Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 22/5/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

AÑO XXX -

Ushuaia, Sábado 22 de Mayo de 2021 - Nº 4869

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Que mediante Decreto de Necesidad y Urgencia N 168/21 se prorrogaron las medidas de distanciamiento social, preventivo y obligatorio dispuestas hasta el día 09 de abril de 2021, adhiriendo la Provincia mediante Decreto Provincial N 508/21.
Que mediante Decreto de Necesidad y Urgencia N 235/21 se dispusieron medidas de restricción a la circulación y para aquellas actividades que por su naturaleza puedan generar mayor riesgo de incremento de casos por COVID-19, habiendo adherido la Provincia mediante Decreto Provincial N 715/21.
Que mediante Decreto de Necesidad y Urgencia 287/21 se prorrogaron las medidas dispuestas mediante DNU N
235/21 adhiriendo la Provincia mediante Decreto Provincial Nº 900/21.
Que mediante Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 334/21 se prorrogaron las medidas y se dispusieron nuevas restricciones hasta el día 11 de Junio de 2021, correspondiendo adherir al mismo.
Que el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente acto administrativo, de acuerdo a lo establecido en el artículo 135 de la Constitución Provincial.
Por ello:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR
D E C R E TA:
ARTÍCULO 1º.- Prorrogar la vigencia del Decreto Provincial N 465/20 y el Decreto Provincial N 467/20 con las modificaciones introducidas mediante Decreto Provincial N 479/21 desde el día 22 de mayo de 2021 y hasta el 11 de junio de 2021.
ARTÍCULO 2º.- Adherir al Decreto de Necesidad y Urgencia N 334/21.
ARTÍCULO 3º.- Delegar en el Ministerio de Salud de la Provincia la evaluación del Riesgo Epidemiológico y Sanitario a los fines de determinar las medidas de restricción aplicables a la Provincia.
ARTÍCULO 4º.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
MELELLA
María G. CASTILLO

RESOLUCION MINISTERIO DE SALUD
RESOL. N 644

22-05-21

VISTO los Decretos Provinciales N 465/20, N 467/20, N 468/20, N 524/20, N 536/20, N 587/20, N 622/20, N 645/20, Nº 472/20, N 793/20, N 880/20, N 967/20, N 1023/20, N 1024/20, N 1063/20, N 1104/20, Nº 1189/20, N 1190/20, N 1260/20, Nº 1291/20, Nº 1326/20, Nº 1327/20, N 1359/20, Nº 1416/20, Nº 1417/20, Nº 1497/20, N 1590/20, N 1795/20, Nº 22/21, Nº 239/21, 309/21, N 451/21, N 479/21, N 508/21, N 715/21, N 900/21, N 1047/21 y los Decretos Nacionales N 260/20, N 297/20, N 325/20, N 355/20, N 408/
20, N 459/20, N 493/20, N 520/20, N 576/20, N 605/20, N 641/20, N 677/20 N 714/20, N 754/20, N 792/20 y Nº 814/20, N 875/
20, N 956/20, N 1033/20, N4/21, N 125/21, N 168/21, N 235/21, N 334/21; y CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Provincial N 468/20 el Poder Ejecutivo Provincial aprobó el PROTOCOLO DE CUARENTENA PARA LA
PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR, en virtud de la emergencia sanitaria dispuesta por el Decreto Provincial N 465/20, y las medidas dispuestas en el Decreto Provincial N 467/20.
Que en tal sentido, mediante la Resolución M.S. N 297/20, se aprobó la Reglamentación del Protocolo de Cuarentena, donde se incorporaron diferentes actividades exceptuadas de lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto Provincial N 468/20, cuyos alcances fueron ampliados por la Resolución M.S. N 299/20.
Que por su parte, el Poder Ejecutivo Nacional, mediante el Decreto Nacional de Necesidad y Urgencia N 297/20, estableció para todas las personas que habitan en el país o se encuentren en él en forma temporaria, la medida de aislamiento social, preventivo y obligatorio, la que rigió desde el 20 hasta el 31 de marzo inclusive del corriente año.
Que la Provincia adhirió a dicho DNU mediante el Decreto Provincial N 524/20.
Que luego se dictó el DNU N 325/20 de fecha 31 de marzo de 2020, por el cual se decretó la prórroga de la vigencia del Decreto N
297/20 adhiriendo la Provincia mediante Decreto Provincial N 536/20.
Que mediante DNU N 355/20, N 408, N 459/20 y N 493, a los cuales la Provincia Adhirió mediante Decretos Provinciales N 587, N 622, y N 645 se prorrogó la medida de Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio.
Que mediante DNU N 520/20, N 576/20 y N 605/20 a los cuales la Provincia adhirió mediante Decreto Provincial N 793/20, N 880/
20, N 1024/20 y N 163/20 se dispuso el inicio de la Fase de Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio y Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio para la Ciudad de Río Grande.
Que en virtud de las diferentes fases epidemiológicas por las que atravesó la Provincia durante el Aislamiento Social Preventivo y

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 22/5/2021

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

PaysArgentine

Date22/05/2021

Page count6

Edition count3738

Première édition02/01/2002

Dernière édition23/01/2024

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