Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 10/11/2006
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego
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AÑO XV - Ushuaia, Viernes 10 de Noviembre de 2006 - Nº 2213
2006, aprobado por Ley Provincial N 702, el que quedará conformado de acuerdo a las transferencias entre partidas que se detalla en los Anexos I y II, los que forman parte integrante de la presente Resolución.
ARTICULO 2- Las modificaciones a las que se refiere el Artículo 1 regirán a partir del día de la fecha y constituirán autorizaciones para gastar en función de las disponibilidades financieras que determine la Contaduría General.
ARTICULO 3- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Provincia, y a la Legislatura Provincial.
VALLEJOS
RESOL. N 912
13-09-06
ño Productor Forestal, Matrícula N
34, por la suma de PESOS SIETE
MIL $ 7000.-, correspondiente al primer período, según lo establecido en el punto C segundo párrafo del Decreto Provincial N 3240/06.
ARTICULO 2- Aprobar el pago del subsidio otorgado en el artículo 1
de la presente, según lo establecido en el Decreto Provincial N 3240/06
reglamentario de la Ley Provincial N
708 de Emergencia Laboral y Productiva del sector maderero y minero de la Provincia.
ARTICULO 3- El gasto que demande el cumplimiento de la presente será imputado a la partida presupuestaria 111.03.91.000.514 del ejercicio económico y financiero en vigencia.
ARTICULO 4- De forma.
la Administración Central, ejercicio 2006, aprobado por Ley Provincial N 702, el que quedará conformado de acuerdo a las transferencias entre partidas que se detalla en el Anexo I, el que forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTICULO 2- Las modificaciones a las que se refiere el Artículo 1 regirán a partir del día de la fecha y constituirán autorizaciones para gastar en función de las disponibilidades financieras que determine la Contaduría General.
ARTICULO 3- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Provincia, y a la Legislatura Provincial.
VALLEJOS
VALLEJOS
RESOL. N 921
RESOL. N 918
ARTICULO 1- Modificar el presupuesto analítico de erogaciones de la Administración Central, ejercicio 2006, aprobado por Ley Provincial N 702, el que quedará conformado de acuerdo a las transferencias entre partidas que se detalla en el Anexo I, los que forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTICULO 2- Las modificaciones a las que se refiere el Artículo 1 regirán a partir del día de la fecha y constituirán autorizaciones para gastar en función de las disponibilidades financieras que determine la Contaduría General.
ARTICULO 3- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Provincia, y a la Legislatura Provincial.
VALLEJOS
RESOL. N 913
13-09-06
ARTICULO 1- Otorgar un subsidio no reintegrable a favor del señor Francisco Alberto OLIVA, C.U.I.L. N
20-23528073-7, Pequeño Productor Forestal, Matrícula N 05, por la suma de PESOS DOS MIL OCHOCIENTOS $ 2800.-, correspondiente al primer período, según lo establecido en el punto C primer párrafo del Decreto Provincial N 3240/06.
ARTICULO 2- Aprobar el pago del subsidio otorgado en el artículo 1
de la presente, según lo establecido en el Decreto Provincial N 3240/06
reglamentario de la Ley Provincial N
708 de Emergencia Laboral y Productiva del sector maderero y minero de la Provincia.
ARTICULO 3- El gasto que demande el cumplimiento de la presente será imputado a la partida presupuestaria 111.03.91.000.514 del ejercicio económico y financiero en vigencia.
ARTICULO 4- De forma.
RESOL. N 914
13-09-06
ARTICULO 1- Autorizar la comisión de servicios a la Ciudad de San Juan del agente Categoría 22 P.A.y T., Pablo Fernando LOIS, Legajo N
16967976/00, desde el día 13 y hasta el día 15 de Septiembre del corriente año inclusive, por los motivos expuestos en el exordio.
ARTICULO 2- Autorizar la extensión de una 1 orden de pasaje por los tramos Ushuaia - Buenos Aires San Juan - Buenos Aires - Ushuaia y la liquidación de los viáticos que correspondan, a favor del agente mencionado en el Artículo 1.
ARTICULO 3- El gasto que demande el cumplimiento de la presente deberá imputarse a las partidas presupuestarias 1.1.1.03.12.103.371 y 1.1.1.03.12.103.372 del ejercicio económico y financiero en vigencia.
ARTICULO 4- De forma.
VALLEJOS
RESOL. N 916
13-09-06
VALLEJOS
ARTICULO 1- Modificar el presupuesto analítico de erogaciones de la Administración Central, ejercicio 2006, aprobado por Ley Provincial N 702, el que quedará conformado de acuerdo a las transferencias entre partidas que se detalla en el Anexo I, el que forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTICULO 2- Las modificaciones a las que se refiere el Artículo 1 regirán a partir del día de la fecha y constituirán autorizaciones para gastar en función de las disponibilidades financieras que determine la Contaduría General.
ARTICULO 3- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Provincia, y a la Legislatura Provincial.
13-09-06
VALLEJOS
ARTICULO 1- Otorgar un subsidio no reintegrable a favor del señor Rodolfo Guillermo VAN OLPHEN, C.U.I.L. N 20-25695432-0, Peque-
RESOL. N 917
13-09-06
ARTICULO 1- Modificar el presupuesto analítico de erogaciones de
ARTICULO 1- Modificar el presupuesto analítico de erogaciones de la Administración Central, ejercicio 2006, aprobado por Ley Provincial N 702, el que quedará conformado de acuerdo a las transferencias entre partidas que se detalla en el Anexo I, el que forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTICULO 2- Las modificaciones a las que se refiere el Artículo 1 regirán a partir del día de la fecha y constituirán autorizaciones para gastar en función de las disponibilidades financieras que determine la Contaduría General.
ARTICULO 3- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Provincia, y a la Legislatura Provincial.
VALLEJOS
RESOL. N 919
13-09-06
ARTICULO 1- Modificar el presupuesto analítico de erogaciones de la Administración Central, ejercicio 2006, aprobado por Ley Provincial N 702, el que quedará conformado de acuerdo a las transferencias entre partidas que se detalla en el Anexo I, el que forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTICULO 2- Las modificaciones a las que se refiere el Artículo 1 regirán a partir del día de la fecha y constituirán autorizaciones para gastar en función de las disponibilidades financieras que determine la Contaduría General.
ARTICULO 3- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Provincia, y a la Legislatura Provincial.
VALLEJOS
RESOL. N 920
13-09-06
13-09-06
VALLEJOS
RESOL. N 915
punto C segundo párrafo del Decreto Provincial N 3240/06
ARTICULO 2- Aprobar el pago del subsidio otorgado en el artículo 1
de la presente, según lo establecido en el Decreto Provincial N 3240/06
reglamentario de la Ley Provincial N
708 de Emergencia Laboral y Productiva del sector maderero y minero de la Provincia.
ARTICULO 3- El gasto que demande el cumplimiento de la presente será imputado a la partida presupuestaria 111.03.91.000.514 del ejercicio económico y financiero en vigencia.
ARTICULO 4- De forma.
13-09-06
ARTICULO 1- Otorgar un subsidio no reintegrable a favor del señor Carlos Alberto DIAZ, C.U.I.L. N
20-20412427-3, Pequeño Productor Forestal, Matrícula N 28, por la suma de PESOS SIETE MIL $
7000.-, correspondiente al primer período, según lo establecido en el
ARTICULO 1- Autorizar el traslado del señor Secretario de Promoción Económica y Fiscal, Dn. Ramiro Carlos CABALLERO, a la ciudad Autónoma de Buenos Aires entre los días trece 13 al dieciséis 16 de septiembre de 2006, con el objeto de de mantener diversas reuniones con funcionarios de la Secretaría de Industria de la Nación, respecto a la vigencia del Decreto Nacional N 490/03.
ARTICULO 2- La presente comisión de servicios generará gastos en concepto de pasajes aéreos por los tramos Ushuaia - Buenos Aires Ushuaia y la liquidación de tres y medio 3 1/2 días de viáticos a favor del funcionario mencionado en el artículo precedente.
ARTICULO 3- El gasto que demande el cumplimiento deberá ser imputado a las partidas presupuestarias 1
1 1 3 12 110 371 y 372, del ejercicio económico y financiero en vigencia.
ARTICULO 4- De forma.
VALLEJOS
RESOL. N 922
13-09-06
ARTICULO 1- Otorgar un subsidio no reintegrable a favor de la señora Rosa Silvana ESPINOZA, C.U.I.L. N 27-21524839-4, Pequeño Productor Forestal, Matrícula N
18, por la suma de PESOS DOS MIL
OCHOCIENTOS $ 2800.-, correspondiente al primer período, según lo establecido en el punto e primer párrafo del Decreto Provincial N
3240/06.
ARTICULO 2- Aprobar el pago del subsidio otorgado en el artículo 1
de la presente, según lo establecido en el Decreto Provincial N 3240/06
reglamentario de la Ley Provincial N
708 de Emergencia Laboral y Productiva del sector maderero y minero de la Provincia.
ARTICULO 3- El gasto que demande el cumplimiento de la presente será imputado a la partida presupuestaria 111.03.91.000.514 del ejercicio económico y financiero en vigencia.
ARTICULO 4- De forma.
VALLEJOS