Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 30/11/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tucumán

Aviso número: 97029

DECRETO 280 / 2023 DECRETO / 2023-11-14

DECRETO N 280/1, del 14/11/2023.
EXPEDIENTE N 3697/110-S-2023.VISTO, la presentación efectuada por El Sindicato de Vendedores Ambulantes de la República Argentina SIVARA - Regional Tucumán, mediante la cual solicita el otorgamiento de una ayuda económica destinada a los afiliados de la citada organización, y CONSIDERANDO:
Que dada la situación económica por la cual se encuentran atravesando los afiliados del SIVARA, el Gobierno de la Provincia considera procedente dar continuidad a la ayuda social para los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre del año 2023, en la medida que las posibilidades del Estado asi lo permitan.
Que Asesoría Letrada de la Secretaria General de la Gobernación emita dictamen favorable.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Otorgase a las personas que se detallan en el listado que como Anexo pasa a formar parte integrante del presente Decreto, un subsidio por la suma de $10.000.-pesos diez mil a cada uno, durante los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2023, quedando facultada la Dirección de Administración de la Secretaría General de la Gobernación a emitir las correspondientes Órdenes de pago para hacer efectivo dicho importe, en atención a lo expresado precedentemente.
ARTICULO 2: Impútase la erogación dispuesta por el Art. 1, por la suma total de $12.400.000.- pesos doce millones cuatrocientos mil, a la Jurisdicción 3, U.O.N
040, Programa 12, Finalidad/Función 320, Subprograma 00, Proyecto 00, Act./Obra 01, Partida Subparcial 355, Financiamiento: Fuente 10 - Recursos Tesoro Gral. de la Provincia del Presupuesto General Vigente.
ARTICULO 3.- Establecer que el pago se hará efectivo a través del Banco Macro S A.
- Cta. Bancaria N 360000200972235, conforme a lo establecido mediante Decreto N
1.117/1 de fecha 17/04/2023, Convenio N 92488.
ARTICULO 4.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el Art.
3, será imputada a la Jurisdicción 3, Unidad de Organización 040, Programa 11, Finalidad/Función 131, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad/Obra 01, Partida Subparcial: 355, Financiamiento: Fuente 10 - Recursos Tesoro General de la Provincia, del Presupuesto General Vigente.
ARTICULO 5.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Gobierno y Justicia, y firmado por el señor Secretario General de la Gobernación.
ARTICULO 6.- Dese al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese. Haga click para ver cuadro 1 Haga click para ver cuadro 1 deberá estar conectado a internet

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 30/11/2023

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Tucumán

PaysArgentine

Date30/11/2023

Page count162

Edition count4445

Première édition14/12/2004

Dernière édition17/07/2024

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