Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 17/8/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

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AÑO XXX
- Ushuaia, Martes 17dedeEnero Agosto de 2021
- Nº 4929
AÑO XXX
- Ushuaia, Lunes 04
de 2021
- Nº 0000

ARTÍCULO 1.- No hacer lugar al reclamo deducido por la agente Verónica María ALFARO SEGOVIA, Legajo Nº 18850192/00, contra el Decreto Provincial Nº 661/19. Ello, por los motivos expuestos en los considerandos y el Dictamen S.C.L. S.G.L.y T. Nº 206/21.
ARTÍCULO 2º.- Notificar a la interesada con copia certificada del presente y del Dictamen S.C.L. S.G.L.y T. Nº 206/21, haciéndole saber que ha agotado la vía administrativa y que podrá interponer acción judicial dentro del plazo de noventa 90 días hábiles, de conformidad con las prescripciones de los artículos 7º, 15 y 24 de la Ley Provincial Nº 133.
ARTÍCULO 3.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
MELELLA
María G. CASTILLO
DECRETO N 1496

02-08-21

VISTO el Expediente Nº MFP-E-39148-2021 del registro de esta Gobernación; y CONSIDERANDO:
Que, mediante el expediente citado en el Visto tramita el subsidio a la tasa de interés anual para una línea de crédito especial de préstamos personales a sola firma para la instalación de red gas natural, que aprobará el Banco Tierra del Fuego.
Que por medio de la Resolución del ex Ministerio de Economía N 655/15 se aprobaron las "Normas para la Aplicación del Subsidio a los Consumos Residenciales de GLP Envasado y a Granel", disponiéndose entre las causales de baja de los usuarios la constatación de existencia de red de distribución de gas natural domiciliaria.
Que la Dirección Provincial de Programas Específicos ha expresado que, a través de los controles que periódicamente realiza, se identificaron TRES MIL CIENTO TREINTA 3.130 usuarios del Subsidio a los Consumos Residenciales de GLP domiciliados en las ciudades de Ushuaia, Río Grande y Tolhuin que, si bien en la actualidad cuentan con el tendido de la red de distribución de gas natural frente a su domicilio, carecen de la conexión domiciliaria pertinente.
Que, a través del Decreto Provincial Nº 70/2018 se creó el "Programa Llegó el Gas" con el fin de facilitar el acceso a la conexión domiciliaria de la red de gas natural a las personas inscriptas en el Padrón de Usuarios del Subsidio a los Consumos Residenciales de GLP de la provincia.
Que, asimismo, a través de dicho Decreto se delegó en el entonces Ministro de Economía la facultad de otorgar subsidios a las personas que fueran titulares de inmuebles y se encontrar en inscriptas en el citado Padrón contando con certificado de factibilidad para la conexión domiciliaria a la red de gas natural.
Que la Resolución del ex Ministerio de Economía Nº 120/2018 aprobó el procedimiento para la implementación y rendición del "Programa Llegó el Gas".
Que en el marco de la ejecución del "Programa Llego el Gas", el Sr. Ministro de Finanzas Públicas dispuso, a través de Resolución M.F.P. Nº 305/
21, una última actualización del monto máximo del subsidio.
Que en tal contexto la Dirección Provincial de Programas Específicos dependiente del Ministerio de Finanzas Públicas gestionó el lanzamiento de una nueva línea de crédito especial con el Banco Provincia de Tierra del Fuego BTF, agente financiero oficial del Gobierno de la Provincia, destinada exclusivamente al financiamiento, mediante el otorgamiento de créditos personales a sola firma, de los gastos correspondientes a la conexión domiciliaria a la red de gas natural, como una alternativa de carácter complementaria al "Programa Llego el Gas".
Que la citada Dirección ha manifestado también que, teniendo en cuenta las características climáticas del territorio, la orientación a la atención de grupos vulnerables que inspira al régimen de Subsidios a los Consumos Residenciales de GLP, y el carácter transitorio y paliativo de la política, resulta crítico maximizar las oportunidades brindando respuestas definitivas y estructurales a la falta de conexión domiciliaria a la red de gas natural.
Que, finalmente, el área requirente ha indicado que la medida estaría orientada a alcanzar una solución estructural y definitiva para los beneficiarios del Programa de Subsidios a los Consumos residenciales de GLP, siendo la propuesta de creación de la línea de crédito especial -préstamos personales a sola firmauna nueva alternativa para aquellas personas que se encuentran en condiciones de resolver de forma definitiva la conexión domiciliaria a la red de gas natural, a la cual no podrían acceder sin el acompañamiento del Gobierno Provincial.
Que el Sr. Ministro de Finanzas Públicas tomó conocimiento de las gestiones y prestó debida conformidad a la propuesta técnica, solicitando se continúe con la formulación del proyecto a fin de concretar la iniciativa y con las negociaciones con la entidad financiera.
Que el artículo 72 de la Constitución de la Provincia de Tierra del Fuego A. e I.A.S. establece que "El Banco de la Provincia tiene por finalidad contribuir al desarrollo económico genuino de la misma y actuar como agente financiero del Gobierno provincial, siendo caja obligada de éste, de los municipios y de los demás entes autárquicos o descentralizados", lo cual la constituye como la entidad financiera con el objeto social acorde a las condiciones necesarias para hacer viable esta alternativa.
Que de acuerdo con propuesta técnica formulada por la Dirección Provincial de Programas Específicos, la línea de crédito especial a instituirse comprometerá un cupo máximo de PESOS CIEN MILLONES CON 00/100 $100.000.000,00 para destinar a la financiación de la conexión domiciliaria a la red de gas natural.
Que en el marco de la ejecución de la línea de crédito propuesta, resulta oportuno sumar el esfuerzo del Gobierno Provincial a través del subsidio parcial sobre el costo de la tasa de interés anual establecida para los préstamos a disponer por la entidad BTF, subsidio que alcanzará un VEINTICINCO POR CIENTO 25%, y que tendrá por propósito brindar a los usuarios el alcance de una nueva alternativa que otorgue una solución definitiva a la conexión domiciliaria a la red de gas natural.
Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico Permanente del Ministerio de Finanzas Públicas, a través del Dictamen DPAL - MFP Nº 90/2021, sin formular observaciones a la presente iniciativa.
Que, asimismo, ha tomado intervención la Secretaría de Coordinación Legal dependiente de la Secretaría General, Legal y Técnica.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo en virtud de lo dispuesto por el artículo 135 de la

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 17/8/2021

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

PaysArgentine

Date17/08/2021

Page count78

Edition count3738

Première édition02/01/2002

Dernière édition23/01/2024

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