Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 02/05/2011

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Source: Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón

Articular un eficiente sistema de información de atención mediante una adecuada referencia y contra referencia.
Desarrollar programas sostenibles de formación continua en servicio a través de investigación y capacitación de los equipos que comprenden las áreas de salud mental, asegurando la atención de los pacientes.
Integrar las acciones profesionales con el Programa SIGMA.
Dirigir la elaboración de forma participativa de los Objetivos del Departamento y la Memoria Anual de Gestión de los Servicios a su cargo.
Evaluar el desempeño del personal a su cargo desde los aspectos técnicos, profesional y administrativo.
Fomentar el desarrollo de redes con otros servicios y organizaciones institucionales y comunitarias que favorezcan la integración.
Planificar la cobertura de los servicios asegurando la continuidad de las prestaciones básicas.
Instrumentar herramientas estadísticas, estudios epidemiológicos y sanitarios que permitan conocer el diagnóstico de la salud mental en el Partido y sus áreas programáticas.
Participar de tareas delegadas por el nivel ejecutivo en materias propias de su incumbencia.
Hacer cumplir las normas proyectadas por la superioridad para la ejecución de las distintas actividades.
Tramitar los expedientes relativos a las funciones a su cargo y efectuar el diligenciamiento de todas las actuaciones administrativas.
Mantener actualizado el cargo patrimonial de los elementos, muebles, instalaciones y útiles de trabajo, verificando su buen uso, cuidado y conservación.
Conocer el estado de las taras y desempeño, capacidad, conducta y rendimiento del personal a cargo, velando por la disciplina, higiene, orden y correcta atención al público.
Coordinar, supervisar y elevar la información sobre los distintos requerimientos del departamento a ser considerados en el anteproyecto de presupuesto anual.
Identificar las necesidades de capacitación y proponer las actividades que contribuyan al mejor desempeño del personal en sus puestos, articulando la participación de los agentes a su cargo.
Asesorar a la superioridad en materia específica de su competencia.

DECRETO 406 18-02-2011
Expte 4458-9-2002 Cpo 01
ARTÍCULO 1º.- Revóquese la habilitación comercial otorgada el 12 de noviembre de 2002 a favor de la firma CASTREJE, José Antonio en el inmueble destinado a la explotación comercial del rubro CAFÉEXPENDIO DE
BEBIDAS, sito en 11 de septiembre 3026 de la localidad de Mar del Plata, Partido de General Pueyrredon, en un todo de acuerdo a los considerandos del presente.ARTÍCULO 2º.- Remítase todas las actuaciones labradas con motivo de la clausura del Comercio, a conocimiento de las autoridades de la justicia federal y provincial.
ARTICULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.
ARTICULO 4º.- Regístrese, publíquese, comuníquese y para las notificaciones y demás efectos intervenga la Dirección General de Inspección General de la Subsecretaría de Control.CIANO
PULTI

DECRETO 407 18-02-2011
Artículo 1º.- Declárase de Interés Municipal la participación de la Secretaría de Extensión Universitaria de la Universidad Nacional de Mar del Plata en los festejos por la conmemoración de los 150 años de la Unificación de la República Italiana durante el mes de mayo de 2011.
Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Educación.
Artículo 3º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal, comuníquese a través de la Dirección de Administración, e intervenga la Dirección de Relaciones Públicas y dependencias competentes.
LOFRANO
PULTI

DECRETO 408 18-02-2011
Expte 12004-4-2007 Cpo 01
ARTÍCULO 1º: Autorízase el pago de la suma de PESOS TRES MILLONES $3.000.000. en concepto de anticipo mensual del servicio de Higiene Urbana del Partido de General Pueyrredon a favor de la empresa prestataria TRANSPORTES 9 DE JULIO S.A., imputable al servicio del mes de febrero de 2011, el que se abonará en el transcurso del corriente mes de febrero. Dicho anticipo se reintegrará al producirse la exigibilidad de pago según condiciones y plazos de estilo.ARTÍCULO 2º: A los fines del cálculo de los intereses por los días cuyo pago se anticipa deberán computarse los días que median entre la fecha del efectivo pago del anticipo y el vencimiento de la factura mensual, tal cual lo establecido en el artículo 2.13 del Pliego de Bases y Condiciones vigente.
ARTÍCULO 3º: El egreso se imputará a la cuenta 21000 Anticipos Otorgados Para erogaciones corrientes, prevista en el Auxiliar de Egresos de Tesorería Ejercicio Financiero 2011.
ARTICULO 4º: El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Economía y Hacienda.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 02/05/2011

TitreBoletín Oficial de Gral. Pueyrredón

PaysArgentine

Date02/05/2011

Page count50

Edition count855

Première édition30/06/2010

Dernière édition01/07/2024

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