Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 14/6/2017

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tucumán

Aviso número 60148

DECRETO 1641 / 2017 DECRETO / 2017-06-01
DECRETO N 1.641/3 SH, del 01/06/2017.
EXPEDIENTE N 2157/232-P-2017.VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales el Ente Cultural de Tucumán solicita un Aporte No Reintegrable, y CONSIDERANDO:
Que lo gestionado es a efecto de contar con fondos suficientes para atender gastos en bienes de consumo, servicios no personales y transferencias durante los meses de junio, julio y agosto de 2017.
Que en consecuencia corresponde proceder de conformidad a lo tramitado, dictando la medida administrativa tendiente a autorizar a la Dirección de Administración del Ministerio de Economía a emitir la respectiva orden de pago.
Por ello, atento a lo informado por Contaduría General de la Provincia a fs. 3, Dirección General de Presupuesto a fs. 4 y en mérito al Dictamen Fiscal N 1084
del 23 de mayo de 2017, adjunto a fs. 6 de estos actuados, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Otórgase -de conformidad al considerando que antecedeal ENTE
CULTURAL DE TUCUMÁN, un Aporte No Reintegrable por la suma total de PESOS TRES
MILLONES SEISCIENTOS MIL $3.600.000.-.
ARTICULO 2.- Autorizase a la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL MINISTERIO DE
ECONOMÍA a emitir la respectiva orden de pago a favor del ENTE CULTURAL DE
TUCUMÁN, déjase establecido que el Aporte No Reintegrable otorgado por el Artículo 1 del presente instrumento legal, se abonará en tres 3 cuotas mensuales, iguales y consecutivas de PESOS UN MILLÓN DOSCIENTOS MIL $1.200.000., cada una para los meses de junio, julio y agosto de 2017, e impútese la presente erogación a la Jurisdicción 50-SAF OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO, Programa 97 -Transferencias a Organismos Descentralizados y Autárquicos que Consolidan, Finalidad/Función 199, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad 11Transferencias Figurativas al E.C.T., Partida Subparcial 912 - Contribuciones a Inst. Descentralizados y Autárquicos que Consolidan, Financiamiento 10 - Recursos Tesoro General de la Provincia, del Presupuesto General 2017.
ARTICULO 3.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Economía y firmado por el señor Secretario de Estado de Hacienda.
ARTICULO 4.- Dese al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 14/6/2017

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Tucumán

PaysArgentine

Date14/06/2017

Page count120

Edition count4442

Première édition14/12/2004

Dernière édition12/07/2024

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