Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 25/3/2014
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego
2014 - AÑO DE HOMENAJE AL ALMIRANTE BROWN, EN EL BICENTENARIO DEL COMBATE NAVAL DE MONTEVIDEO
AÑO XXIII -
Ushuaia, Martes 25 de Marzo de 2014 - Nº 3290
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Nº 3290
AÑO XXIII
BOLETIN OFICIAL
Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
República Argentina PODER EJECUTIVO
María Fabiana RIOS
Gobernadora
Dn. Roberto Luis CROCIANELLI
Vicegobernador
Dr. Guillermo Horacio ARAMBURU
Ministro Jefe de Gabinete
Dr. Gustavo Alejandro ZANONE
Lic. Osvaldo Julio MONTI
Prof. Sandra Isabel MOLINA
Ministro de Gobierno, Justicia y Seguridad
Ministro de Economía
Ministro de Educación
Farm. Andrés Germán ARIAS
Abg. Gabriela Carolina MUÑIZ SICCARDI
Sr. Gerardo Raúl CHEKHERDEMIAN
Dra. Marisa Emilce MONTERO
Ministro de Salud
Ministro de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos
Ministro de Trabajo
Ministro de Desarrollo Social
Sra. Inés Carolina YUTROVIC
Ing. Ftal. Fabián Andrés BOYERAS
Sr. Omar Daniel NOGAR
Sra. Nélida BELOUS
Ministro de Industria e Innovación Productiva
Secretario de Desarrollo Sustentable y Ambiente
Secretario de Energía e Hidrocarburos
Secretario de Derechos Humanos
Sr. Gustavo Sergio LONGHI
Secretario de Representación Oficial del Gobierno en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
C.P. Abraham Darío FARIAS
Dra. Leila Eleonora GIADAS
Secretario General de Gobierno
Secretario Legal y Técnico
Ushuaia, Martes 25 de Marzo de 2014
10-03-14 de los jóvenes como un hecho fundamental para la vida en comunidad en general y para la gestión de VISTO Y CONSIDERANDO:
Que la Constitución Provincial, en gobierno en particular, siendo oporsu artículo 19, establece el derecho tuno por ello, generar un espacio de de los jóvenes a la promoción de su representación, participación y de desarrollo integral, por parte del toma de decisión llevado adelante Estado Provincial, siendo toda actipor los sectores jóvenes que son vidad laboral para el joven, de caparte de la Gestión de Gobierno Provincial.
rácter instructiva y capacitadora.
Que el censo de población 2010 da Que para garantizar la transversacuenta que los jóvenes representan lidad, integralidad e interdisciplinaal 35% de la población fueguina, es riedad en la formulación, ejecución decir que 45.053 personas tienen y evaluación de políticas públicas orientadas hacia los sectores jóveentre 15 y 34 años de edad.
Que resulta necesario el desarrollo nes desde una perspectiva generade políticas públicas orientadas al cional joven, debe existir un Órgasector de la juventud desde la persno Ejecutivo de representación y pectiva generacional de los jóvenes, participación joven.
a partir de una mirada y ejecución Que en tal sentido, se estima pertitransversal, interdisciplinaria e intenente proceder a la creación del gral, en especial, respecto de las referido Órgano Ejecutivo, bajo la temáticas de salud, educación y audenominación de Gabinete Joven, cuya función será la de ejecutar el tonomía social y económica.
Que se entiende a la participación Proyecto descripto en el Anexo I
DECRETO N 518
te Joven, como Órgano Ejecutivo de representación y participación de la juventud, bajo la dependecia directa de la suscripta. Ello, por los motivos expuestos en el exordio.
ARTÍCULO 2.- Establecer que el órgano creado en el artículo 1 tendrá la función de ejecutar el Proyecto descripto en el Anexo I del presente. Ello, conforme lo expuesto en los considerandos.
ARTÍCULO 3.- DESIGNAR
como Coordinadores del Gabinete Joven al Director Provincial de Juventud, señor Julián Ariel TRABA, D.N.I. N 28.364.927, a la Directora Provincial de Economía Social, señorita Nadia Belén FINK, D.N.I.
N 31.298.416 y a la Directora ProPor ello:
LA GOBERNADORA DE LA vincial de Políticas de Género, sePROVINCIA DE TIERRA DEL ñorita Agustina CARDOZO, D.N.I.
FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS N 34.005.028, todos dependientes del Ministerio de Desarrollo Social.
DEL ATLANTICO SUR
Ello, por lo expuesto en los consiDECRETA:
ARTÍCULO 1.- Crear el Gabinederandos.
del presente, bajo la dependencia directa de la suscripta.
Que asimismo resulta menester designar a los coordinadores de dicho órgano y, finalmente, convocar a todas los Ministerios, Secretarías de Estado y Entes Autárquicos, para integrar el referido órgano, a través de los representantes que a tales fines se designen, conforme el sistema de participación que surge del Anexo II.
Que la suscripta se encuentra facultada para dictar el presente acto administrativo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 135 de la Constitución Provincial, inciso 19.
"Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas"