Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 15/7/2011
Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.
Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego
1991
- 2011.
Aniversario de 15
la de Jura de la AÑO
XX Vigésimo - Ushuaia, Viernes Julio deConstitución 2011 - NºProvincial 2888
1
Nº 2888
AÑO XX
BOLETIN OFICIAL
Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
República Argentina PODER EJECUTIVO
María Fabiana RIOS
Gobernadora
Dr.GuillermoHoracioARAMBURU
C.P. Hiram Christian Javier RUIZ
M.M.O.ManuelFernandoBENEGAS
Lic.AmandaRuthDELCORRO
MinistrodeGobierno,CoordinaciónGeneralyJusticia
Ministro de Economía
Ministro de Obras y Servicios Públicos
Ministro de Educación, Cultura, Ciencia yTecnología
Dra.MaríaHaydeeGRIECO
Sr.SergioDanielALVAREZ
Dr.MarceloOscarECHAZU
Prof.AndreaMaríaCERVANTES
Ministro de Salud
Ministro de Desarrollo Social
Ministro de Trabajo
Secretario de Derechos Humanos
Lic.SandraGracianaGARNICA
Secretario de Representación Oficial del Gobierno en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Lic.OsvaldoJulioMONTI
Dra.LeilaEleonoraGIADAS
Secretario General de Gobierno
Secretario Legal y Técnico
Sr.EduardoHumbertoDANDREA
Lic.ArielErnestoMARTINEZ
Secretario de Hidrocarburos
Secretario de Desarrollo Sustentable y Ambiente
Ushuaia, Viernes 15 de Julio de 2011
04-07-11 acuerdo homologadas e instrumentos legales pertinentes.
VISTO el expediente Nº 9940-EC/ Que la Dirección General de Habe2011 del registro de esta Gobernares procede a determinar el gasto en concepto de inciso 1, según Nota ción, y Nº 1912/11- D.G.H., a foja 2.
Que es pública y notoria la situaCONSIDERANDO:
Que mediante el citado expediente ción que atraviesa la Provincia, por se tramita el pago de los haberes, lo cual la Legislatura Provincial Asignaciones Familiares y Contriautorizó mediante la Ley Provinbuciones Patronales de los funciocial Nº 805, artículo Nº 26, al Ponarios y agentes de la administrader Ejecutivo a contraer préstamo ción central, correspondientes al de corto plazo con el Banco Provincia Tierra del Fuego, para atenmes de JUNIO de 2011.
Que la Dirección General de Habeder desequilibrios de caja.
res ha efectuado los cálculos coQue el pago de los salarios dentro rrespondientes, en base a la infordel plazo legal implica la utilizamación ingresada por la Dirección ción de fondos del Fondo UnificaGeneral de Recursos Humanos, con do de Cuentas Oficiales, importe relación a las Altas, Bajas y/o moque no ocasionará problemas de dificaciones de situación de revista funcionamiento a las distintas áreas de los agentes al cierre preestabley/o jurisdicciones, los cuales se repondrán con las recaudaciones de cido de cada mes.
Que el mismo incluye el pago de libre disponibilidad ingresadas inlos adicionales, guardias, horas exmediatamente luego del pago de la tras, establecidos mediante actas erogación de marras en función del DECRETO Nº 1581
horizonte financiero de ingresos normales.
Que la fecha de pago de los haberes estará sujeta al Cronograma de Pago según lo establezca el Ministerio de Economía.
Que la suscripta se encuentra facultada para dictar el presente acto administrativo en virtud de lo dispuesto en el artículo 135º de la Constitución Provincial.
Por ello:
LA GOBERNADORA DE LA
PROVINCIA DE TIERRA DEL
FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS
DEL ATLANTICO SUR
D E C R E T A:
ARTICULO 1º- AUTORIZAR Y
APROBAR la liquidación de Haberes y Contribuciones Patronales efectuada por la Dirección General de Haberes correspondiente al mes de JUNIO 2011, para los agentes y funcionarios de la administración
central, por un total de PESOS
CIENTO CUARENTA Y OCHO
MILLONES SETECIENTOS SESENTAY SIETE MIL QUINIENTOS CUARENTA Y CINCO
CON OCHENTA Y TRES CENTAVOS $ 148.767.545,83, según se discrimina en Anexo I.
ARTÍCULO 2º- AUTORIZAR a la Tesorería General de la Provincia a utilizar fondos del Fondo Unificado de Cuentas Oficiales, importe que no ocasionará problemas de funcionamiento a las distintas áreas y/o jurisdicciones, los cuales se repondrán con las recaudaciones de libre disponibilidad ingresadas inmediatamente luego del pago de la erogación de marras en función del horizonte financiero de ingresos normales correspondientes al mes en curso a los efectos de no afectar el normal funcionamiento administrativo financiero.
ARTÍCULO 3º- IMPUTAR las erogaciones del artículo 1º a las par-
"Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas"