Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 3/7/2009

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

AÑO XVIII Que la Ley 723 en el artículo 15º expresa: Facúltase al Poder Ejecutivo Provincial a producir reestructuraciones orgánicas de sus jurisdicciones y programas, así como a transferir, transformar y/o suprimir cargos de la planta de personal aprobada por la presente ley, con la única limitación de no incrementar el número total de cargos ni aumentar los créditos del inciso Personal Que la reconducción presupuestaria normada por Ley 495, artículo 27º, no explicita acciones a tomar en cuanto a la planta de personal, como sí lo hace con los gastos y los recursos.
Que la transferencia se basa en las necesidades funcionales impostergables que cita dicho Poder.
Que la apertura de los Juzgados de Familia y Minoridad se han realizado utilizando vacantes que dicho Poder tenía previstas para otros cargos.
Que la solicitud original es para contemplar la transferencia de 20
VEINTE vacantes, siendo materialmente en esta primera instancia posible transferir 5 CINCO, para no entorpecer el normal funcionamiento de ninguno de los dos Poderes.
Que la transferencia de las vacantes entre estas Jurisdicciones no altera el total de cargos aprobados para la Administración Central, como tampoco implica una ampliación en los créditos presupuestarios destinados a atender Gastos en Personal.
Que la suscripta se encuentra facultada para dictar el presente acto administrativo, acorde a lo previsto en el artículo 135 de la Constitución Provincial.
Por ello:
LA GOBERNADORA DE LA
PROVINCIA DE TIERRA DEL
FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS
DEL ATLANTICO DEL SUR
D E C R E TA:
ARTICULO 1º- Modificar la distribución de la vacantes para la Administración Central en virtud de la transferencia de 5 CINCO cargos al Poder Judicial desde el Poder Ejecutivo, la que quedará conformada de acuerdo al Anexo I que forma parte del presente.
ARTICULO 2º- Notificar al Poder Legislativo de la Provincia del presente.

Ushuaia, Viernes 03 de Julio de 2009 - Nº 2590

ARTICULO 3º- De forma.

LA GOBERNADORA DE LA
PROVINCIA DE TIERRA DEL
RIOS FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS
Guillermo H. ARAMBURU
DEL ATLANTICO SUR
D E C R ETA:
DECRETO Nº 1201 26-06-09
ARTICULO 1º- Conferir Poder ARTICULO 1º- Autorizar la CoGeneral Judicial a favor de la Dra.
misión de Servicio a favor de Sr. María Laura ALFARO ARANJefe de Unidad de Gestión de SaGUIZ, DNI Nº 28.008.504, para lud y Desarrollo Social, Dr. Marque, actuando en forma individual, tín URTASUN, para trasladarse a separada, conjunta, indistinta o alla ciudad de Ushuaia, en el período ternativa y en nombre y represencomprendido entre los días 29 de tación de la Provincia de Tierra del junio y 09 de julio de 2009. Ello Fuego, Antártida e Islas del Atlánpor los motivos expuestos en los tico Sur, la represente en todos los considerandos.
asuntos judiciales de competencia ARTICULO 2º- Autorizar la exdel Poder Ejecutivo Provincial.
tensión de una orden de pasaje por ARTICULO 2º- Notificar a la inlos tramos BUENOS AIRESteresada, dar al Boletín Oficial de USHUAIA-BUENOS AIRES, la Provincia y archivar.
como así también la liquidación de cinco 5 días de viáticos, a favor RIOS
del funcionario citado precedenteDaniel R. LEPEZ MACIAS
mente.
ARTICULO 3º- El gasto que deDECRETO Nº 1203 29-06-09
mande el cumplimiento del presente será imputado a la UGG 8100, VISTO el expediente Nº 6790 SG /
inciso 3 del ejercicio económico y 2009 del Registro de la Gobernafinanciero en vigencia.
ción; y ARTICULO 4º- De forma.
CONSIDERANDO:
RIOS Que mediante el mismo tramita Daniel R. LEPEZ MACIAS Nota F.E. Nº 325/09 obrante a fs. 2
y vta., a través de la cual, el Sr.
DECRETO Nº 1202 29-06-09 Fiscal de Estado se refirió a la situación de la Provincia en su carácVISTO: el artículo 135 de la Conster de demandada en el marco de titución Provincial, y;
los autos judiciales caratulados CIFALA LETTERIO C/GOCONSIDERANDO:
BIERNO DE LA PROVINCIA
Que, por el artículo citado en el DE TIERRA DEL FUEGO Y
visto, el Gobernador, titular del OTROS S/DESALOJO Expte.
Poder Ejecutivo Provincial, es Nº 12.730, en trámite por ante el quien ejerce la representación legal Juzgado de Primera Instancia en lo de la Provincia.
Civil y Comercial, Distrito JudiQue, el Poder Ejecutivo Provincial cial Norte, relativas al desalojo del resulta parte demandada en accioinmueble sito en calle 9 de julio Nº nes judiciales en curso en los tribu- 837 de la ciudad de Río Grande.
nales provinciales.
En tal sentido, el Sr. Fiscal de EstaQue, con el objeto de atender con do señala que conforme la inforpremura y diligencia las cuestiomación proporcionada por el Mines judiciales que puedan invonisterio de Economía a través de lucrar a la Provincia, resulta neNota M.E. Nº 127/09 y Ministecesario otorgar Poder General rio de Desarrollo Social mediante Judicial a favor de la Sra. SubseNota M.D.S. Nº 1987/09, enconcretaria Legal y Técnica, Dra. trándose vencido el plazo de locaMaría Laura ALFARO ARANción convenido, no cabe oponer GUIZ.
defensa jurídica alguna, en cuyo Que, la suscripta se encuentra facaso, indicaba que resulta convecultada para dictar el presente acto niente allanarse a la pretensión del administrativo en virtud de lo disactor, a cuyo fin solicitaba se expuesto por el artículo 135º de la tienda la correspondiente autorizaConstitución Provincial.
ción.
Que si bien el Gobernador es el rePor ello:
presentante legal de la Provincia
3

conforme lo previsto en el artículo 135º, inciso 1 de la Constitución Provincial, el Fiscal de Estado interviene en todos los juicios contenciosos administrativos y en todos aquellos otros en que se afecten directa o indirectamente los intereses provinciales como su representante judicial, conforme artículo 167º de la Constitución Provincial y Ley provincial N 3.
Que esta amplia representación judicial no comprende la de allanarse, transigir o consentir actuaciones judiciales, por lo que en caso que sea necesario proceder al allanamiento, el Fiscal de Estado debe contar con la autorización pertinente para ello por parte de la Sra. Gobernadora.
Que, la presentación realizada se enmarca en lo dispuesto en el artículo 7, inciso k de la Ley provincial Nº 3, aconsejándolo así las condiciones fácticas y las posibilidades jurídicas del caso.
Que ha tomado intervención la Secretaría Legal y Técnica emitiendo el Dictamen S.L. y T. Nº 276/09.
Que la suscripta se encuentra facultada para el dictado del presente acto administrativo en virtud de lo dispuesto en el artículo 135 de la Constitución Provincial.
Por ello:
LA GOBERNADORA DE LA
PROVINCIA DE TIERRA DEL
FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS
DEL ATLANTICO SUR
D E C R E TA:
ARTICULO 1º- Autorizar al Fiscal de Estado de la Provincia, Dr.
Virgilio MARTINEZ DE SUCRE, y/o a quien lo sustituya, a allanarse en los autos caratulados CIFALA LETTERIO C/GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO Y OTROS S/
DESALOJO Expte. Nº 12.730, en trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial, Distrito Judicial Norte, todo ello en virtud de lo dispuesto en el artículo 7º, inciso k de la Ley provincial Nº 3, los considerandos que anteceden y Dictamen S.L. y T. Nº 276/09 que forma parte integrante del presente.
ARTICULO 2º- De forma.
RIOS
Daniel R. LEPEZ MACIAS
DECRETO Nº 1204

29-06-09

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 3/7/2009

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

PaysArgentine

Date03/07/2009

Page count40

Edition count3738

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Dernière édition23/01/2024

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