Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 2/8/2013

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tucumán

Aviso número 35139

ACORDADA H.C.S.J 590 / 2013 ACORDADA 590 / 2013-07-23
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. ACORDADA N 590, del 23/07/2013.
VISTO: El Acuerdo N 1339/2012, relacionado con el programa sobre la reforma procesal penal de Tucumán; y CONSIDERANDO: Que atento a que el plan piloto relacionado con el programa sobre la reforma procesal penal en la Provincia de Tucumán de la Acordada referenciada, se encuentra suspendido en su ejecución y, teniendo en cuenta que el control del cumplimiento sobre Acuerdos y Reglas de Conductas en los procesos penales es un complemento indispensable de la actividad jurisdiccional -no solo en los Centros Judiciales de Concepción y Monteros sino también en el de Capital -resulta necesario crear la Oficina de dicho Control en los ámbitos de los Centros Judiciales de Capital, Concepción y Monteros.
Dicha Oficina funcionará bajo la dependencia directa de esta Corte Suprema de Justicia. La de Capital tendrá su asiento en S. M. de Tucumán, y la de Concepción y Monteros en la ciudad de Concepción; ésta última tendrá jurisdicción sobre los Centros Judiciales de Concepción y Monteros.
Por ello, con asistencia del Sr. Ministro Fiscal, en virtud de las facultades conferidas a la Excma. Corte por el artículo 13 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y encontrándose de licencia la señora Vocal Dra. Claudia Beatriz Sbdar;
ACORDARON:
I.- DISPONER la creación de la Oficina de Control sobre Acuerdos y Reglas de Conductas, en el ámbito de los Centros Judiciales de Capital, Concepción y Monteros, bajo la dependencia directa de la Corte Suprema de Justicia. La de Capital tendrá su asiento en S. M. de Tucumán, y la de Concepción y Monteros en la ciudad de Concepción; ésta última tendrá jurisdicción sobre los Centros Judiciales de Concepción y Monteros.
II.- ESTABLECER que las funciones serán las siguientes: a Colaborar en el Control del cumplimiento de las obligaciones que emergen de los acuerdos arribados en las instancias de conciliación penal. b Colaborar en el Control gel cumplimiento de las reglas de conductas impuestas en los supuestos de suspensión de juicio a prueba. c Colaborar en el Control del cumplimiento de las medidas tutelares dictadas por los jueces de menores. d Instar el cumplimiento de las obligaciones que emergen de los acuerdos arribados en las instancias de conciliación penal, de las reglas de conductas impuestas en los supuestos de suspensión de juicio a prueba y de las medidas tutelares dictadas por los jueces de menores. e Comunicar a la autoridad judicial correspondiente el incumplimiento de las obligaciones que emergen de los acuerdos arribados en las instancias de conciliación penal, de las reglas de conductas impuestas en los supuestos de suspensión de juicio a prueba y de las medidas tutelares dictadas por los jueces de menores. f Elaborar estadísticas e informes sobre su funcionamiento y los resultados referidos al cumplimiento de los acuerdos arribados en las instancias de conciliación penal, de las reglas de conductas impuestas en los supuestos de suspensión de juicio a prueba y de las medidas

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 2/8/2013

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Tucumán

PaysArgentine

Date02/08/2013

Page count120

Edition count4452

Première édition14/12/2004

Dernière édition26/07/2024

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