Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 13/7/2009

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

4

AÑO XVIII -

funcionarios de otras reparticiones no mencionados en el artículo 3, de la presente y podrán adecuar el cronograma a la marcha de los trabajos, garantizando su finalización oportuna.
ARTICULO 5- De forma.
CROCIANELLI
RESOL. N 224

25-04-09

VISTO el Decreto Provincial N
737/09 y las medidas de acción directa realizadas por los agentes de la administración; y CONSIDERANDO:
Que es de vital importancia garantizar el pago de los haberes del personal de la Administración Central por su carácter alimentario.
Que mediante el artículo 5 del Decreto Provincial N 737/09 se autoriza a las autoridades competentes, toda vez que resulte necesario, a proceder a realizar la liquidación de haberes con aplicación del listado de las respectivas novedades que resulten pertinentes y con cuya información se cuente, debiendo el Ministerio de Economía prever y dictar las disposiciones complementarias que resulten necesarias. La liquidación de haberes realizada por la presente quedará sujeta a verificación y/o ajuste posterior.
Que los suscriptos se encuentran facultados para el dictado del presente acto administrativo, en virtud de lo establecido en la Ley Provincial N 752
Por ello:
EL MINISTRO DE ECONOMIA
YEL SECRETARIO GENERAL
DE GOBIERNO
RESUELVEN:
ARTICULO 1- Instruir al Sr. Secretario de Informática y Comunicaciones a realizar la liquidación de haberes sujeta a verificación y/o ajuste posterior en un todo de acuerdo con el Artículo 5 del Decreto Provincial N 737/09
ARTICULO 2- Notificar al interesado, comunicar a quienes corresponda, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
CROCIANELLI
LEON
RESOL. N 225

27-04-09

Ushuaia, Lunes 13 de Julio de 2009 - Nº 2594

ARTICULO 1- Dejar sin efecto la designación efectuada mediante Resolución M.E. N 51/08,Anexo I, en el cargo de Subdirectora General de Presupuesto, dependiente del Ministerio de Economía, a favor de la agente Jenney Louven EVANS, legajo N 14337502/00, a partir del día VEINTISIETE 27
de abril de 2009, por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTICULO 2- Notificar a la interesada, comunicar a quienes corresponda, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.

53500022/95, denominada Incentivo Docente, del Banco de la Nación Argentina, sucursal Ushuaia a la agente Nuñez, Yanina Vanesa, D.N.I 30.722.582.
ARTICULO 2- Notificar a quien corresponda, comunicar al Banco de la Nación Argentina, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
CROCIANELLI
RESOL. N 228

04-05-09

ARTÍCULO 1- Habilitar como CROCIANELLI firmante de la cuenta corriente N
2731/81 del Banco de la Nación RESOL. N 226
27-04-09 Argentina, sucursal Plaza de Mayo a la agente Nuñez, Yanina Vanesa, ARTICULO 1- Crear en el ámbiD.N.I: 30.722.582.
to del Ministerio de Economía de ARTICULO 2- Notificar a quien la Provincia el COMITÉ DE GEScorresponda, comunicar al Banco TIÓN PARA LA CONSTRUCde la Nación Argentina, dar al BoCIÓN DEL COMPLEJO PORletín Oficial de la Provincia y arTUARIO USHUAIA, con dedicachivar.
ción exclusiva y excluyente a la gestión y diligenciamiento del proCROCIANELLI
yecto de infraestructura que se tramitará por expediente de este MiRESOL. N 229
04-05-09
nisterio.
ARTÍCULO 2- El COMITÉ DE ARTICULO 1- Aprobar el gasto GESTIÓN PARA LA CONSen concepto de pago de las ayudas TRUCCION DEL COMPLEJO económicas, correspondiente al PORTUARIO USHUAIA estará mes de Abril de 2009, del Prograencabezado por el Ministro de ma de Entrenamiento Laboral Economía, asistido por un SecreP.E.L. por la suma de PESOS
tario Ejecutivo.
QUINIENTOS OCHENTA Y
ARTÍCULO 3- Designar como NUEVE MIL CUATROCIENSecretario Ejecutivo del COMITÉ TOS $ 589.400,00, por los motiDE GESTIÓN PARA LA CONSvos expuestos en los consideranTRUCCIÓN DEL COMPLEJO dos.
PORTUARIO USHUAIA, al Sr. ARTICULO 2- Autorizar a la José Salvador DE GAETANO Tesorería General de la GobernaD.N.I. N 10.967.515.
ción a efectuar el libramiento de la ARTICULO 4- El comité enuncuenta única del Tesoro Provincial ciado precedentemente tendrá un Cta. 1710587/9 del Banco Provinplazo de funcionamiento equivacia de Tierra del Fuego, por el monlente al plazo que demande la puesto indicado en el Artículo 1 del ta en marcha del proyecto enunpresente instrumento legal.
ciado en el exordio.
ARTICULO 3- Imputar a la parARTICULO 5- Dentro de los 15 tida presupuestaria UGG 8801, días subsiguientes a la conformaInciso 514, Transferencias del ejerción del Comité de Gestión para la cicio económico financiero en viConstrucción del Complejo Porgencia.
tuario Ushuaia se deberá aprobar ARTICULO 4- De forma.
el reglamento de su funcionamiento.
CROCIANELLI
ARTICULO 6- De forma.
RESOL. N 230
06-05-09
CROCIANELLI
VISTO la Resolución M.E. N 298/
RESOL. N 227
04-05-09 07 y el artículo N 20 de la Ley Provincial N 723; y ARTÍCULO 1- Habilitar como firmante de la cuenta corriente N CONSIDERANDO:

Que por dicha resolución se aprobó la definición de los circuitos administrativos y contables involucrados en el procedimiento de Coparticipación a los Municipios y Comuna.
Que en el mencionado circuito, según apartado C del Anexo I, se estableció que fuera la Tesorería quien transfiriera a cada Municipio y Comuna los montos netos coparticipables.
Que la Ley Provincial N 723 de Presupuesto General de la Provincia estableció en su "Artículo 20.la Liquidación de los fondos en concepto de Coparticipación de Recursos a las Municipalidades cuyo cálculo se incluye en planilla anexa, será efectuada de acuerdo al régimen legal vigente desde la Contaduría General y por los montos percibidos netos de retenciones, deduciéndose en forma proporcional, con carácter previo a su distribución, los gastos mensuales de la reparticiones que intervienen directamente en las recaudaciones de recursos coparticipables, a los efectos de hacer pesar sobro todas las partes interesadas el costo que irroga las recaudación de estos recursos.
Mismo procedimiento será aplicable para las retenciones a que se refiere el artículo 40 de la Ley Provincial N 534"
Que atento la necesidad de agilizar la transferencia a los Municipios y Comuna, de los montos coparticipables, se considera procedente establecer su transferencia automática a través del Banco Provincia de Tierra del Fuego.
Que asimismo la transferencia diaria por el Banco Provincia de Tierra del Fuego no debe superar el 50% cincuenta por ciento de los montos brutos coparticipables, a los fines de efectuar sobre el restante 50% cincuenta por ciento las retenciones y deducciones a practicar.
Que en consecuencia corresponde adecuar el procedimientoAdministrativo y contable de distribución de los recursos coparticipables de acuerdo al régimen legal vigente y los objetivos planteados.
Que resulta necesario modificar la resolución enunciada en el visto.
Que el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente acto administrativo en virtud de lo establecido en las Leyes Provinciales N 616, artículo 10 y la Ley

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 13/7/2009

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

PaysArgentine

Date13/07/2009

Page count32

Edition count3738

Première édition02/01/2002

Dernière édition23/01/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Julio 2009>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
262728293031