Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 25/6/2015
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tucumán
PARA EL BICENTENARIO.DECIMA SEGUNDA: SIMBOLO.- La Alianza ACUERDO PARA EL BICENTENARIO adopta como símbolo el emblema que impreso a color se acompaña con la presente acta.DECIMA TERCERA: Los partidos políticos que solicitaren y les fuera otorgado el acuerdo previsto por el artículo 43, Inciso 12 de la Constitución Provincial, podrán utilizar los Símbolos del Frente previa Autorización escrita expedida por la Mesa Ejecutiva y suscrita por el Apoderado del Frente.- Asimismo, se autoriza la utilización de las siglas AB.
DECIMA CUARTA: Los afiliados de los partidos políticos que integran el presente Frente, podrán integrar listas de candidatos para cargos legislativos, en aquellos partidos políticos que obtengan el acuerdo previsto por el Art. 43, inciso 12 de la Constitución de la Provincia.
En representación de los Partidos Políticos y sectores mencionados en la cláusula segunda, suscriben el Acta, en 4 ejemplares del mismo tenor y uno para su presentación ante la Justicia Electoral Provincial, a los diecinueve días del mes de mayo de dos mil quince JOSE MANUEL CANO, PRESIDENTE UCR.
ALEJANDRO CARLOS SANGENIS, PRESIDENTE MP3. GABRIELA ARIAS, PRESIDENTE MPC
ANEXO II
De la Junta Electoral Art. 1 La Junta Electoral del ACUERDO PARA EL BICENTENARIO se compondrá de Tres 3 miembros Titulares y dos 2 suplentes, y será conformada por las siguientes personas Titulares:
Orlando Daniel Tosi, DNI n 11.463.477
Victor Daniel Mascaró, DNI n 23.931.798
Luis Manuel Andujar, DNI n 26.445.536
Suplentes:
Vocal Suplente 1: Gaston Chrestia, DNI n 17.042.330
Vocal Suplente 2: Sebastián Torres, DNI n 26.638.618
Art. 2 La Junta Electoral del ACUERDO PARA EL BICENTENARIO celebrará sus sesiones en el domicilio legal del Frente. Sus funciones serán las que establece la Ley Electoral de la Provincia, para la Junta Electoral Provincial de conformidad a las disposiciones de la presente Acta y especialmente a las siguientes:
a Confeccionar el Padrón del ACUERDO PARA EL BICENTENARIO de conformidad a los padrones presentados por los partidos políticos UNION CIVICA RADICAL MOVIMIENTO
DE PARTICIPACION CIUDADANA y MOVIMIENTO POPULAR 3 BANDERAS, quienes integran el Frente Electoral. Previa depuración si correspondiera lo hará público y abrirá un período de exhibición no menor a dos 2 días, término en el cual los afiliados podrán oponer, o presentar observaciones o tachas en base a las siguientes causales:
1. Estar comprendidos dentro de una de las causales de inhabilidad de las establecidas por las leyes nacionales y provinciales de la materia.
2. Haber renunciado, haber sido suspendida la afiliación o haber sido expulsado del respectivo partido integrante del ACUERDO PARA EL BICENTENARIO.