Boletín Oficial de la Provincia de Segovia del 8/12/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Segovia

Boletín Oficial de la Provincia de Segovia Núm. 147

BOPS

Miércoles, 8 de diciembre de 2021

Pág. 28
27139

MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS NORDESTE
ANUNCIO
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo de la Asamblea de Concejales de la Mancomunidad Nordeste, de 24 de septiembre de 2021, sobre establecimiento de precio público por el uso del Camión motobomba de la Mancomunidad Nordeste y el acuerdo regulador de los mismos, cuyo texto íntegro se hace público, en cumplimiento del artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIO
DE USO DEL CAMIÓN MOTOBOMBA DE LA MANCOMUNIDAD NORDESTE DE SEGOVIA.
ARTÍCULO 1. Fundamento y Objeto Esta Entidad Local, en uso de las facultades contenidas en los artículos 41 a 47 y 127 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo establece el presente precio público por la prestación de servicios y trabajos con el camión motobomba de la Mancomunidad y según las normas contenidas en este Acuerdo de las que aquéllas son parte integrante.
ARTÍCULO 2. Hecho Imponible Constituye el hecho imponible la efectiva prestación del servicio o realización de la actividad por los servicios y trabajos con el camión motobomba de la Mancomunidad, bien porque haya sido por los Ayuntamientos miembros de la Mancomunidad o por particulares.
ARTÍCULO 3. Obligados al Pago Están obligados al pago del precio público regulado en este Acuerdo, quienes se beneficien de los servicios realizados por la Mancomunidad a que se refiere el artículo primero de este Acuerdo, y en particular las personas que soliciten la correspondiente entrada a las instalaciones o recintos donde se preste la actividad.
ARTÍCULO 4. RESPONSABLES
Responderán solidariamente del pago de los precios públicos las personas físicas o jurídicas o los entes sin personalidad que soliciten los servicios o actividades por los que deban satisfacerse aquéllos.
Serán responsables subsidiarios los propietarios de los inmuebles cuyos usuarios u ocupantes estén obligados a satisfacer precios públicos por razón de servicios o actividades que les benefician o afectan.
ARTÍCULO 5. Cuantía La cuantía del precio público regulado en este Acuerdo será la cantidad establecida en la siguiente tabla de tarifas:
Para los Ayuntamientos miembros de la Mancomunidad:

Por salida de la motobomba 55 euros.

Por cada hora o fracción de trabajo 35 euros, despreciando las menores de 15 minutos

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Segovia del 8/12/2021

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Segovia

PaysEspagne

Date08/12/2021

Page count30

Edition count3400

Première édition01/01/2003

Dernière édition29/07/2024

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