Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 10/10/2016
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Source: Boletín Oficial de Villa Carlos Paz
Boletín Oficial Municipal de Villa Carlos Paz
Ordenanza Tarifaria, art. 177 y 178 de la Ordenanza 1408 y modificatorias respectivas.ARTÍCULO 4º.- La Dirección de Seguridad, la Dirección de Eventos Deportivos y el peticionante aludido tomarán conocimiento de lo dispuesto en el presente. ARTÍCULO 5º.- Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.-
Septiembre de 2016
Económico Local -EPaDEL, al CONTADOR
PÚBLICO JORGE ALBERTO PERO, DNI N
12.533.724, dependiente de la Secretaría de Calidad Institucional, Cultos, Participación Vecinal y Juventud, a partir de la fecha del presente, en un todo de acuerdo a los considerandos del presente.ARTÍCULO 2º.- Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.DECRETO N 476 / DE / 2016.
DECRETO N 475 / DE / 2016.
CIUDAD DE VILLA CARLOS PAZ, 07 de septiembre de 2016
CIUDAD DE VILLA CARLOS PAZ, 07 de septiembre de 2016
VISTO: La Ordenanza N 6118 promulgada el 17 de mayo del corriente año, que dispone un nuevo reglamento para el Ente para el Desarrollo Económico Local -EPaDEL - ; y CONSIDERANDO: Que conforme lo establece el Artículo 3 de la citada norma,
Para el logro de los fines expuestos en el artículo 1o de la presente Ordenanza el Departamento Ejecutivo designa un Coordinador Ejecutivo, que debe ser profesional de ciencias económicas, sociales o ingeniería.Que el Contador Público Jorge Alberto Pero, es la persona que reúne los requisitos profesionales, capacidad e idoneidad necesaria para desempeñar tal función.Que en consecuencia, corresponde emitir el acto administrativo pertinente.Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones
VISTO: La realización de la Fiesta de la Primavera de Villa Carlos Paz el día Miércoles 21 de septiembre del corriente año;
y CONSIDERANDO: Que anualmente se congrega una importante cantidad de jóvenes, no sólo en el epicentro de la fiesta o escenarios habilitados, sino en distintos puntos de la ciudad como plazas y balnearios.Que para el desarrollo armónico del evento a lo largo de todo el día, resulta necesario la disposición de los agentes municipales que así lo requiera la organización, sin alterar la normal prestación de servicios municipales.Que atento lo expuesto, todo el personal municipal quedará, ese día, a disposición del Departamento Ejecutivo, a los fines de ser convocado a desempeñar tareas inherentes a la Fiesta de la Primavera, en los horarios que en cada caso se disponga.Por ello:
DECRETA
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones
ARTÍCULO 1º.- DESIGNAR Coordinador Ejecutivo del Ente para el Desarrollo
DECRETA
Publicado: Octubre de 2016
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