Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 26/6/2013

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

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AÑO XXII -

ARTÍCULO 4º- De forma.
RIOS
Osvaldo J. MONTI
DECRETO Nº 1296

Ushuaia, Miércoles 26 de Junio de 2013 - Nº 3180

ciero en vigencia.
ARTÍCULO 4- De forma.
RIOS
Osvaldo J. MONTI

17-06-13

DECRETO Nº 1297 17-06-13
VISTO el Decreto Provincial N
2827/12, y;
VISTO el expediente N 3308-EC/
2012 del registro de esta GobernaCONSIDERANDO:
ción; y Que mediante el citado Decreto se aprobó la estructura política y orCONSIDERANDO:
gánica de la Secretaría de Derechos Que de acuerdo a lo establecido en Humanos.
la Ley Territorial N 343, Ley ProQue se ha evidenciado la necesivincial N 231 y en el Decreto Prodad de adecuar la estructura de esa vincial N 82/92 corresponde realiSecretaría, teniendo en cuenta crizar la liquidación mensual de la disterios racionales, homogéneos y de tribución de ingresos coparticipaeficiencia, dentro del marco de disbles.
crecionalidad legítima atribuida al Que se conocen las cifras definitiPoder Ejecutivo, guardando una vas de los ingresos coparticipables necesaria coherencia funcional encorrespondientes al mes de Notre las diversas áreas en las que se viembre de 2012.
divide esa cartera para el cumpliQue por Ley Provincial N 892, miento adecuado de las funciones promulgada el día 09 de Octubre de establecidas mediante la Ley Pro- 2012, se transforma a la entonces vincial N 859.
Comuna en Municipio de Tolhuin, Que en función de lo expuesto se por tal motivo se aplicó hasta la torna necesario, la modificación de Recaudación de Recursos Coparla actual estructura política, previenticipables del 09 de Octubre de 2012
do con ello la optimización del relos coeficientes vigentes a esa fecurso humano existente.
cha, y a partir de la Recaudación Que la suscripta se encuentra fade Recursos Coparticipables del 10
cultada para dictar el presente acto de Octubre de 2012, los nuevos administrativo en virtud de lo discoeficientes en virtud de la menciopuesto en el Artículo 135 de la Consnada ley.
titución Provincial.
Que en consecuencia, corresponde efectuar la liquidación definitiva Por ello:
de coparticipación a las MunicipaLA GOBERNADORA DE LA
lidades de Ushuaia, Río Grande y PROVINCIA DE TIERRA DEL Tolhuin de los fondos que deben ser FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS transferidos a los municipios, según DEL ATLÁNTICO SUR
lo pactado en el convenio registraDECRETA:
do bajo el N 1121, ratificado por Decreto Provincial N 3134/93, ARTÍCULO 1- SUSTITUIR a Resolución M.E. N 298/07, de los partir del día de la fecha el Anexo I Ingresos Coparticipables correspondel Decreto Provincial N 2827/12, dientes al mes de Noviembre de mediante el cual se aprobó la es- 2012.
tructura política de la Secretaría de Que en virtud de la Ley Provincial Derechos Humanos, la que quedaN 886, Artículo 3, en la que se rá conformada de acuerdo a lo esincorpora el inciso o al Artículo 12
tablecido en el Anexo I del presende la Ley Provincial N 22, correste. Ello conforme a los consideranponde detraer con carácter previo dos precedentes.
a la distribución de recursos de oriARTÍCULO 2- Facultar a la Segen Provincial en concepto de Incretaria de Derechos Humanos a gresos Brutos, el CUARENTA
efectuar las designaciones corresPOR CIENTO 40% de lo recaupondientes a la nueva estructura. dado en concepto de Impuestos Ello conforme lo expuesto en el sobre Ingresos Brutos, por la venta exordio.
de repuestos, neumáticos y acceARTÍCULO 3- Imputar el gasto sorios de todo tipo de automotores.
que demande el presente a las parQue, con carácter previo a la distida presupuestaria correspondientribución de la recaudación del Imte del Ejercicio Económico Finanpuesto sobre los Ingresos Brutos,
de fuente local y de Convenio Multilateral, corresponde detraer el DOS COMA TRES POR CIENTO 2,3% del total recaudado y rendido mensualmente por la Dirección General de Rentas de la Provincia, con destino a la conformación del Fondo Provincial de Ayuda a los Cuerpos Activos de las Asociaciones de Bomberos Voluntarios, según lo establecido en la Ley Provincial N 736, y su Decreto Reglamentario N 1271/07.
Que por Decreto Provincial N 636/
09, la Provincia se adhiere en todos sus términos a participar del FONDO FEDERAL SOLIDARIO dispuesto por el Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N 206/09, por tal motivo dicho fondo se incorpora en la liquidación del presente.
Que, con carácter previo a la distribución de la recaudación en concepto de Coparticipación Federal de Impuestos de origen Nacional, corresponde detraer del total recaudado, la suma de PESOS SETENTA Y CINCO MIL VEINTIDÓS
CON 68/100 $75.022,68.-, según lo informado por la Comisión Federal de Impuestos mediante Nota Nº 98/2012, en concepto de Fondo Nacional para Educación y Promoción Cooperativa creada mediante Ley Nacional N 23.247 y adherida por la Provincia mediante Ley Provincial N 727, en virtud del carácter específico de dicho fondo determinado mediante Acuerdo Plenario N
2183.
Que en relación a lo establecido mediante Resolución M.E. N 891/
11, corresponde detraer del total recaudado en concepto de Coparticipación Federal de Impuestos, una vez deducido el importe correspondiente al Fondo para la Educación y Promoción Cooperativa Ley Nacional N 23.247, el CERO
COMA CUARENTA Y CINCO
POR CIENTO 0,45% en concepto de Aporte al Consejo Federal de Inversiones.
Que en virtud de lo establecido en la cláusula Primera del Convenio N 15781 celebrado entre la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, y la Municipalidad de Ushuaia, la Municipalidad de Río Grande y la entonces Comuna de Tolhuin; y ratificado por Decreto Provincial N
941/12, los Gobiernos Locales acordaron contribuir en concepto de afectación previa por el sostenimiento de los órganos recaudado-

res una suma equivalente al 1,9%
calculado sobre el total de los Recursos Provinciales coparticipables incluidas las Regalías Hidrocarburíferas, en la proporción atinente a cada uno de ellos en virtud de la normativa vigente.
Que corresponde liquidar a la Municipalidad de Ushuaia la suma de PESOS TREINTA Y SIETE MILLONES TRESCIENTOS SESENTA MIL TRESCIENTOS
DIECIOCHO CON 91/100
$37.360.318,91.- y efectuada la deducción dispuesta por el Convenio N 15781, arroja un saldo neto de PESOS TREINTA Y SEIS MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y TRES MIL SETECIENTOS
TREINTA Y NUEVE CON 65/100
$36.563.739,65.-, a la Municipalidad de Río Grande la suma de PESOS CUARENTA MILLONES
OCHOCIENTOS SESENTA Y
TRES MIL CUARENTA Y TRES
CON 16/100 $40.863.043,16.- y efectuada la deducción dispuesta por el Convenio N 15781, arroja un saldo neto de PESOS TREINTA
Y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS MIL SETECIENTOS
DIEZ CON 34/100 $39.900.710,34.-
y a la Municipalidad de Tolhuin la suma de PESOS CUATRO MILLONES CIENTO CUARENTA
Y UN MIL CIENTO NOVENTA
Y NUEVE CON 37/100
$4.141.199,37.- y efectuada la deducción dispuesta por el Convenio N 15781, arroja un saldo neto de PESOS CUATRO MILLONES
SETENTA Y UN MIL CIEN CON
02/100 $4.071.100,02.-.
Que por Resolución M.E. N 298/
07 con fecha 28 de Febrero de 2007
se autorizó a la Contaduría General a realizar la distribución de los Ingresos Coparticipables y realizar las retenciones sobre los mismos.
Que por lo antes expuesto, la Tesorería General de la Provincia transfirió hasta el 14 de Diciembre de 2012 en concepto de recursos coparticipables del mes de Noviembre de 2012 a la Municipalidad de Ushuaia la suma de PESOS TREINTA MILLONES
SESENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS VEINTITRÉS CON
56/100 $ 30.068.223,56.- y, al I.P.A.U.S.S. la suma de PESOS
TRES MILLONES SEISCIENTOS SEIS MIL QUINIENTOS
VEINTICINCO CON 20/100
$3.606.525,20.- en concepto de aportes y contribuciones patronales

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 26/6/2013

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

PaysArgentine

Date26/06/2013

Page count56

Edition count3738

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Dernière édition23/01/2024

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