Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 14/9/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

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AÑO XXX -

AÑO XXX -

Ushuaia, Martes 14 de Septiembre de 2021

Ushuaia, Lunes 13 de Septiembre de 2021 - Nº 4948

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Nº 4949

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Que esas medidas se tomaron toda vez que el contexto planteado afectaba con mayor rigor a los grupos vulnerados, cuyos únicos ingresos corresponden a los derechos de pensión otorgados por el Estado Provincial.
Que el cuadro de situación actual se ha visto parcialmente modificado en virtud de la emisión del Decreto Provincial Nº 1554/21, motivo por el cual corresponde establecer un nuevo monto para la Asignación Excepcional.
Que en tal sentido, el monto razonable a aplicar en la actualidad al ítem Asignación Excepcional instituido por el Decreto Provincial Nº 537/
19, equivale ahora a PESOS CUATRO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y TRES CON 70/100 $ 4.373,70.
Que en virtud de lo señalado, corresponde dictar el acto administrativo pertinente y autorizar el pago mensual del ítem antes enunciado en base al nuevo valor establecido, para los beneficiarios de las pensiones del Régimen Único de Pensiones Especiales RUPE establecido por Ley Provincial Nº 389 y sus modificatorias y los Veteranos de Guerra Ex Combatientes de Malvinas, beneficiarios de la pensión prevista por la Ley Provincial Nº 407.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 135 de la Constitución Provincial.
Por ello:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Fijar el valor del ítem Asignación Excepcional establecido por el Decreto Provincial Nº 537/19 en la suma de PESOS
CUATRO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y TRES CON 70/100 $ 4.373,70, a partir del 1 de agosto de 2021, correspondiente a las pensiones de los beneficiarios del Régimen Único de Pensiones Especiales RUPE, instituido por la Ley Provincial Nº 389, y a los Veteranos de Guerra Ex Combatientes de Malvinas, beneficiarios de la pensión instituida por la Ley Provincial Nº 407. Ello, por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTÍCULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento del presente será imputado a la partida presupuestaria correspondiente del ejercicio económico financiero en vigencia.
ARTÍCULO 3.- Derogar toda normativa de igual o inferior rango que se oponga a la aplicación del presente.
ARTÍCULO 4 .- Instruir al Ministerio de Finanzas Públicas como autoridad de aplicación de la presente medida, con facultades de interpretación, aclaración y reglamentación de las disposiciones aquí establecidas.
ARTÍCULO 5º.- Comunicar a quien corresponda. Publicar en el Boletín Oficial de la Provincia. Cumplido, archivar.
MELELLA
María G. CASTILLO
DECRETO N 1670

25-08-21

VISTO el expediente Nº MDH-E-48024-2021 del registro de esta Gobernación;
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita la reubicación del agente Germán Ricardo GIUDICI, legajo Nº 21109451/01, categoría D del Escalafón Profesional Universitario E.P.U., al ámbito del Ministerio de Desarrollo Humano.
Que el mencionado agente revista presupuestariamente en el ámbito del Ministerio de Finanzas Públicas.
Que en los documentos 4 y 7, obran las autorizaciones pertinentes.
Que en el documento 12, consta la intervención de la Dirección General de Presupuesto, por la cual se acredita el respaldo presupuestario correspondiente.
Que lo solicitado se encuadra en la Ley Nacional 22.140, en concordancia con lo previsto por el artículo 17 de la Ley Provincial Nº 1333.
Que el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente acto administrativo en virtud de lo dispuesto por el artículo 135 de la Constitución Provincial.
Por ello:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Reubicar al agente Germán Ricardo GIUDICI, legajo Nº 21109451/01, categoría D del Escalafón Profesional Universitario E.P.U., del Ministerio de Finanzas Públicas, al ámbito del Ministerio de Desarrollo Humano, a partir del día hábil siguiente a su notificación.
Ello por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTÍCULO 2.- El gasto que demande el presente será imputado a la Unidad de Gestión de Gasto Nº 2124 7, inciso 1 - Gastos en Personal.
ARTÍCULO 3.- El agente citado en el artículo 1 del presente, deberá ser ubicado en la Dependencia Nº 216 - dependiente del Ministerio de Desarrollo Humano.
ARTÍCULO 4.- Notificar al interesado, comunicar a quienes corresponda, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
MELELLA
Guillermo D. FERNANDEZ

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 14/9/2021

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

PaysArgentine

Date14/09/2021

Page count279

Edition count3738

Première édition02/01/2002

Dernière édition23/01/2024

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