Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 26/4/2002

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

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AÑO XI - Ushuaia, Viernes 26 de Abril de 2002 - Nº 1531

berá ser imputado a la partida 1-1-103-15-110-3-37-372.
ARTICULO 4º- De forma.

ARTICULO 1º- Aprobar la comisión de servicios a la zona de Lago Escondido, por los agentes Cat. 23 P.A.y T. NAHUELQUIN José Armando Legajo Nº 12701934-00, Cat. 22
P.A.y T. PONCE Daniel Edgardo Legajo Nº 12189827-00 y Cat. 22
P.A.y T. MUDRY Pedro legajo Nº 10195677-00, el día 29 de enero del corriente año, por los motivos expuestos en el exordio.
ARTICULO 2º- Autorizar a través de la Subsecretaría de Hacienda, la liquidación de los viáticos correspondientes a la citada comisión, por MEDIO día 1/2 a cada uno de los agentes mencionados en el Artículo 1º.
ARTICULO 3º- El gasto que demande el cumplimiento del presente deberá será imputado por la Contaduría General a la partida presupuestaria 1 1 1 03 15 2 02 3 7 2 0 00 3 7 0
16 00 00 00 00 1 11.
ARTICULO 4º- De forma.

cretaría de Salud Nº 108/99.
ARTICULO 3º- Las multas impuestas en los artículos precedentes cuyos montos ascienden a las suma de PESOS UN MIL QUINIENTOS $ 1.500.- y PESOS UN
MIL $ 1.000.- respectivamente, deberán depositarse en la cuenta corriente del Banco Provincia de Tierra del Fuego Nº 171-03170
Fondo para el Desarrollo de los Recursos y Ambientes Naturales, dentro del plazo de cinco 5 días hábiles desde la notificación de la sanción.
ARTICULO 4º- Notificar al infractor con copia autenticada de la presente y de los Dictamen S.L.y T. Nº 237/02, haciéndole saber que podrá iniciar acción judicial contra las sanciones administrativas en el plazo de treinta 30 días hábiles a efectos de interponer la acción judicial correspondiente, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 46º de la Ley Provincial Nº 244, modificado por el artículo 6º de la Ley Provincial Nº 281.
ARTICULO 5º- Dejar constancia de la falta cometida en el registro de infractores de pesca habilitado para tal fin en la Dirección de Pesca y Acuicultura.
ARTICULO 6º- De forma.

CARDOZO

CARDOZO

CARDOZO
RESOL. Nº 309

RESOL. Nº 310

18-04-02

18-04-02

ARTICULO 1º- Dar por finalizada, a partir del día primero 1º de marzo de 2002, la licencia sin goce de haberes por ejercicio transitorio de otro cargo, otorgada al agente categoría 22
P.A.y T. señor Pablo Cristian LOFFLER, Legajo Nº 21602255/00, mediante Resolución M.E.O.y S.P.
Nº 840/00.
ARTICULO 2º- Notificar al interesado, comunicar a quienes corresponda, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
CARDOZO
RESOL. Nº 311

18-04-02

ARTICULO 1º- Aplicar al Señor Esmerildo Oriel GONZALEZ
ALTAMIRANO, D.N.I. Nº 92.
405.031, una sanción consistente en una multa equivalente a treinta 30
veces el valor del permiso de pesca comercial, de conformidad a los considerandos precedentes y el Dictamen S.L.y T. Nº 237/02 en orden a la infracción registrada en el acta glosada a fojas 2 del presente y relacionada con lo dispuesto en la Ley Provincial Nº 244.
ARTICULO 2º- Aplicar al Señor Esmerildo Oriel GONZALEZ
ALTAMIRANO, D.N.I. Nº 92.405.031, una sanción consistente en una multa de PESOS UN MIL $ 1.000.-, de conformidad a los considerandos precedentes y el Dictamen S.L.y T.
Nº 237/02, en orden a la infracción registrada en el acta glosada a fojas 2
del presente y relacionada con lo dispuesto en la Resolución de la Subse-

RESOL. Nº 312

18-04-02

ARTICULO 1º- Aplicar al Señor Fabián AÑASCO, D.N.I. Nº 92.802.828, una sanción consistente en una multa equivalente a veinte 20
veces el valor del permiso de pesca deportiva para residentes, de conformidad a los considerandos precedentes y el Dictamen S.L.y T. Nº 272/02
en orden a la infracción encuadrada en el artículo 22º inciso a de la Ley Provincial Nº 244 y a la sanción establecida en el artículo 29º inciso a y b del Decreto Provincial Nº 3043/97.
ARTICULO 2º- La multa impuesta en el artículo precedente cuyo monto asciende a las suma de PESOS
CUATROCIENTOS $ 400.- deberá depositarse en la cuenta corriente del Banco Provincia de Tierra del Fuego Nº 171-03170 Fondo para el Desarrollo de los Recursos y Ambientes Naturales, dentro del plazo de cinco 5 días hábiles desde la notificación de la sanción.
ARTICULO 3º- Notificar al infractor con copia autenticada de la presente y del Dictamen S.L.y T. Nº 272/
02, haciéndole saber que podrá iniciar acción judicial contra las sanciones administrativas en el plazo de treinta 30 días hábiles a efectos de interponer la acción judicial correspondiente, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 46º de la Ley Provincial Nº 244, modificado por el artículo 6º de la Ley Provincial Nº 281.
ARTICULO 4º- Dejar constancia de la falta cometida en el registro de infractores de pesca habilitado para tal fin en la Dirección de Pesca y Acuicultura.

ARTICULO 5º- De forma.
CARDOZO
RESOLUCIONES
SECRETARIA DE SALUD
PUBLICA
RESOL. N 0011

09-01-02

ARTICULO 1- Autorizar y aprobar la liquidación de las Guardias Activas, efectivizadas por el personal del Hospital Regional Ushuaia, realizadas en el período comprendido entre el 01 y 31 de Diciembre de 2001, según lo detallado en el Anexo I de la presente. Ello por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTICULO 2- La erogación resultante será imputada a la partida presupuestaria del Ejercicio Económico Financiero en vigencia.
ARTICULO 3- Comunicar a quienes corresponda, dar al Boletín Oficial de la Provincia y Archivar.

vos expuestos en los considerandos y en el Dictamen S.L. y T. N 0008/
02.
ARTICULO 2- Designar instructor ad-hoc a la agente PARMIGIANO
Emilce, Legajo N 16071073/00, Categoría 16 P.A. y T., quien previa aceptación del cargo deberá requerir instrucciones en la Dirección de Sumarios de la Secretaría Legal y Técnica de la Provincia.
ARTICULO 3- Previo a notificar al instructor designado en el artículo 2
de la presente, remitir el Expediente N 10823/01, a la Dirección de Sumarios de la Secretaría Legal y Técnica, a fin de su correspondiente caratulado, registro y control.
ARTICULO 4- Remitir copia autenticada de la presente Resolución a la Dirección de Sumarios de la Secretaría Legal y Técnica.
ARTICULO 5- Comunicar a la interesada, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
SAHAD

SAHAD
RESOL. N 0015
RESOL. N 0012

ARTICULO 1- Autorizar y aprobar la liquidación de Guardias Activas y Pasivas a los agentes que efectivizaron la prestación del servicio en el Hospital Regional Ushuaia, durante el período entre el 01 de Diciembre/01 y el 31
de Diciembre del año 2001, de acuerdo al detalle obrante en los Anexos I al IV, de la presente.
ARTICULO 2- La erogación resultante de la presente será imputada a las partidas presupuestarias del ejercicio económico financiero en vigencia.
ARTICULO 3- De forma.
SAHAD
RESOL. N 0013

14-01-02

10-01-02
ARTICULO 1- Autorizar y aprobar la liquidación de Guardias Activas y Pasivas a los agentes que efectivizaron la prestación de los servicios en forma real y efectiva entre los días 01 y 31 de diciembre del año 2001, por la Dirección del Hospital Regional Río Grande y Centro Asistencial Tolhuin, de acuerdo al detalle que como Anexos I al VII forman parte integrante de la presente.
ARTICULO 2- La erogación resultante de la presente será imputada a las partidas presupuestarias del Ejercicio Económico Financiero en vigencia.
ARTICULO 3- Comunicar a quienes corresponda, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.

14-01-02
SAHAD

ARTICULO 1- Autorizar y aprobar la liquidación de Guardias Activas a los agentes del Hospital Regional Río Grande y Centro Asistencial Tolhuin, que efectivizaron la prestación de los servicios en forma real y efectiva en eventos deportivos, entre los días 01 y 31 de Diciembre del año 2001, de acuerdo al detalle que como Anexo I forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 2- La erogación resultante de la presente será imputada a las partidas presupuestarias del Ejercicio Económico Financiero en vigencia.
ARTICULO 3- Comuníquese a quienes corresponda, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.

RESOL. N 0016

ARTICULO 1- Modificar el Artículo 2 de la Resolución S.S.P. N
920/01, el cual quedará redactado de la siguiente manera: ARTICULO 2Establecer que por razones de servicio, los directores médicos de los nosocomios provinciales, podrán otorgar la Licencia Anual Reglamentaria, conforme lo establecido en el Decreto Provincial N 1630/01, debiendo garantizarse siempre que no supere el 33% del personal, ello por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTICULO 2- Comunicar a quienes corresponda, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.

SAHAD
RESOL. N 0014

14-01-02

ARTICULO 1- INSTRUIR INFORMACION SUMARIA en el ámbito del Sector de Reconocimiento de documentación, por los moti-

16-01-02

SAHAD
RESOL. N 0017

16-01-02

ARTICULO 1- Renovar la comisión de servicios otorgada mediante Resoluciones SSP Nros. 1077/00 y 046/01, al agente Ricardo Enrique

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 26/4/2002

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

PaysArgentine

Date26/04/2002

Page count36

Edition count3738

Première édition02/01/2002

Dernière édition23/01/2024

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