Boletín Oficial de Navarra del 22/1/2020

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Source: Boletín Oficial de Navarra

Página 682 - Número 14

Miércoles, 22 de enero de 2020

lista definitiva de concursantes que han superado la prueba, ordenada conforme a la puntuación obtenida, junto con el expediente completo.
11.4. El Gerente de la Universidad Pública de Navarra nombrará para cada jefatura a la persona que haya obtenido la mayor puntuación.
11.5. Los nombramientos deberán publicarse en el Boletín Oficial de Navarra.
11.6. Las personas concursantes que resulten nombradas deberán tomar posesión de la jefatura dentro de los diez días naturales siguientes al de la notificación del nombramiento.
Las personas que, salvo causa de fuerza mayor suficientemente acreditada, no tomen posesión dentro del plazo indicado, perderán todos sus derechos a desempeñar la jefatura para la que hubiesen sido nombradas.
En tales supuestos se cubrirán las bajas con las personas concursantes incluidas a continuación en la relación de aprobados a que se refiere el apartado segundo de esta base.
12.Protección de datos de carácter personal.
La participación en este proceso selectivo comporta el suministro de datos requeridos, que se incluyen un fichero de datos de carácter personal. La finalidad de este fichero es la gestión del personal de la Universidad Pública de Navarra en el ámbito de docencia e investigación y, particularmente, la gestión de la participación de candidatos en procesos selectivos y de la intervención de personal en actividades de extensión universitaria.
El consentimiento manifestado en la solicitud de participación implica igualmente el precisado para el tratamiento de los datos facilitados en el ámbito del proceso selectivo. Esta condición debe interpretarse conforme a la normativa vigente en materia de protección de datos. Se trata del Reglamento UE 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27
de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, y de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Los derechos de los interesados sobre acceso, rectificación, supresión, limitación, oposición y portabilidad, relativos a las correspondientes actividades de tratamiento, podrán ejercerse ante delegado.protecciondatos@
unavarra.es conforme a los artículos 11 a 18 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
13.Recursos.
Contra los actos y resoluciones emanados del Tribunal calificador podrá interponerse recurso de alzada ante el Rector, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación o notificación del acto recurrido.
Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de las mismas que no emanen del Tribunal calificador, podrá interponerse, de conformidad con lo dispuesto en la normativa vigente, uno de los siguientes recursos:
a Recurso potestativo de reposición ante el Rector, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación del acto recurrido.
b Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación o notificación del acto recurrido.
ANEXO II
Baremo para la valoración de méritos a Servicios prestados a las Administraciones Públicas: hasta un máximo de 35 puntos.
a.1 Servicios prestados a cualquier Administración Pública en puestos de trabajo de nivel/grupo y titulación exigidos en la convocatoria:
por cada año 1,50 puntos.
a.2 Servicios prestados a cualquier Administración Pública en puestos de trabajo distintos a los anteriores: por cada año 0,37 puntos.
b Formación, docencia, investigación y otros méritos: hasta un máximo de 25 puntos.
b.1 Participación en acciones formativas organizadas por organismos a centros públicos y Universidades: 0,10 puntos por cada crédito académico o su equivalente 10 horas lectivas, hasta un máximo de 10 puntos.
b.2 Presentación de ponencias o comunicaciones en congresos o jornadas, realización de trabajos científicos o de investigación becados o premiados y publicación de trabajos en revistas especializadas: Hasta un máximo de 3 puntos, a valorar por el Tribunal calificador teniendo en cuenta el carácter individual o colectivo del trabajo o actividad, así como el ámbito local, regional, nacional o internacional del congreso o de la publicación.

b.3 Organización y/o participación docente en acciones formativas en el ámbito del sector público: Hasta un máximo de 2 puntos, a valorar por el Tribunal calificador en función de la duración de las mismas.
b.4 Titulaciones y especialidades académicas diferentes, en su caso, a la exigida en la convocatoria: Hasta un máximo de 4 puntos.
b.5 Grado de doctor o de licenciatura, en su caso, sobre la titulación exigida en la convocatoria: Hasta un máximo de 2 puntos.
b.6 Otros méritos, a valorar por el Tribunal: entre otros, trabajos en el sector privado, becas o estancias formativas, participación en órganos de consulta, asesoramiento, participación o representación: Hasta un máximo de 4 puntos.
c Puntuación añadida por conocimiento de idiomas.
c.1 Por conocimiento del francés, inglés o alemán, como idiomas oficiales de la Unión Europea, hasta un máximo de 5 puntos por cada uno de ellos.
c.2 Por conocimiento del euskera, hasta un máximo de 6,90 puntos.
Nota al apartado a:
Si el número de años no fuese entero, se asignará la puntuación que proporcionalmente corresponda al período en que se hayan prestado servicios.
Nota al apartado b:
Únicamente se valorarán dentro de este apartado aquellos méritos que guarden relación con el puesto de trabajo objeto de la convocatoria.
Notas al apartado b.1:
1. Se prorratearán las fracciones de horas lectivas que resulten de las acciones formativas a valorar.
2. Los certificados en que no conste duración en horas lectivas se valorarán como de 1 crédito.
3. Los certificados en que la duración que conste sea de un año académico se valorarán como de 12 créditos.
4. Se valorará con la misma puntuación la participación en acciones formativas que, aun no cumpliendo los requisitos en cuanto al organismo organizador, hayan sido realizadas por mandato de la Universidad o validadas por la misma, incluyéndose expresamente entre estas últimas las organizadas por los sindicatos dentro de los Acuerdos de Formación Continua en las Administraciones Públicas.
5. No se valorarán dentro de este apartado los estudios conducentes a la obtención de un título académico, tanto universitario como no universitario.
Notas a todo el apartado c:
1. La posesión de un título o certificado que acredite un nivel de conocimiento equivalente al nivel C1 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas recibirá la máxima valoración.
2. De no poseerse dicha titulación o certificado, se valorará en 1/5 de la puntuación máxima la posesión de un título o certificado equivalente al nivel A1 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, en 2/5 la posesión del equivalente al nivel A2, en 3/5 la posesión del equivalente al nivel B1 y en 4/5 la del nivel B2.

ANEXO III
Relación de Jefaturas de Sección, de Negociado y de unidades similares que se convocan Responsable de la Unidad de apoyo Administrativo 1/ Servicio de Organización, Calidad y Procesos:
Plaza número 632.
Requisitos específicos: Nivel C/D.
Responsable de la Unidad de apoyo Administrativo 2/ Servicio de Organización, Calidad y Procesos:
Plaza número 637.
Requisitos específicos: Nivel C/D.
Responsable de la Unidad de apoyo Administrativo 3/ Servicio de Organización, Calidad y Procesos:
Plaza número 642.
Requisitos específicos: Nivel C/D.
Responsable de la Unidad de apoyo Administrativo 4/ Servicio de Organización, Calidad y Procesos:
Plaza número 644.
Requisitos específicos: Nivel C/D.
Responsable de la Unidad de apoyo Administrativo 5/ Servicio de Organización, Calidad y Procesos:
Plaza número 648.
Requisitos específicos: Nivel C/D.
Responsable de la Unidad de apoyo Administrativo 6/ Servicio de Organización, Calidad y Procesos:
Plaza número 650.
Requisitos específicos: Nivel C/D.
Responsable de Apoyo al Laboratorio. Escuela Técnica Superior Ingenieros Agrónomos:
Plaza número 624.
Requisitos específicos: Nivel B/C.
Responsable de Apoyo al Laboratorio. Departamento. Agronomía, Biotecnología y Alimentación:
Plaza número 625.
Requisitos específicos: Nivel B/C.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Navarra del 22/1/2020

TitreBoletín Oficial de Navarra

PaysEspagne

Date22/01/2020

Page count154

Edition count4853

Première édition02/03/2001

Dernière édition05/07/2024

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