Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 22/9/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

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AÑO XXX -

Ushuaia, Miércoles 22 de Septiembre de 2021

-

Nº 4955

Por ello:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Autorizar la renovación de la adscripción del agente Flavio Alberto ARBIZU, legajo Nº 27718606/00, categoría 10 P.A. y T., del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, al ámbito de la Legislatura Provincial, a partir del día nueve 9 de septiembre del 2021 y por el término de trescientos sesenta y cinco 365 días corridos, en virtud de lo establecido en las en Leyes Nacionales Nº 22.140 y Nº 22.251, y su Decreto Nacional Reglamentario Nº 2058/85, Anexo I, Punto 2.3 y 4. Ello por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTÍCULO 2.- La Institución que solicitó la adscripción del agente de referencia deberá enviar dentro de los primeros cinco 5 días de cada mes al Ministerio de Obras y Servicios Públicos, un informe sobre la real prestación de servicio del mes anterior, teniendo en cuenta que la no presentación en tiempo y forma de la información requerida, dará lugar a la suspensión del pago de los haberes correspondientes.
ARTÍCULO 3.- Notificar al interesado, comunicar a quienes corresponda, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
MELELLA
María G. CASTILLO
DECRETO N 1746

06-09-21

VISTO el Expediente Nº SGLT-E-48908-2020 del registro de esta Gobernación; y CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita el Recurso de Reconsideración interpuesto por la firma EMERGENCIAS MÉDICAS FUEGUINAS S.A., contra el Decreto Provincial Nº 207/21 en fecha 01/02/2021.
Que el citado Decreto aprobó el procedimiento y adjudicó la Compra Directa Nº 90/2020 RAF 125, referente al Servicio Médico Integral, destinado al Aeropuerto Internacional Malvinas Argentinas de la ciudad de Ushuaia, dependiente de la Dirección Provincial de Asuntos Aeroportuarios de la Secretaría General, Legal y Técnica, a favor de la firma BAHIA SALUD S.R.L.
Que en su pieza recursiva, el impugnante en términos generales solicitó la nulidad del acto mencionado ". . . por considerar que el mismo resulta nulo de nulidad absoluta por adolecer de vicios graves en sus elementos i procedimiento, ii causa, iii motivación y iv finalidad, solicitando la revocación del mismo . . . ".
Que asimismo, solicitó la suspensión de los efectos del acto cuestionado.
Que tomó intervención la Secretaría de Coordinación Legal dependiente de la Secretaría General, Legal y Técnica emitiendo el Dictamen S.C.L.
S.G.L.y T. Nº 303/2021, cuyos argumentos se dan por reproducidos pasando a formar parte integrante del presente, indicando por lo allí expuesto que correspondería no hacer lugar al Recurso de Reconsideración interpuesto por resultar la adjudicación ajustada a derecho.
Que el suscripto comparte el criterio sostenido por ese órgano asesor, y se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo en virtud de lo establecido en los artículos 129 de la Ley Provincial Nº 141 y 135 de la Constitución Provincial.
Por ello:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- No hacer lugar al Recurso de Reconsideración interpuesto por la firma EMERGENCIAS MÉDICAS FUEGUINAS S.A., contra el Decreto Provincial Nº 207/21, por el cual se procedió a aprobar el procedimiento y adjudicar la Compra Directa Nº 90/2020 RAF 125, referente al Servicio Médico Integral, destinado al Aeropuerto Internacional Malvinas Argentinas de la ciudad de Ushuaia, a favor de la firma BAHIA SALUD S.R.L. Ello, en función de los argumentos vertidos en los considerandos precedentes y en el Dictamen S.C.L. S.G.L.y T. Nº 303/2021.
ARTÍCULO 2.- No hacer lugar a la suspensión de los efectos del acto solicitada al no advertirse nulidad manifiesta en el Decreto Provincial Nº 207 /2 l. Ello, por lo expuesto en los considerandos que anteceden y en el Dictamen S.C.L. S.G.L.y T. Nº 303/2021.
ARTÍCULO 3º.- Notificar a la firma EMERGENCIAS MÉDICAS FUEGUINAS S.A., con copia del presente y del Dictamen S.C.L. S.G.L.y T. Nº 303/2021, haciéndole saber que ha agotado la instancia administrativa y podrá interponer acción judicial dentro de un plazo de noventa 90 días hábiles judiciales, conforme los artículos 7º, 15 y 24 de la Ley Provincial Nº 133.
ARTÍCULO 4.- Comunicar a quien corresponda. Dar al Boletín oficial de la Provincia y archivar.
MELELLA
María G. CASTILLO
DECRETO N 1747
VISTO el Expediente Nº SGLT-E-47471-2021, del registro de esta Gobernación y la Nota Electrónica Nº MOSP-N-8559-2021; y CONSIDERANDO:

06-09-21

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 22/9/2021

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

PaysArgentine

Date22/09/2021

Page count444

Edition count3738

Première édition02/01/2002

Dernière édition23/01/2024

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