Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 10/5/2022

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

10
10

AÑO XXXI
- -Ushuaia, de Mayo de 2022
- Nº 5109
AÑO XXXI
Ushuaia,Martes Lunes 0310
de Enero de 2022
- Nº 0000

ARTÍCULO 2º.- Se prohíbe la transferencia de la titularidad del presente permiso forestal en base a la normativa vigente. Ello, por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTÍCULO 3.- Las tareas de aprovechamiento deberán ajustarse a las normas que se adjuntan a la presente como Anexo II y a toda la normativa forestal vigente.
ARTÍCULO 4.- Al finalizar el año forestal, la Autoridad de Aplicación evaluará la actividad productiva del presente permiso, en función de las condiciones de permanencia en el Registro de Pequeños Productores Forestales de la Provincia, según la Resolución M.P.yA. N 1326/2020.
ARTÍCULO 5º- Notificar al interesado, comunicar, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
CASTIGLIONE
RESOL.208/22

29/04/2022

ARTÍCULO 1º.- Otorgar a la Pequeña Productora Forestal Señora Perla MEZA ACOSTA, Matrícula Nº 24 del Registro Provincial de Pequeños Productores Forestales, UN 1 Permiso Anual para el Período Forestal 2022/2023, con arreglo al Artículo 9º, inciso a, de la Ley Provincial Nº 145, al Artículo 27º del Decreto Provincial Nº 852/95, abarcando el presente permiso una superficie de hasta UNO CON DOS HECTÁREAS 1,2
ha en la Reserva Forestal de Producción Río Milna, exclusivamente en el lugar adjudicado según Anexo I de la presente. Ello, por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTÍCULO 2º.- Se prohíbe la transferencia de la titularidad del presente permiso forestal en base a la normativa vigente. Ello, por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTÍCULO 3.- Las tareas de aprovechamiento deberán ajustarse a las normas que se adjuntan a la presente como Anexo II y a toda la normativa forestal vigente.
ARTÍCULO 4.- Al finalizar el año forestal, la Autoridad de Aplicación evaluará la actividad productiva del presente permiso, en función de las condiciones de permanencia en el Registro de Pequeños Productores Forestales de la Provincia, según la Resolución M.P.yA. N 1326/2020.
ARTÍCULO 5º- Notificar al interesado, comunicar, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
CASTIGLIONE
RESOL.209/22

29/04/2022

ARTICULO 1º.- Otorgar la MATRICULA PROVINCIAL N 15 de Pequeño Productor Forestal al Señor Exequiel Fabián DITTLER, D.N.I. N
44.367.517, con domicilio legal en Gobernador Campos N 146, de la ciudad de Tolhuin. Ello, por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTICULO 2º.- Establecer que la permanencia en el Registro Provincial de Pequeño Productor Forestal será conforme a lo establecido en el Anexo IV de la Resolución M. P. y A. N 1326/2020. Ello, por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTICULO 3.- Establecer que la presente Matrícula Forestal Provincial no genera derecho a aprovechamiento forestal, así como tampoco garantiza el otorgamiento de un permiso de aprovechamiento, el cual estará sujeto a la disponibilidad del Recurso Forestal y al cumplimiento de la reglamentación vigente.
ARTICULO 4º.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
CASTIGLIONE
RESOL.210/22

29/04/2022

ARTÍCULO 1º.-Inscribir provisoriamente bajo Matrícula Nº 26 del Registro Provincial de Profesionales y Técnicos Forestales, al Técnico Superior Forestal Señora Carla Antonela BONACALZA, D.N.I. Nº 35.219.502, con domicilio legal en la Calle Luisa Rosso N 481 -Ed.40 Piso 2 -Depto. 6, de la ciudad de Río Grande, hasta tanto se cumplimente lo requerido en el artículo 2 de la Disposición D.G.B. N 039/11. Ello por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTÍCULO 2º.-Notificar a la interesada con copia autenticada de la presente.
ARTÍCULO 3º.-Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
CASTIGLIONE
RESOL.212/22

29/04/2022

ARTÍCULO 1.- Otorgar un 1 Permiso de pesca artesanal de Crustáceos Bentónicos, para la captura de Centolla Lithodes santolla y Centollón Paralomis granulosa a favor del Sr. Carlos Adrián CÁRCAMO VELASQUEZ, D.N.I N 28.509.628, destinado a la embarcación "KENNENIK", Matrícula N 02086-M, para operar en aguas de jurisdicción provincial correspondientes a la zona autorizada por la Autoridad de Aplicación conforme a la normativa vigente, por el término de un 1 año, contados a partir de notificada la presente. Pudiendo los mismos renovarse total o parcialmente a pedido del interesado con una anticipación de treinta 30 días, a la fecha de su vencimiento, y previo dictamen favorable de la Autoridad de Aplicación, siempre que se garantice el potencial reproductivo y se preserve la biomasa de machos comerciales. Asimismo, se establece que el permiso de captura otorgado será intransferible.
ARTÍCULO 2.- Autorizar a la embarcación artesanal denominada "KENNENIK", Matrícula N 02086 - M, exclusivamente para la captura de Centolla Lithodes santolla y Centollón Paralomis granulosa, mediante la realización de lances de pesca por medio del uso de trampas para la

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 10/5/2022

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

PaysArgentine

Date10/05/2022

Page count708

Edition count3738

Première édition02/01/2002

Dernière édition23/01/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Mayo 2022>>>
DLMMJVS
1234567
891011121314
15161718192021
22232425262728
293031