Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 20/12/2017

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Source: Boletín Oficial de Villa Carlos Paz

Boletín Especial Municipal de Villa Carlos Paz
ARTÍCULO 2º.- Los Permisionarios del Servicio público de Transporte individual de personas y sus equipajes en automóviles de alquiler denominados "Autos al Instante o Remises", deberán adecuar los respectivos relojes de sus unidades a las nuevas tarifas a partir de las fechas precedentemente determinadas, no pudiendo cobrar el incremento por Planilla Adicional.-

Diciembre de 2017

ARTÍCULO 2º.- El Concejo de Representantes tomará conocimiento de lo dispuesto.ARTÍCULO 3º.- Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.DECRETO Nº 746 / DE / 2017

ARTÍCULO 3º.- GIRAR al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación.-

CIUDAD DE VILLA CARLOS PAZ, 14 de diciembre de 2017
EL CONCEJO DE REPRESENTANTES
Sanciona con fuerza de Ordenanza
ORDENANZA Nº 6306

CIUDAD DE VILLA CARLOS PAZ, 18 de diciembre de 2017
VISTO: La Ordenanza N 6306 sancionada por el Concejo de Representantes el día 14
de diciembre de 2017, la que es parte integrante del presente; y CONSIDERANDO: Que la mencionada norma surge como Proyecto de este Departamento Ejecutivo y ha sido aprobado.Que de acuerdo a lo establecido en el Artículo 144 Inc. 2 de la Carta Orgánica Municipal, corresponde su promulgación.-

A R T Í C U L O 1 . - F A C U LTA R
Departamento Ejecutivo a suscribir Convenio Marco de Cooperación con Municipalidad de Concordia, provincia Entre Ríos.-

al el la de
ARTÍCULO 2º.- APROBAR el Modelo de Convenio Marco que como Anexo I forma parte integrante de la presente.ARTÍCULO 3º.- GIRAR al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación.ORDENANZA Nº 6307
CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN
ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE
CONCORDIA y LA MUNICIPALIDAD DE
VILLA CARLOS PAZ

Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Promulgar la Ordenanza N
6306 sancionada por el Concejo de Representantes el día 14 de diciembre de 2017 en un todo de acuerdo a lo establecido en el Art. 144 Inc. 2 de la Carta Orgánica Municipal y considerandos del presente.-

Entre la MUNICIPALIDAD DE CONCORDIA
ENTRE RÍOS, en adelante EL MUNICIPIO, con domicilio legal en calle Bartolomé Mitre N 76 de la ciudad de Concordia Entre Ríos, representada en este acto por su Presidente Municipal, el Dr. Enrique Tomás Cresto; el Director de Informática Berón Gustavo Luis y el MUNICIPIO DE VILLA CARLOS PAZ, en
Publicado: Diciembre de 2017
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 20/12/2017

TitreBoletín Oficial de Villa Carlos Paz

PaysArgentine

Date20/12/2017

Page count8

Edition count391

Première édition01/01/2015

Dernière édition12/07/2024

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