Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 23/11/2007

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

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AÑO XVI -

ARTÍCULO 3- Registrar el gasto a la partida presupuestaria N 1.1.1.
03.91.009.001, del ejercicio económico y financiero en vigencia.
ARTÍCULO 4- De forma.
VALLEJOS
RESOL.Nº 1127

08-10-07

ARTÍCULO 1- Autorizar un Fondo Permanente Sin Reposición, por la suma de PESOS CIEN
MIL $ 100.000.- a favor de la Subsecretaría de Deportes y Juventud, para atender los gastos que se generen durante el traslado de las delegaciones deportivas a la provincia de La Pampa, en el marco de la "XVI Edición de los Juegos Binacionales de la Araucana"
y todo tipo de gasto imprevisto que sea necesario cubrir durante el desarrollo de los mismos, a realizarse en la provincia de La Pampa entre los días cuatro 4 y hasta el día once 11 de noviembre del 2007; por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTÍCULO 2- Designar como responsables del Fondo Permanente Sin Reposición, mencionado en el articulado que antecede, al Subsecretario de Deportes y Juventud, Prof. Luis VÁZQUEZ legajo N 16785383/00, agente Ricardo Roberto LUNA, categoría 23 P.A. y T, legajo N 17271628/00 y agente Sergio Raúl CHACON, 22 P. A. y T., legajo N 23258923/00.
ARTÍCULO 3- Depositar la suma de PESOS CIEN MIL $
100.000.- en la Cuenta Corriente N 1710627/8 denominada "Fondo Permanente Gastos Generales Subsecretaría de Deportes y Juventud".
ARTÍCULO 4- La rendición de dicho Fondo deberá efectuarse dentro de los treinta 30 días de culminación del evento, ante la Contaduría General.
ARTÍCULO 5- El gasto que demande el cumplimiento de la presente será imputado a las partidas presupuestarias correspondientes del ejercicio económico financiero en vigencia.
ARTICULO 6- De forma.
VALLEJOS
RESOL. Nº1128

08-10-07

ARTÍCULO 1- Autorizar un Fondo Permanente Sin Reposi-

Ushuaia, Viernes 23 de Noviembre de 2007 - Nº 2360

ción, por la suma de PESOS CIENTO VEINTIDÓS MIL $
122.000.- a favor de la Subsecretaría de Deportes y Juventud, para atender los gastos que se generen durante el traslado de las delegaciones deportivas que representarán a nuestra Provincia en los "Juegos Nacionales Evita 2007" y todo tipo de gasto imprevisto que sea necesario cubrir durante el desarrollo de los mismos, a realizarse en la ciudad de Mar del Plata, Provincia de Buenos Aires entre los días diecisiete 17 y hasta el día veintidós 22 de octubre del 2007.
ARTÍCULO 2- Designar como responsable del Fondo Permanente Sin Reposición, mencionado en el articulado que antecede, al Subsecretario de Deportes y Juventud, Prof. Luis VÁZQUEZ legajo N 16785383/00, agente Ricardo Roberto LUNA, categoría 23 P.A.
y T, legajo N 17271628/00 y agente Sergio Raúl CHACON, 22 P.
A. y T., legajo N 23258923/00.
ARTÍCULO 3- Depositar la suma de PESOS CIENTO VEINTIDÓS MIL $ 122.000.- EN LA
Cuenta Corriente N 1710627/8
denominada "Fondo Permanente Gastos Generales Subsecretaría de Deportes y Juventud".
ARTÍCULO 4- La rendición de dicho Fondo deberá efectuarse dentro de los treinta 30 días de culminación del evento, ante la Contaduría General.
ARTÍCULO 5- El gasto que demande el cumplimiento de la presente será imputado a las partidas presupuestarias correspondientes del ejercicio económico financiero en vigencia.
ARTICULO 6- De forma.
VALLEJOS
RESOL. Nº 1129

08-10-07

ARTICULO 1- Modificar el Artículo 4 de la Resolución M.E.H.y F. N 664/05 el que quedará redactado de la siguiente manera: "ARTICULO 4- Designar responsables para la administración y rendición del Fondo Permanente denominado "Gastos Generales M.D.S. , cuenta N
1710562/6 del Banco de la Provincia de Tierra del Fuego, Sucursal Ushuaia, a los agentes dependientes de la Secretaría de Desarrollo Social: Sonia Ester VERA, DNI Nº 13.954.174; Edita
ALVARADO SANCHEZ, DNI Nº 13.013.090; Elsa Mabel CASAL, DNI N 14.827.797 y Rodrigo ARTETA IRIONDO, DNI N
29.652.352".
ARTICULO 2- Reconocer como responsable para la administración y rendición de dicho fondo al agente RodrigoARTETAIRIONDO, DNI
29.652.352 y dar de baja al agente Fernando PEREZ OYARZO, DNI
N 26.509.092, ambos a partir del día 08 de Junio de 2007.
ARTICULO 3- De forma.
VALLEJOS
RESOL.Nº 1130

08-10-07

ARTICULO 1- Modificar el artículo 2 de la Resolución M.E.H.
y F. N 339/04, el cual quedara redactado de la siguiente manera:
"ARTICULO 2- Designar responsables de los fondos mencionados en el artículo 1, a partir de la fecha, al Director de Minería y Recursos Geológicos, Geólogo. EduardoAlejandroAguirre GONZALEZ, D.N.I. 22.652.652; al Director General deAdministración Financiera, Sr. Juan Carlos DIAZ, D.N.I.
18.486.591; y la Jefa de Departamento de Fiscalización y Policía Minera, Geóloga, Julieta del Carmen BALDERRAMAS, D.N.I.
24. 629.448", por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTICULO 2- De forma.
VALLEJOS
RESOL. Nº1131

08-10-07

ARTICULO 1- Modificar el artículo 1 de la Resolución M.EC.
N 852/07 el que quedará redactado de la siguiente manera: "ARTICULO 1"- Establecer a partir del 1
de Julio de 2007, para los usuarios de gas licuado envasado de uso domiciliario, exclusivamente dentro del ámbito de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, como precio final en domicilio del producto comercializado Garrafa por 10 Kg.
la suma de Pesos VEINTIUNO
CON SESENTAY SEIS CENTAVOS $ 21,66, estando a cargo del usuario la suma de Pesos SEIS
CON CINCUENTA CENTAVOS
$ 6,50 y a cargo del Organismo Nacional la suma de Pesos QUINCE CON DIECISÉIS CENTAVOS $15,16. Para el producto
comercializado cilindro por 45 Kg.
se fija como precio final en domicilio la suma de Pesos NOVENTA
Y CINCO $ 95,00, estando a cargo del usuario la suma de Pesos VEINTIOCHO CON CINCUENTA CENTAVOS $ 28,50, mientras que la suma Pesos SESENTA
Y SEIS CON CINCUENTA CENTAVOS $ 66,50 restantes estarán a cargo de la Nación a través de la compensación respectiva", por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTICULO 2- Modificar el artículo 2 de la Resolución M.EC.
N 852/07 el que quedará redactado de la siguiente manera: "ARTICULO 2"- Establecer a partir del 1 de Julio de 2007, para los usuarios de gas a granel envasado de uso domiciliario, exclusivamente dentro del ámbito de la Provincia de Tierra del Fuego, Antartida e Islas del Atlántico Sur, como precio final en domicilio del producto comercializado gas licuado a granel por Kg., la suma de Pesos UNO CON SESENTA
CENTAVOS $ 1,60, estando a cargo del usuario la suma de CUARENTAY OCHO CENTAVOS $
0,48, mientras que la compensación que efectuará el Organismo Nacional será de Pesos UNO CON
DOCE CENTAVOS $ 1,12", por las razones consignadas en los considerandos.
ARTICULO 3- Comunicar a la Secretaria de Energía de la Nación, a las firmas SARTINI GAS S.R.L
y GAS AUSTRAL S.A., dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
VALLEJOS
RESOL. Nº 1132

08-10-07

ARTICULO 1- Establecer que como Aporte Complementario, se efectuará con fondos provinciales conforme la partida presupuestaria N 00221042 vigente, los siguientes rubros discriminados en:
Infraestructura Privada abastecimiento de agua potable, conexiones, cloacales a red, desage pluvial, pilares de energía y Obras Complementarias desage pluvial a cielo abierto, defensas y desarme y rearme de viviendas.
ARTICULO 2- Comprometer, a los efectos de cumplir con lo dispuesto en el Proyecto Ejecutivo Integral y conforme el Reglamen-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 23/11/2007

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

PaysArgentine

Date23/11/2007

Page count68

Edition count3738

Première édition02/01/2002

Dernière édition23/01/2024

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