Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 3/8/2015

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tucumán

con domicilio en calle Avda. Aconquija 2154- Local 2 de Yerba BuenaTucuman,
III Hechos. a Datos laborales del accionante. La accionante ingresó a trabajar bajo relación de dependencia laboral de la demandada, en fecha 06 de mayo de 2012
en la categoría profesional de "auxiliar especializado Categoría B" del Convenio Colectivo de trabajo 130/75. El vinculo laboral se desarrolló en el contexto de una relación laboral permanente, hasta el 25/06/2014, fecha en la cual la actora se considera despedida A efectos de cumplir con la requisitoria procesal, debemos advertir que la actora recibió adiestramiento y capacitación específicos para el cumplimiento de sus labores. b Actividad de la demandada. La demandada tiene como actividad la de brindar servicios telefonía a taxis que operan en el departamento de Yerba Buena; a través de una empresa unipersonal que funciona con el nombre de fantasía "EL ROSARIO REMIS". c Las tareas, horario y lugar de trabajo de la actora: En tanto las tareas de la actora, eran las propias de una telefonía de remis o taxis; esto es recibir las llamadas de los clientes via telefónica y conectarse a través de la radio con los distintos móviles, etc
la demandada le asigno la categoría de Auxiliar Administrativa Categoria B del convenio 130/75. El lugar de trabajo, era el sector de telefonía del local sito en el domicilio denunciado. El horario de trabajo en un principio de 6.30 a 14.30 y desde abril de 2014 en turnos rotativos por semana de 6.30 a 14.30 y de 14.30 a 22.30. de lunes a domingos con un dia variable de descanso. d Modalidad del contrato: por tiempo indeterminado y continuo. Perioricidad del pago remunerativo: Correspondia por convenio el pago en forma mensual; lo cual fue cumplido por la demandada, aunque hubo meses en que evadio esta obligación;
pagando montos inferiores a los previstos. e Los incumplimientos de la demandada. e.1 Fecha de ingreso. la accionante ingreso a trabajar para la firma demandada el 6 de mayo de 2012, pero sin encontrarse registrada en la documentación laboral. Ante sus persistentes reclamos, la demandada decide "blanquear" su situación laboral, pero a partir del 20 de Abril de 2013; es decir sin reconocerle la antigedad anterior e.2 La remuneración de la actora.
Diferencias salariales no obstante la jornada laboral de la actora de mas de 8 horas por día, la accionada consignaba en la documentación laboral y recibos de haberes, un sueldo correspondiente a media jornada laboral. .. e.3 Salarios impagos: la accionada, además, no abono las remuneraciones de mayo 12, noviembre 12 y mayo 14 " Secretaría, 30 de julio de 2015. Dr. Carlos Santiago Meuli Guzman, Secretario. E 31/07 y V 06/08/2015. Libre de Derechos. Aviso N 191.498.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 3/8/2015

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Tucumán

PaysArgentine

Date03/08/2015

Page count136

Edition count4439

Première édition14/12/2004

Dernière édition05/07/2024

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