Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 16/1/2015
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tucumán
Aviso número 43303
DECRETO 3707 / 2014 DECRETO SINTETIZADO / 2014-11-28
DECRETO N 3.707/1, del 28/11/2014. Expte. N 3267/110-A-2014.
VISTO, la presentación efectuada por la Federación Obrera Tucumana de la Industria Azucarera F.O.T.I.A., Personería Gremial N 59, con domicilio en calle COngreso N 402, de esta ciudad, por la que solicitan el otorgamiento de una ayuda económica destinada a 129 ciento veintinueve afiliados de esa organización, y CONSIDERANDO:
Que el Gobierno de la Provinciaconsidera porcedente acudir en ayuda de las mismas, brindándoles la asistencia económica solicitada, en la medida que las posibilidades del Estado así lo permitan Por ello en uso de las facutades que le son propias, El Gobernador de la Provincia DECRETA:
Artículo 1.- Otórgase a personas que se detallan en el listado -que como Anexo Único pasan a formar parte integrante del presente Decreto, un subsidio por la suma que en cada caso se indica, y por un importe total de $516.000.- pagaderos en cuatro 4 cuotas iguales, mensuales y consecutivas de $129.000.- cada una, por los meses de noviembre y diciembre de 2014 y enero y febrero de 2015, quedando facultada la Dirección de Administración de la Secretaría General de la Gobernación, a efectuar las adecuaciones presupuestarias pertinentes a fin de emitir las correspondientes Órdenes de Pagos, para hacer efectivo dicho importe, en atención a lo expresado precedentemente.Artículo 2.- Impútase la erogación de referencia, a la Jurisdicción 3, Unidad de Organización 040, Denominación: Gobernación y Secretaría General de la Gobernación, Finalidad/Función 320, Programa 12, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad/Obra 01, Subsidios Varios, Partidas Subparcial 514, Financiamiento:
Fuente 10 -Recursos Tesoro General de la Provincia, de cada Ejercicio Presupuestario en vigencia.
Artículo 3.- Establécese que el pago se hará efectivo a través de la Caja Popular de Ahorros de la Provincia, conforme a lo establecido en el Convenio aprobado mediante Decreto N 2478/1-06, la que una vez terminado el pago, remitirá a la Dirección de Administración de la Secretaría General de la Gobernación, la totalidad de los comprobantes suscriptos por los beneficiarios a los fines de la correspondiente rendición de cuentas ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.
Artículo 4.- Autorízase a la Dirección de Administración de la Secretaría General de la Gobernación a atender el pago por los gastos que surgieran de la gestión encomendada en el Artículo anterior, imputándose a la Jurisdicción 3, Programa 11, Subprograma 00, Proyecto 00, Finalidad/Función 131, Actividad/Obra 01, Unidad de Organización N 040, Partida Subparcial 355, Financiamiento: Fuente 10, Recursos Tesoro General de la Provincia, de cada Ejercicio Presupuestario en vigencia, para lo cual queda facultada a emitir la correspondiente Orden de Pago,