Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 5/3/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

27

AÑO
Ushuaia, 05dede2021
Marzo de0000
2021
AÑO XXX
XXX - - Ushuaia, LunesViernes 04 de Enero - Nº
-

Nº27
4813

Por ello, EL CONSEJO SUPERIOR
DEL CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONÓMICAS DE TIERRA
DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR
RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar ad-referéndum de la próxima asamblea extraordinaria de matriculados, la Circular N 17 de Adopción de las Normas Internacionales de Información Financiera sobre Modificaciones a las Normas Internacionales de Información Financiera NIIF del Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad IASB Aprobadas por la Resolución Técnica N 26 y las Circulares de Adopción de las NIIF, de acuerdo al texto que se adjunta y forma parte integrante de la presente, como norma técnico-profesional de aplicación obligatoria en la jurisdicción, por los motivos expuestos en los considerandos.
Artículo 2º.- Hacer saber que la vigencia de las normas adoptadas es la establecida para cada caso en la norma.
Artículo 3. - Encomendar a la Presidencia del Consejo la realización de las gestiones necesarias para lograr que las normas sancionadas sean adoptadas por los organismos de control con jurisdicción sobre entes domiciliados en el ámbito de este Consejo.
Artículo 4: Comuníquese a los matriculados de este Consejo, a los Consejos Profesionales de Ciencias Económicas de todo el país, a la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, a los Colegios y asociaciones que agrupen graduados en Ciencias Económicas, a la Federación Argentina de Graduados en Ciencias Económicas, al Banco Central de la República Argentina, a la Superintendencia de Seguros de la Nación, al Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social, a la Administración Federal de Ingresos Públicos, a la Inspección General de Justicia de la Provincia y demás organismos de control con jurisdicción sobre entes domiciliados en el ámbito de este Consejo, a las Facultades de Ciencias Económicas de las Universidades situadas en la Provincia, a las cámaras empresarias, entidades financieras y otras instituciones vinculadas al quehacer económico.
Artículo 5: Publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia, regístrese y archívese.
Dr. Ricardo H. Chiarvetto Vicepresidente Dra. Paula Elstner Secretaria Dr. Roberto Pugnaloni Presidente RESOL. N 15

Rio Grande, 19 de febrero de 2021

VISTO
El Articulo 38 inc. m de la ley provincial N 191 que establece: corresponde al Consejo Profesional ejercer todas las otras funciones que tienden a jerarquizar, estimular y defender la profesión y amparar su dignidad, evitando que sea vulnerada tanto en lo colectivo como en lo individual
La resolución del Consejo Superior 71/20 con su correspondiente anexo sobre honorarios mínimos sugeridos.
La Resolución INDEC N 180 del 17 de noviembre de 2020, a través de la cual se resuelve la realización del Censo Nacional Económico en todo el territorio nacional a partir del 30 de noviembre de 2020 y durante los seis meses siguientes.
La Comunicación BCRA B Nº 12100, publicada el 4 de diciembre de 2020, que determina que se solicitará el Certificado Censal a partir del 1º de abril del 2021 para las personas jurídicas, del 1º de mayo de 2021 para las personas humanas responsables inscriptas, y del 1º de julio de 2021
para las personas humanas monotributistas. La exigencia de la documentación concluirá el 28 de febrero de 2022, CONSIDERANDO:
La necesidad planteada por parte de la matrícula por disponer de un marco normativo que asista al Profesional en Ciencias Económicas en la determinación de sus honorarios profesionales respecto a las tareas inherentes a su intervención profesional en el proceso del Censo Nacional Económico dispuesto por la Resolución INDEC N.º 180/2020.
Que nuestra institución, tiene por finalidad acompañar al matriculado en todas las instancias de su quehacer profesional en miras de la defensa y jerarquización de las profesiones en Ciencias Económicas, amparando la dignidad de cada uno de los profesionales que se encuentra matriculado, por tal motivo resulta necesario proceder a dictaminar respecto a la determinación de honorarios mínimos por las tareas inherentes a su labor, en marco del proceso del Censo Nacional Económico.
Que la escala sugerida de honorarios mínimos mencionada, es una herramienta útil para asistir y orientar al Profesional en Ciencias Económicas en la determinación de los mismos, tomando en cuenta su labor en función de la complejidad de la tarea alta, media o baja POR ELLO,

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 5/3/2021

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

PaysArgentine

Date05/03/2021

Page count146

Edition count3738

Première édition02/01/2002

Dernière édition23/01/2024

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