Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 3/8/2015

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tucumán

Aviso número 191463

JUICIOS VARIOS / CARABAJAL JUAN MARCELO C/SIGLO XXI S.A S/ COBRO DE
PESOS
POR 5 DIAS - Se hace saber a KEY GROUP S.A. que por ante este juzgado de conciliación y tramite del trabajo de la tercera Nominacion, a cargo de la Dra.
Susana Catalina FeJuez Subrogante; Secretaría de la Dra. Cristina Carino de Alonso y de la Dra. Mariel F.V. Melero, tramitan los autos caratulados:
"CARABAJAL JUAN MARCELO C/SIGLO XXI S.A S/ COBRO DE PESOS", Expediente N 585/04, en los cuales se ha dictado el presente proveído que se transcribe a continuación: "San Miguel de Tucumán, 4 de junio de 2015.- Atento las constancias de autos y lo solicitado, a los fines del traslado del incidente de extensión de responsabilidad, notifíquese a KEY GROUP SA, mediante publicación de edictos en el Boletín Oficial, libre de derechos art. 13 L. 6204, por cinco días, con transcripción de una síntesis de la misma, amplíandose el plazo a veinte días para que comparezca el citado a estar a derecho y responda la misma, arts. 21 y 59 CPL.- Personal. Fdo. Dr. Carlos Alberto Frascarolo .-585/04.MEB "San Miguel de Tucumán, 4 de noviembre de 2014. 1 Téngase al letrado Oscar E. Sario como apoderado del actor, conforme al poder ad-litem adjuntado. Agréguese la constancia de la AFIP y el poder ad-litem. 2 Del incidente de extensión de responsabilidad que plantea la actora, córrase traslado a Key Group, por el término de tres días, en el domicilio que denuncia. art. 33 CPLPersonal.Fdo. Dra. Delicia Legname - Juez.- 585/04.MEB San Miguel de Tucumán, 21 de septiembre de 2004.- 1 Por reservada en caja fuerte la documentación original presentada por la actora.- 2 Proveyendo el escrito de fs.11/15: por repuestos bonos profesionales y tasa de justicia; en mérito al poder adjunto téngase al Dr .Oscar E. Sario apersonado en el carácter invocado, con domicilio legal constituído, désele intervención.- 3 Citese a la firma SIGLO XXI S.A., en el domicilio denunciado para que en el término de quince días se apersone a estar a derecho y constituya domicilio legal, bajo apercibimiento de tener por tal los Estrados del Juzgado, art. 22 CPL.- En el mismo acto córrasele traslado de la demanda, para que la conteste dentro de igual término, bajo apercibimiento previsto en los arts.58 y demás cc de la ley procesal citada.- Lunes y jueves para notificaciones en Secretaría o subsiguiente hábil en caso de feriado.Personal.- Fdo.Dra. Delicia Legname - Juez.- 585/04 AMD
Sintesis de la demanda: El Señor Juan Marcelo Carabajal - D.N.I. N 24.433.383, viene a iniciar demanda por los siguientes rubros: A INT.mes del despido.- B indemnizacion por antigedad.- C Preaviso.- D Mes impago de Agosto 02.- E Art. 80 LCT.3
sueldos.- F Indemnizacion Art. 1 Ley 25323.- G Indemn. Art.132 bis a calcularse con la sentencia definitiva.- por la suma de $ 11.326,00 pesos once mil trescientos veintiseis, o lo que en más o en menos resulte de las probanzas de autos, con más los intereses desde que cada suma es adeudada hasta la fecha de su total y efectivo pago, gastos y costas, en contra de la firma SIGLO XXI S.A., San Miguel de San Miguel de Tucumán, 28 de julio de 2015. Secretaria. Dra.
Cristina Carino de Alonso, Secretaria. E 30/07 y V 05/08/2015. Libre de Derechos.
Aviso N 191.463.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 3/8/2015

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Tucumán

PaysArgentine

Date03/08/2015

Page count136

Edition count4441

Première édition14/12/2004

Dernière édition11/07/2024

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