Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 23/3/2011

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

AÑO XX en los considerandos.
ARTÍCULO 2- Autorizar la liquidación de viáticos al cincuenta por ciento 50% a favor de los agentes mencionados en el artículo 1. Ello por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTÍCULO 3- El gasto que demande el cumplimiento del presente, deberá ser imputado a la U.G.G.
8317 - Incisos 371/372 del ejercicio económico y financiero en vigencia.
ARTICULO 4- Notificar a los interesados, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
RIOS
Sergio D. ALVAREZ
DECRETO N 702

16-03-11

VISTO el Expediente N 1970MD/11 del registro de esta Gobernación; y CONSIDERANDO:
Que mediante Nota N 501/11 el señor Ministro de Desarrollo Social, solicita le sea delegada la competencia para el otorgamiento del beneficio de subsidios a las familias sustitutas.
Que el Programa Familias Sustitutas fue aprobado mediante Decreto Provincial N 2864/10.
Que dicho requerimiento se fundamenta en facilitar una inmediata respuesta a las problemáticas que ameriten ser resueltas con carácter de urgente, evitando demoras innecesarias.
Que por lo expuesto resulta apropiado facultar al señor Ministro de Desarrollo Social para que autorice gastos que deriven en el otorgamiento de subsidios, de acuerdo a lo aprobado en el Decreto Provincial ut supra mencionado.
Que la suscripta se encuentra facultada para dictar el presente acto administrativo en virtud de lo dispuesto en el artículo 135 de la Constitución Provincial.
Por ello:
LA GOBERNADORA DE LA
PROVINCIA DE TIERRA DEL
FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS
DEL ATLÁNTICO SUR
D E C R E TA:
ARTICULO 1- Delegar en el titular del Ministerio de Desarrollo Social, la competencia para otorgar subsidios a las familias sustitu-

Ushuaia, Miércoles 23 de Marzo de 2011 - Nº 2840

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tas, de acuerdo a lo aprobado mediante Decreto Provincial N 2864/
10. Ello por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTICULO 2- De forma.

te acto administrativo, en virtud de Que conforme lo estipula la cláulo dispuesto por el artículo 135 sula segunda del mismo, corresde la Constitución Provincial.
ponde destinar la donación al servicio y uso de la Secretaría de HiPor ello:
drocarburos.
LA GOBERNADORA DE LA
Que la suscripta se encuentra faRIOS PROVINCIA DE TIERRA DEL cultada para dictar el presente acto Sergio D. ALVAREZ FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS administrativo en virtud de lo disDEL ATLÁNTICO SUR
puesto por el artículo 135 de la DECRETO N 703
16-03-11
D E C R ETA:
Constitución Provincial.
ARTÍCULO 1- NO HACER
LUGAR a la solicitud de Pensión por Discapacidad interpuesta por el señor José Domingo QUEZADA, DNI N 10.595.334. Ello conforme lo expuesto en los considerandos y en el Dictamen D.A.J.
MDS N 33/11.
ARTÍCULO 2- Notificar a la interesada con copia autenticada del presente y del Dictamen D.A.J.
MDS N 33/11, haciéndole saber que podrá interponer Recurso de Reconsideración en un plazo de diez 10 días hábiles de notificado el presente de acuerdo a lo establecido en el artículo 127 de la Ley Provincial N 141.
ARTÍCULO 3- De forma.

ARTÍCULO 1- Ratificar en todos sus términos el Sexto Protocolo Adicional N 14436 del Convenio Marco N 7444, ratificado por Decreto Provincial N 746/03, suscripto entre la Secretaría de Empleo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, representada por su titular, Lic. Enrique DEIBE, y la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, representada por el entonces Ministro de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, Prof. Julio Javier FOURASTIE;
cuya copia autenticada forma parte integrante del presente.
ARTÍCULO 2- Remitir copia del presente y del Sexto Protocolo Adicional N 14436 a la LegislatuRIOS ra Provincial, a los fines previstos Sergio D. ALVAREZ por los artículos 105 inciso 7 y 135 inciso 1 de la Constitución DECRETO N 704
16-03-11 Provincial.
ARTÍCULO 3- De forma.
VISTO el expediente N 003029/
2.003 del registro de esta GoberRIOS
nación; y Amanda R. DEL CORRO
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita el Sexto Protocolo Adicional N
14436 del Convenio Marco N
7444, ratificado por Decreto Provincial N 746/03, suscripto entre la Secretaría de Empleo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, representada por su titular, Lic. Enrique DEIBE, y la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, representada por el entonces Ministro de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, Prof. Julio Javier FOURASTIE.
Que en el citado Protocolo Adicional se procede a incorporar y promover la certificación de Estudios Formales de trabajadores desocupados.
Que resulta procedente su ratificación y posterior intervención de la Legislatura Provincial.
Que la suscripta se encuentra facultada para el dictado del presen-

DECRETO N 705

Por ello:
LA GOBERNADORA DE LA
PROVINCIA DE TIERRA DEL
FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS
DEL ATLÁNTICO SUR
D E C R E TA:
ARTICULO 1- Ratificar en todos sus términos el convenio de donación registrado bajo el N
15044 suscripto entre la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, representada por la suscripta y la firma TOTAL AUSTRAL S.A. representada por el Señor Raúl Ramón Montenegro, de fecha 15 de Febrero de 2011, cuya copia autenticada forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 2- Se agradece a la forma TOTALAUSTRAL S.A. su donación a la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del atlántico Sur.
ARTICULO 3- De forma.
RIOS
Guillermo H. ARAMBURU

16-03-11 DECRETO N 706

16-03-11

VISTO el expediente N 20375- VISTO, el expediente N 2242SH/10 del registro de esta GoberSD/2010 del registro de esta Gonación; y bernación; y CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se tramita el convenio de donación de cuatro Camionetas Marca Nissan y una Ambulancia Marca Mercedes Benz, suscripto el 15 de febrero de 2011 entre la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y la Firma TOTAL
AUSTRAL S.A., representada por Señor Raúl Ramón Montenegro.
Que el citado se encuentra registrado bajo el N 15044, siendo procedente su ratificación.
Que todos los gastos que deriven de la donación quedarán a cargo de la Provincia y serán afrontados con la Unidad de Gestión de Gasto N
8850 y la Unidad de Gestión de Crédito N 600.

CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se tramitan las actuaciones relativas a la implementación de la Ley Nacional N 26.331 de presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos.
Que, en el marco de la citada norma, la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación realizó un llamado a presentar proyectos para el Programa Experimental de Manejo y Conservación de los Bosques Nativos instituido por resolución N 256/09 de dicha Secretaría.
Que la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur presentó nueve proyectos en esta convocatoria, todos los cuales

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 23/3/2011

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

PaysArgentine

Date23/03/2011

Page count43

Edition count3738

Première édition02/01/2002

Dernière édition23/01/2024

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