Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 17/8/2023

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Source: Boletín Oficial de Villa Carlos Paz

PRIMERA SECCIÓN
17 de agosto de 2023

N: 248
Licencia de Taxi Nº 5097, manifestando que ha quedado como único y universal heredero de su padre, conjuntamente con su madre, Cecilia Gladys Graciela López Polo, quien ha cedido los derechos a través del instrumento pertinente. Que se han acreditado dichas circunstancias mediante el Auto de Declaratoria de Herederos, dictado en autos caratulados CORIA LUIS ABEL
DECLARATORIA DE HEREDEROS EXPTE. Nº 10822264 Y
CON Escritura Pública de Cesión de derechos hereditarios y/o gananciales, Nº 80 de fecha 26 de abril de 2023. Por dicho motivo solicita que sea transferida la licencia a su nombre.Que de acuerdo al Artículo 11º la Ordenanza Nº 4740 que regula el servicio de taxis, modificada por la Ordenanza Nº 5624, En caso de fallecimiento del titular de una Licencia de Taxi, ésta será trasmitida a sus herederos forzosos declarados tales, Artículo 3410 del Código Civil en ausencia de estos su concubina/o, si así fuera declarada judicialmente Artículo 3412 del Código Civil, manteniendo la Licencia su vigencia por el plazo que reste de la habilitación, todo lo que deberá ser debidamente acreditado por ante la Autoridad de aplicación.
Que a fs. 31 del citado expediente, obran copia del Auto Nº 568, que declara como único y universal heredero del Sr. Luis Abel Coria a su hijo, Facundo Martín Coria.
Que tomando razón de la resolución judicial que declara herederos, corresponde transferir la licencia de taxi Nº 5097 del fallecido Sr. LUIS ABERL CORIA, al Sr. FACUNDO MARTÍN
CORIA, D.N.I. 21.409.627, quien dio cumplimiento a todos los requisitos legales para la prestación del servicio de taxis.
Que el automóvil que denuncia el Sr. Coria es el que actualmente se encuentra afectado al servicio, identificado como FIAT SIENA 1.6 EL, SEDÁN 4 PTAS., MOTOR Nº 178F40552808339, CHASIS Nº 8AP372376G6131027, MODELO
2015, DOMINIO PCW221, el que se encuentra en condiciones, conforme se acredita con el Memorándum pertinente obrante a fs.
64.Que se han cumplimentado los requisitos legales, razón por la cual se emitirá el acto administrativo correspondiente.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones DECRETA
ARTÍCULO 1.- TRANSFERIR al Sr. FACUNDO MARTÍN
CORIA, D.N.I. 21.409.627, la Licencia de Taxi Nº 5097, quien asume todos los derechos y obligaciones por la prestación del servicio público otorgado, en un todo de acuerdo a Ordenanza Nº 4740 y a los Considerandos del presente.
ARTÍCULO 2.- El Sr. Facundo Martín Coria afectará al servicio de Taxi el vehículo marca FIAT SIENA 1.6 EL, SEDÁN 4
PTAS., MOTOR Nº 178F40552808339, CHASIS Nº 8AP372376G6131027, MODELO 2015, DOMINIO PCW221.
ARTÍCULO 3.- Lo dispuesto en el presente Decreto está condicionado al pago de las tasas y/o sellados que pudiere corresponder.
ARTÍCULO 4º.- La Dirección de Servicios Públicos, Departamento de Industria y Comercio y los interesados, tomarán conocimiento de lo dispuesto en el presente Decreto.
ARTÍCULO 5º.- Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal
Gustavo García Setti, Sec. Des. Urbano Ambiental - Ramón C.
Montenegro, Oficial Mayor

4

DECRETO N 566/B/2023
VILLA CARLOS PAZ, 17 de agosto de 2023
VISTO: La Ordenanza Nº 7.001; y CONSIDERANDO: Que el Artículo 1º de la norma citada dispone la suspensión de la aprobación de edificios de viviendas colectivas en bloque o dispersas, edificios de usos oficinas y edificios de usos mixtos, previstos en el actual Código de Edificación y Urbanismo, Ordenanza N 4021, en todo el Ejido de la ciudad de Villa Carlos Paz - con excepción de los edificios destinados a alojamiento turístico o a servicios institucionales, educativos y de salud.Que resulta necesario fijar los alcances de la recepción de los proyectos presentados por los profesionales a través de las áreas pertinentes, que involucren las tipologías de viviendas afectadas por la suspensión.Que la presentación de proyectos constructivos no implicará la adquisición de derecho alguno, mientras dure la vigencia de la suspensión establecida por la Ordenanza Nº 7.001.Que en consecuencia corresponde emitir el acto administrativo que dispone sobre el particular.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones DECRETA
ARTÍCULO 1.- DISPONER que la presentación de proyectos presentados, que involucren las tipologías de viviendas afectadas por la suspensión dispuesta por la Ordenanza Nº 7.001 no implicará la adquisición de derecho alguno.ARTÍCULO 2.- INSTRUIR al área de Obras Privadas, Catastro y Planeamiento, al área de Mesa de Entradas de los alcances del presente Decreto.ARTÍCULO 3º.- Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.
Fdo.: Esteban A. ÁVILES, Intendente Municipal Lic. Carla LIVELLI, Sec. Desarrollo Urbano Comunitario y Gestión Ambiental Ramón C. Montenegro, Oficial Mayor-

ORDENANZAS
ORDENANZA Nº 6990
VILLA CARLOS PAZ, 11 de agosto de 2023.EL CONCEJO DE REPRESENTANTES
DEL MUNICIPIO DE VILLA CARLOS PAZ
Sanciona con fuerza de ORDENANZA
ARTÍCULO 1º.- SUSTITUIR el Artículo 3º de la Ordenanza Nº 479, por el siguiente:
Artículo 3º.- El Cementerio será común, sin más distinción de sitios que los de las sepulturas: bóvedas panteones, mausoleos, bovedillas cámaras, nichos, fosas, nichos urnarios, fosas urnarias, columbario, cinerario, osario y fosa común.
ARTÍCULO 2º.- SUSTITUIR el Artículo 6º de la Ordenanza Nº 479, por el siguiente:
Artículo 6º.- Las inhumaciones que se efectúen dentro del ejido de la ciudad de Villa Carlos Paz, sólo podrán realizarse en el

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 17/8/2023

TitreBoletín Oficial de Villa Carlos Paz

PaysArgentine

Date17/08/2023

Page count35

Edition count389

Première édition01/01/2015

Dernière édition28/06/2024

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