Boletín Oficial de la Pcia. de San Juan del 8/5/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de San Juan

Boletín Oficial
--- Que resulta pertinente poner de relieve que en todos los casos los Ejecutivos Municipales han hecho coincidir las respectivas convocatorias con la fecha de la Elección General convocada por el Poder Ejecutivo Provincial, para la renovación de cargos electivos provinciales, ello es para el día 02 de Junio de 2019. Por lo que, a tenor de lo normado por el Art.
175 de la Ley N 1268-N-Código Electoral Provincialtodo gasto que demanden los procesos electorales serán a cargo del Poder Ejecutivo Provincial, lo que así debe ser comunicado.------ Que a fin de la integralidad de esta resolución, se entiende necesario dejar plasmado, en la parte resolutiva, por Departamento, la categoría y cantidad de cargos a elegir; todo ello de acuerdo a los Decretos de Convocatoria y en función, claro está, del proceso en trámite de las Elecciones Generales, todo lo que obra en Expediente N 1601, Caratulado: Poder Ejecutivo Provincial s/ Convocatoria a Elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias, y Elecciones Generales 2019.------- Que en cuanto al Cronograma Electoral, al Padrón de Electores Extranjeros, registración de Candidatos, y todo otro acto correspondiente al proceso electoral, deberá estarse a lo dispuesto en Expediente N
1601, Caratulado: Poder Ejecutivo Provincial s/
Convocatoria a Elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias, y Elecciones Generales 2019, en cuanto sea de aplicación y no recibiere distinto tratamiento en esta resolución.------ Que del análisis que se efectúa de los distintos actos de convocatoria antes individualizados, se verifica que se ha dado cumplimiento a los requisitos formales y sustanciales de la convocatoria Art. 169
Código Electoral Provincial, que las mismas han sido efectuadas por la autoridad que la Constitución, la Ley y en su caso, las respectivas cartas municipales reputan competentes y que, en general y en particular, se cumple con las finalidades que cada acto de convocatoria requiere.------- Que en orden a lo antes dicho corresponde, en uso de las atribuciones propias del Tribunal Electoral Provincial Art. 130 ss. y cc. de la Constitución Provincial y Ley N 1268 -N-Código Electoral Provincial, disponer lo conducente para que se concreten, en tiempo y forma, los procesos electorales munici-

San Juan, Miércoles 8 de Mayo de 2019

pales convocados; por lo que RESOLVIERON:---PRIMERO: Declárese competente al Tribunal Electoral Provincial Art. 108 ss. y cc. del Código Electoral Provincial para entender en las convocatorias a elecciones realizadas por los respectivos ejecutivos municipales, y según los instrumentos individualizados en los considerandos de la presente, para que, simultáneamente con las Elecciones Generales Provinciales, el día 02 de Junio de 2019 se proceda a elegir, conforme lo establecido por los Arts.
244, 245 ss. y cc. de la Constitución Provincial, Arts.
166 ss. y cc. de la Ley N 1268 -NCódigo Electoral Provincial, para el período comprendido entre el 10 de Diciembre de 2019 y el 10 de Diciembre de 2023, a los ciudadanos que ejercerán los cargos de Intendente y Concejales en cada uno de los 19 Departamentos de la Provincia, y según se indica en cada caso:
I Departamento Albardón: 1 Un Intendente Art. 244 C.P.; 2 Seis Concejales Titulares Art. 245 C.P. y 3 Seis Concejales Suplentes Arts.
245 C.P.
II Departamento Angaco: 1 Un Intendente Art. 244 C.P.; 2 Cinco Concejales Titulares Art. 245 C.P. y 3 Cinco Concejales Suplentes Arts. 245 C.P.
III Departamento Calingasta: 1 Un Intendente Art. 244 C.P.; 2 Cinco Concejales Titulares Art. 245 C.P. y 3 Cinco Concejales Suplentes Arts. 245 C.P.
IV Departamento Capital: 1 Un Intendente Art. 244 C.P.; 2 Doce Concejales Titulares Art. 245 C.P. y 3 Doce Concejales Suplentes Arts.
245 C.P.
V Departamento Caucete: 1 Un Intendente Art. 244 C.P.; 2 Siete Concejales Titulares Art. 245 C.P. y 3 Siete Concejales Suplentes Arts.
245 C.P.
VI Departamento Chimbas: 1 Un Intendente Art. 244 C.P.; 2 Diez Concejales Titulares Art. 245 C.P. y 3 Diez Concejales Suplentes Arts.
245 C.P.
VII Departamento Iglesia: 1 Un Intendente Art. 244 C.P.; 2 Cinco Concejales Titulares Art. 245 C.P. y 3 Cinco Concejales Suplentes Arts. 245 C.P.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de San Juan del 8/5/2019

TitreBoletín Oficial de la Provincia de San Juan

PaysArgentine

Date08/05/2019

Page count24

Edition count1785

Première édition17/05/2016

Dernière édition22/07/2024

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