Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 17/8/2023

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Source: Boletín Oficial de Villa Carlos Paz

N: 248
6. Atender el régimen de compras generales y contrataciones de la Municipalidad.
7. Realizar el registro y fiscalización del Patrimonio Municipal.
8. Proponer y difundir con amplitud las Normas Tributarias.
9. Proponer los sistemas de valuación fiscal inmobiliaria y los regímenes de desgravación impositiva.
10. Proponer la contratación de empréstitos o conversión de la deuda municipal.
11. Controlar las actividades de las empresas que dependan del Estado Municipal o en las que éste tenga participación, como así también la de los entes descentralizados, autárquicos o no.
12. Representar a la Municipalidad ante las entidades bancarias y de crédito de carácter oficial y privado, con los organismos oficiales provinciales y nacionales y con las unidades ejecutoras de los organismos internacionales de financiamiento y desarrollo, cuando éstas estuvieran debidamente reconocidas y autorizadas oficialmente.
13. Generar escenarios y evaluar situaciones financieras en la Administración Municipal y proponer, en coordinación con las restantes áreas de gobierno, soluciones, cuando debieran aplicarse normas de optimización o contención de gastos administrativos.
14. Mejorar la integración y la interoperabilidad de los sistemas digitales que operan en el ecosistema digital municipal.15. Garantizar un sistema de Gobernanza digital, dinámico, horizontal y participativo.
16. Mejorar la eficiencia de la administración pública, simplificar, modernizar, optimizar trámites y procesos municipales, a través del relevamiento y análisis de necesidades y potencialidades de las diferentes áreas municipales para el mejoramiento constante de la gestión interna y su correlato en los servicios digitales para el ciudadano.
17. Recopilar y procesar la información estadística necesaria para la actividad del Gobierno Municipal y la construcción del Índice de Desarrollo Local.
18. Atender la permanente actualización, funcionamiento y proyección económica del Catastro Inmobiliario.
19. Asegurar la disponibilidad de información catastral actualizada del Municipio y coordinar con las áreas correspondientes de la Economía Municipal y Provincial.
20. Desarrollar las políticas de Gestión de los Recursos Humanos del Municipio.
21. Implementar las políticas de formación y capacitación para el empleo y oficios.
22. Poner en funcionamiento la Escuela de Administración Pública Municipal.
23. Llevar a cabo la gestión de las oficinas administrativas descentralizadas.
24. Fortalecer las políticas de Modernización del Estado Municipal y en particular las de Modernización de la Gestión de Recursos Humanos.
25. La implementación de Políticas de Gestión de Calidad en las funciones, servicios y procesos municipales.
26. Aplicar políticas de transparencia y rendición de cuentas.
27. Diseñar e implementar políticas de promoción humana y restitución de derechos.
28. Fortalecer los espacios comunitarios, desde una perspectiva integral.
29. Articular acciones con el Estado Provincial y el Estado Nacional, a fin de abordar a las familias de nuestra ciudad de manera integral e inclusiva.
30. Diseñar e implementar políticas de prevención y promoción en materia de niñez, adolescencia y familia.
31. Proteger la infancia desde temprana edad, a través de los Centros Infantiles Municipales y Salas Cuna.
32. Implementar políticas socio educativas, desde los Centros Infantiles Municipales, a fin de fortalecer la escolaridad y la continuidad dentro del sistema educativo formal, 33. Brindar a las personas mayores espacios de contención, capacitación, recreación y esparcimiento, articulando acciones con Centros de Jubilados, Clubes de Abuelos, Centros Vecinales y organismos específicos de personas mayores
32

PRIMERA SECCIÓN
17 de agosto de 2023
34. Brindar asistencia alimentaria, de calidad nutricional adecuada a: 1 los niños, en los Centros Infantiles Municipales y Salas Cuna, en las escuelas públicas de nivel inicial, primario y medio, a través del PAICOR, 2 las familias en situación de vulnerabilidad social, mediante entrega de módulos alimentarios y a las personas mayores.
35. Implementar políticas de protección integral y promoción de derechos de personas con discapacidad.
36. Propiciar instancias de formación, recreación y empleo de personas con discapacidad.
37. Brindar estimulación temprana y generar espacios de formación y capacitación dirigidos a docentes y efectores de salud en detección temprana de discapacidad.
38. Ejecutar políticas educativas de inclusión, capacitación y formación, en el marco del Consejo Educativo Municipal.
39. Gestionar la creación de establecimientos educativos de nivel inicial, primario, medio, terciario, universitario y de régimen especial dentro de la ciudad.
40. Ejecutar, de manera eficiente, los programas del Estado Provincial y del Estado Nacional, dirigidos a escuelas, fomentando la articulación con programas de inclusión y terminalidad educativa, tales como becas económicas, programa Estudiemos Juntos, Sala Cuna en horario nocturno.
41. Diseñar, ejecutar y monitorear políticas de género, desde la prevención de todo tipo de violencia y promoción de derechos.
42. Realizar intervenciones de capacitación y técnicoprofesionales, con perspectiva de género, de manera transversal.
43. Implementar políticas de inclusión en materia de Género y Diversidad.
44. Crear instancias de formación y capacitación en materia de género y diversidad dirigida a sectores y privados y empresariales.
45. Brindar asistencia profesional, interdisciplinaria y económica a víctimas de violencia familiar y de género.
46. Fortalecer el espacio de Consejo Asesor en Políticas de Genero 47. Implementar políticas habitacionales dirigidas a sectores vulnerables, mediante los programas de regularización de tierras y asentamientos informales consolidados, escrituración de viviendas sociales, infraestructura de loteos sociales y Registro Único y Permanente Ordenanza 5887.
48. Implementar la aplicación de la normativa que regula la Comisión de Administración y Control de Balnearios.
49. Coordinar las políticas de juventud, implementadas desde la "Casa de la Juventud".
50. Ejecutar políticas de prevención en materia de adicciones, enfermedades infecto-contagiosas, seguridad vial y otras, coordinándolas con las distintas Secretarias del Municipio.
51. Brindar asistencia en situaciones de catástrofes, fenómenos climáticos y vulnerabilidad social extrema.
ARTÍCULO 13º.- Dependerán directamente de la Secretaría de Coordinación de Gabinete y Promoción Humana:
Dirección de Recursos Fiscales.
Dirección de Administración y Presupuesto.
Dirección de Modernización y Gestión de Calidad.
Dirección de Desarrollo Social, Educación, Género y Diversidad.
SECRETARÍA GENERAL Y DE VINCULACIÓN INSTITUCIONAL
ARTÍCULO 14º.- Corresponde a la Competencia Funcional de la Secretaría General y de Vinculación Institucional:
1. La organización de los Servicios de Seguridad Urbana, desarrollando políticas de mejoramiento de las condiciones socio ambientales que colaboren en la prevención del delito y prevención de lesiones accidentales en la vía pública, en el hogar etc., así como de los efectos de los acontecimientos naturales, incidentes tecnológicos y fenómenos sociales no vinculados con el delito.
Para ello coordinará acciones con la Junta Municipal de Defensa Civil.
2. Los asuntos referidos a la Policía Municipal, su organización, funcionamiento y atribuciones, en el área de Tránsito, Transporte, Vía Pública, etc.-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 17/8/2023

TitreBoletín Oficial de Villa Carlos Paz

PaysArgentine

Date17/08/2023

Page count35

Edition count391

Première édition01/01/2015

Dernière édition12/07/2024

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