01
Director General ARTÍCULO 2º.- Desígnase, a partir del 4 de febrero de 2015, a la Sra. SONIA VIVIANA RAWICKI Legajo Nº 31817/1
M.I. Nº 17.017.958 como DIRECTOR GENERAL C.F. 0-65-99-01 - Nº de Orden 7271 U.E. 02-14-1-0-0-00, en la Dirección General de Protección al Consumidor.
ARTÍCULO 3º.- Déjase expresamente establecido que la persona precedentemente designada se encuentra incluida dentro de la Planta de Personal Superior determinada en el Artículo 2º de la Ordenanza Complementaria de Presupuesto, no teniendo por tanto estabilidad alguna en el cargo y finalizando sus funciones cuando finalice el mandato del Intendente Municipal o cuando este Departamento Ejecutivo lo determine pertinente.
ARTÍCULO 4º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto en el presente deberá imputarse a: Institucional 1-1-101-03-000 Programático 42-00-00 Fin. y Func. 1-3-0- UER 3 F.Fin. 1-1-0 Inc. 1 P.P. 1 P.p. 1 P.Sp. 1.
ARTÍCULO 5º.- El presente decreto será refrendado por el señor SECRETARIO DE GOBIERNO.
ARTÍCULO 6º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y comuníquese por la Dirección de la Función Pública.
GARCIA
PULTI
DECRETO 508 05-03-2015
ARTÍCULO 1º.- Prorrógase la designación, a partir del 1º de enero y hasta el 30 de junio de 2015, inclusive, al agente LEANDRO RAUL CATANI Legajo Nº 30522/1, quién se desempeña como PERSONAL DE SERVICIO INICIAL C.F.
7-01-74-01 45 horas semanales Nº de Orden 9914, con carácter de Personal Temporario Mensualizado, con dependencia de la Dirección Promoción Cultural U.E.13-00-0-4-0-00.
ARTÍCULO 2º.- Prorrógase, a partir del 1º de enero y hasta el 30 de junio de 2015, inclusive, la designación del agente JULIAN GROTADAURA BUJEDO Legajo Nº 31365/1, como TECNICO INICIAL C.F. 4-02-00-01- 35 horas semanales Nº de orden 10879, en la Dirección Promoción Cultural U.E. 13-00-0-4-0-00, con carácter de Personal Temporario Mensualizado.
ARTÍCULO 3º.- Déjase expresamente establecido que las personas cuyas designaciones son prorrogadas mediante el presente, podrán ser dadas de baja, de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 101º de la Ley Provincial 11757.
ARTÍCULO 4º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto en el presente deberá imputarse a: Institucional: 1-11-01-11-000 Prog. 16-00-00- Fin. y Fun. 3-4-5 UER. 13 F.Fin. 1-1-0 Inc. 1 P.P. 2 P.p. 1 P.Sp. 1.
ARTÍCULO 5º.- El presente decreto será refrendado por los señores SECRETARIOS DE GOBIERNO y de CULTURA.
ARTÍCULO 6º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y comuníquese por la Dirección de la Función Pública.
GARCIA
LASERNA
PULTI
DECRETO 509 05-03-2015
ARTÍCULO 1º.- Prorrógase, a partir del 1º de enero y hasta el 30 de junio de 2015, inclusive, la designación del agente ENRIQUE DANIEL SANCHEZ Legajo Nº 30973/1, para desempeñarse como INSPECTOR INICIAL C.F. 15-02-7401 45 horas semanales - Nº de Orden 10909, con dependencia de la Dirección Operativa de Tránsito U.E. 17-05-2-2-000, con carácter de Personal Temporario Mensualizado.
ARTÍCULO 2º.- Déjase expresamente establecido que la persona cuya designación es prorrogada mediante el presente, podrá ser dada de baja, de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 101º de la Ley Provincial 11757.
ARTÍCULO 3º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto en el presente deberá imputarse a: Institucional: 1-11-01-18-000 Prog. 17-00-00 - Fin. y fun. 4-3-0 UER 20 F. Fin 1-1-0 - Inc. 1 - P.P. 2 P.p. 1 P.Sp. 1.
ARTÍCULO 4º.- El presente decreto será refrendado por los señores SECRETARIOS DE GOBIERNO y de SEGURIDAD, JUSTICIA MUNICIPAL Y CONTROL.
ARTÍCULO 5º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y comuníquese por la Dirección de la Función Pública.
GARCIA
ALVEOLITE
PULTI
DECRETO 510 05-03-2015
ARTÍCULO 1º.- Acéptase, a partir del 01 de abril de 2015, la renuncia presentada por la agente ADRIANA CECILIA
DUMON, Legajo Nº 15.000/50 D.N.I Nº 14.751.892 al cargo de MAESTRO DE AÑO C.F. 9-11-99-01 - Nº de Orden 778 - en la Escuela Nº 4 J. Coelho Meyrelles U.E. 08-00-0-2-2-04, a fin de acogerse a los beneficios jubilatorios, de acuerdo con lo establecido en el artículo 24º de la Ley 9650 texto ordenado Decreto 600/94.
ARTÍCULO 2º.- Autorízase el pago, a partir del 01 de abril de 2015, de la suma de PESOS SIETE MIL
QUINIENTOS TREINTA Y DOS CON DIECINUEVE CENTAVOS $ 7.532,19, a valores vigentes al mes de enero de 2015, según lo establecido en la Ley Provincial 12.950 y su modificatoria Ley 13.547.
ARTÍCULO 3º.- Déjase expresamente establecido que el importe a percibir indicado en el artículo 2º queda supeditado a reajuste en caso de modificarse las pautas salariales a la fecha de baja.
ARTÍCULO 4º.- Procédase a firmar el convenio con el beneficiario tendiente a obtener el reintegro por parte del Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, de los importes que se abonen en carácter de anticipo.
ARTÍCULO 5º.- Déjase expresamente establecido que el agente cuya renuncia se acepta mediante el presente decreto, percibirá el anticipo jubilatorio hasta el último período consignado por la Municipalidad en la comunicación que enviará oportunamente el Instituto de Previsión Social de la Pcia. de Buenos Aires Formulario 611.
ARTÍCULO 6º.- Otórgase a la agente mencionada en el artículo 1º del presente una retribución especial sin cargo de reintegro, equivalente a seis 6 mensualidades del básico de la categoría en que revista, sin descuento de ninguna índole, en razón de computar más de treinta años de servicio en la Administración Pública, de conformidad con lo establecido en el Artículo 19º. Inc. f de la Ley Provincial 11757.
ARTÍCULO 7º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto en el presente deberá imputarse de la siguiente forma:
Artículo 2º a: Fin/Fun. 1-3-0 Programático 01-03-00 Inc. 6 P.P. 2 P.p. 1 P. Sp. 0 Ap. 0 F.Fin. 1-1-0 - U.E. 0200-4-1-5-00 Institucional 1-1-1-01-03-000 UER. 3.
Artículo 6º: Fin/Fun. 3-4-2 Programático 25-00-00 Inc. 1 P.P. 1 P.p. 7 P. Sp. 1 Ap. 0 F.Fin. 1-1-0 - U.E. 08-000-2-2-04 Institucional 1-1-1-01-06-000 UER. 10.
ARTÍCULO 8º.- El presente decreto será refrendado por la señora SECRETARIA DE EDUCACIÓN.
ARTÍCULO 9º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal, comuníquese por la Dirección de la Función Pública e intervenga el Departamento Liquidación de Haberes.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 14/04/2015

TitreBoletín Oficial de Gral. Pueyrredón

PaysArgentine

Date14/04/2015

Page count128

Edition count855

Première édition30/06/2010

Dernière édition01/07/2024

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