Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 22/12/2022
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Source: Boletín Oficial de Villa Carlos Paz
PRIMERA SECCIÓN
22 de diciembre de 2022
N: 206
DECRETO N 739/A/2022
VILLA CARLOS PAZ, 24 de noviembre de 2022
VISTO: El expediente Nº 209016/2022, mediante el cual, la Fundación Grupo de Amigos de los Diabéticos a través de la Sra.
Ofelia Marta Montenegro D.N.I.: 10.065.557, en su carácter de secretaria de la fundación, solicita autorización para el uso de Espacio Público, para el evento denominado XIV Maratón Nacional para personas con y sin Diabetes Beto Metrebian; y CONSIDERANDO: Que dicho evento consiste en una maratón que se desarrollará el día 03 de diciembre de 2022, en la Costanera peatonal de nuestra ciudad Av. Atlántica entre calles Artigas y Medrano.Que este Departamento Ejecutivo comparte el criterio de la Secretaría de Turismo, Deportes y Cultura de la Municipalidad de Villa Carlos Paz, que acuerda con dicho pedido y, en razón de la actividad a desarrollar, considera oportuno eximir en forma total el pago de los tributos correspondientes al uso de espacio público.Que conforme las facultades conferidas por la Ordenanza Nº 5753, corresponde emitir el acto administrativo que dispone sobre el particular.Por ello:
CONSIDERANDO: Que es deber del Municipio propender al Estado de Bienestar, promoviendo el desarrollo humano y comunitario, el progreso económico con justicia social, la formación y capacitación de trabajadores, la reconversión de mano de obra, la inclusión social y el desarrollo de políticas sociales coordinadas.
Que a tales fines, el Municipio formula planes integrales, destinados a satisfacer las necesidades de nuestra población.
Que encontrándose vigente el Programa Municipal de Becas Corazón de mi Ciudad, corresponde realizar el pago de las becas, en los términos del art. 5º de la Ordenanza Nº 4088.Por ello, en uso de sus atribuciones;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
Artículo 1º.- ASIGNAR el pago de Becas de Formación y Capacitación del Programa Corazón de mi Ciudad, correspondientes al mes de Noviembre de 2022, a los beneficiarios que se detallan en el Anexo l, en un todo de acuerdo a los Considerandos del presente.Artículo 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente, será atendido con los fondos provenientes de las Partidas Nº 30.04.100.1.13.341, 31.01.100.1.13.341, 32.01.100.1.13.341, 33.01.100.1.13.341, 35.01.100.1.13.341, 36.01.100.1.13.341, 37.01.100.1.13.341 y 40.01.100.1.13.341 del Presupuesto General de Gastos vigente.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones DECRETA
Artículo 1º: AUTORIZAR a la Fundación Grupo de Amigos de los Diabéticos, al uso y ocupación precaria, transitoria y sujeta a revocación de la Costanera peatonal de nuestra ciudad, Av.
Atlántica entre calles Artigas y Medrano, el día 03/12/2022 desde las 17:30 hs. hasta las 19:30 hs.; para la realización de un evento denominado XIV Maratón Nacional para personas con y sin Diabetes Beto Metrebian, en un todo de acuerdo a los Considerandos del presente.-
Artículo 3º.- Previo cumplimiento de lo dispuesto en el presente, dése intervención al Tribunal de Cuentas para su visación en los términos de ley. Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.Período:
NOVIEMBRE 2022
Selección:
BECAS
ORDEN
NUMERO
1
5531
2
5514
3
5573
4
5241
Artículo 4º: EXIMIR en forma total del pago del tributo correspondiente al uso de Espacio Público al peticionante, de conformidad al artículo 23 de la Ordenanza Tarifaria, artículo 89 inc G de la Ordenanza Nº 1408 y modificatorias respectivas.-
5
5443
6
5621
7
5602
Artículo 5º: La Secretaría de Turismo, Deportes y Cultura, la Dirección de Seguridad, la Dirección de Servicios Públicos y el peticionante aludido tomarán conocimiento de lo dispuesto en el presente.-
8
5543
9
5603
10
5622
11
1955
12
5489
13
5268
14
5362
15
5599
16
5515
17
5604
18
5592
Artículo 2º: La Dirección de Seguridad queda facultada para realizar cortes de calles, determinar el cambio en el sentido de circulación así como la restricción del estacionamiento en calles y Avenidas y las modificaciones que resulten necesarias a fin de facilitar el tránsito vehicular el día del evento.Artículo 3º: El peticionante deberá restituir los espacios utilizados en las mismas condiciones en que les fueron entregadas.-
Artículo 6º:
archívese.-
Protocolícese,
comuníquese,
publíquese
y
Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal Ma.
Alejandra Roldán a/c Sec .Gobierno y Coordinación Ramón C. Montenegro, Oficial Mayor
DECRETO Nº 740/DE/2022
VILLA CARLOS PAZ, 24 de noviembre de 2022
VISTO: Lo dispuesto por el Art. 38º, concordantes y complementarios de la Carta Orgánica Municipal y la Ordenanza Nº 4088 y sus modificatorias Nº 5591 y 5788; y
4
BENEFICIARIO
ACCIETTO
BALBUENA, VALENTINA
ACOSTA, CAMILA
ELIANA
ACUÑA, FRANCO
EZEQUIEL
ACUÑA, MILTON
ANDRES
AGUERO, DARIO
MIGUEL
AGUERO, JONATHAN
NAHUEL
AGUERO, LUZ
DESIREE
AGUILERA NUÑEZ, ELIO FEDERICO
AGUILO, JIMENA
AGUIRRE, CLAUDIO
ALEJANDRO
AGUIRRE, MARCELA
LAURA
AGUIRRE, MATIAS
JESUS
AGUIRRE, SERGIO
RAMON
ALAMINO, MARIA
VICTORIA
ALBERTINI, ALICIA
LEONOR
ALEUA, DAIRA NAHIR
ALIENDRO
SANTUCHO, BRENDA
STEFANIA
ALMIRON, ALAN
SEBASTIAN
CUIL
TOTAL
2343809657-4
74433.24
2739618115-6
74433.24
2038881454-4
42013.62
2030123544-6
74433.24
2038881372-6
74433.24
2043605510-3
54584.38
2738003656-3
39697.73
2046305509-3
74433.24
2731901651-7
39697.73
2031039200-7
52103.27
2721408148-8
74433.24
2037851015-6
74433.24
2022220225-7
74433.24
2742442036-6
74433.24
2728657985-5
91329.57
2740246178-6
91329.57
2737487499-9
39697.73
2035649432-7
74433.24