Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 26/3/2010

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

AÑO XIX a la Legislatura Provincial conforme a lo estipulado en los artículos 105 inciso 7 y 135 inciso 1 de la Constitución Provincial.
ARTÍCULO 3.- De forma.
RIOS
Manuel F. BENEGAS
DECRETO N 678

17-03-10

VISTO el Expediente N 2246 SD/10 del Registro de esta Gobernación; y CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramitan las actuaciones relativas a la implementación de la Ley Nacional N 26.331 de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos.
Que en el marco de la citada norma, la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación realizó un llamado a presentar proyectos para el Programa Experimental de Manejo y Conservación de los Bosques Nativos instituido por Resolución N 256/09
de dicha Secretaría fojas 2/15.
Que la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur presentó nueve proyectos en este llamado, todos los cuales fueron aprobados por la autoridad nacional.
Que para la implementación de cada uno de esos proyectos se suscribió un Convenio entre la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación y la Secretaría de Desarrollo Sustentable y Ambiente de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.
Que el presente proyecto tiene por objeto la restauración de bosques de lenga afectados por incendios forestales en Tierra del Fuego.
Que el mencionado acuerdo está registrado bajo el N 14306, siendo procedente su ratificación.
Que la suscripta se encuentra facultada para el dictado del presente acto administrativo en virtud de lo establecido en el Artículo 135
de la Constitución Provincial.
Por ello:
LA GOBERNADORA DE LA
PROVINCIA DE TIERRA DEL
FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS
DEL ATLÁNTICO SUR
DECRETA:

Ushuaia, Viernes 26 de Marzo de 2010 - Nº 2698

ARTÍCULO 1.- Ratificar en todas sus cláusulas el Convenio registrado bajo el N 14306, suscripto el día 14 de Diciembre de 2009
por la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación representada por el Dr.
Homero Máximo BIBILONI y la Secretaría de Desarrollo Sustentable y Ambiente de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, representada por el Dr. Nicolás Juan LUCAS, cuya copia autenticada forma parte del presente. Ello por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTÍCULO 2.- Remitir el presente a la Legislatura Provincial conforme a lo estipulado en los artículos 105 inciso 7 y 135 inciso 1 de la Constitución Provincial.
ARTÍCULO 3.- De forma.

Que el presente proyecto tiene por objeto la aplicación de tratamientos silvícolas intermedios y cosecha de semillas en un bosque de lenga puro, dirigidos a la recuperación y enriquecimiento del bosque nativo.
Que el mencionado acuerdo está registrado bajo el N 14309, siendo procedente su ratificación.
Que la suscripta se encuentra facultada para el dictado del presente acto administrativo en virtud de lo establecido en el Artículo 135
de la Constitución Provincial.
Por ello:
LA GOBERNADORA DE LA
PROVINCIA DE TIERRA DEL
FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS
DEL ATLÁNTICO SUR
DECRETA:

ARTÍCULO 1.- Ratificar en toRIOS das sus cláusulas el Convenio reManuel F. BENEGAS gistrado bajo el N 14309, suscripto el día 14 de Diciembre de 2009, DECRETO N 679
17-03-10 por la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la JefaVISTO el Expediente N 2245 - tura de Gabinete de Ministros de SD/10 del Registro de esta Goberla Nación representada por el Dr.
Homero Máximo BIBILONI y la nación; y Secretaría de Desarrollo Sustentable y Ambiente de la Provincia de CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se tramiTierra del Fuego, Antártida e Islas tan las actuaciones relativas a la imdel Atlántico Sur representada por plementación de la Ley Nacional el Dr. Nicolás Juan LUCAS, cuya N 26.331 de Presupuestos Mínicopia autenticada forma parte del mos de Protección Ambiental de presente. Ello por los motivos expuestos en los considerandos.
los Bosques Nativos.
Que en el marco de la citada norARTÍCULO 2.- Remitir el prema, la Secretaría de Ambiente y sente a la Legislatura Provincial Desarrollo Sustentable de la Naconforme a lo estipulado en los arción realizó un llamado a presentar tículos 105 inciso 7 y 135 inciproyectos para el Programa Expeso 1 de la Constitución Provincial.
ARTÍCULO 3.- De forma.
rimental de Manejo y Conservación de los Bosques Nativos instiRIOS
tuido por Resolución N 256/09
Manuel F. BENEGAS
de dicha Secretaría fojas 2/15.
Que la Provincia de Tierra del FueDECRETO N 680
17-03-10
go, Antártida e Islas del Atlántico Sur presentó nueve proyectos en VISTO el Expediente N 2244 este llamado, todos los cuales fueSD/10 del Registro de esta Goberron aprobados por la autoridad nación; y nacional.
Que para la implementación de CONSIDERANDO:
cada uno de esos proyectos se susQue mediante el mismo se tramicribió un Convenio entre la Secretan las actuaciones relativas a la imtaría de Ambiente y Desarrollo plementación de la Ley Nacional Sustentable de la Jefatura de GabiN 26.331 de Presupuestos Míninete de Ministros de la Nación y la mos de Protección Ambiental de Secretaría de Desarrollo Sustentalos Bosques Nativos.
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ción realizó un llamado a presentar proyectos para el Programa Experimental de Manejo y Conservación de los Bosques Nativos instituido por Resolución N 256/09
de dicha Secretaría fojas 2/15.
Que la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur presentó nueve proyectos en este llamado, todos los cuales fueron aprobados por la autoridad nacional.
Que para la implementación de cada uno de esos proyectos se suscribió un Convenio entre la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación y la Secretaría de Desarrollo Sustentable y Ambiente de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.
Que el presente proyecto tiene por objeto el establecimiento de un área piloto demostrativa para la restauración de bosque nativo degradado por la presencia de la especie exótica Castor canadensis.
Que el mencionado acuerdo está registrado bajo el N 14304, siendo procedente su ratificación.
Que la suscripta se encuentra facultada para el dictado del presente acto administrativo en virtud de lo establecido en el Artículo 135
de la Constitución Provincial.
Por ello:
LA GOBERNADORA DE LA
PROVINCIA DE TIERRA DEL
FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS
DEL ATLÁNTICO SUR
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Ratificar en todas sus cláusulas el Convenio registrado bajo el N 14304, suscripto el día 28 de Diciembre de 2009, por la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación representada por el Dr.
Homero Máximo BIBILONI y la Secretaría de Desarrollo Sustentable y Ambiente de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, representada por el Dr. Nicolás Juan LUCAS, cuya copia autenticada forma parte del presente. Ello por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTÍCULO 2.- Remitir el presente a la Legislatura Provincial conforme a lo estipulado en los artículos 105 inciso 7 y 135 inciso 1 de la Constitución Provincial.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 26/3/2010

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

PaysArgentine

Date26/03/2010

Page count28

Edition count3738

Première édition02/01/2002

Dernière édition23/01/2024

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