Boletín Oficial de la Pcia. de San Juan del 21/11/2018
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de San Juan
Boletín Oficial
Capítulo 2
Formalidades de presentación ARTÍCULO 4.- Redacción. Todo Decreto y Resolución, se debe formalizar por escrito, y redactarse en forma clara, precisa y concisa.
El Decreto y la Resolución deben ser prolijos, sin tachaduras, enmiendas, sobrescritos ni errores ortográficos.
ARTÍCULO 5.- Características del papel. En los Decretos se debe utilizar papel obra, color blanco, con un gramaje mínimo de ciento veinte gramos 120gr. por metro cuadrado, tamaño Oficio.
En las Resoluciones se debe utilizar papel blanco, con un gramaje mínimo de ochenta gramos 80gr. por metro cuadrado, tamaño Oficio.
En los Decretos y Resoluciones, el papel se debe imprimir en el anverso y reverso de cada hoja.
ARTÍCULO 6.- Escudo Provincial. El Escudo Provincial se debe incluir en el encabezado de los Decretos y Resoluciones. Se debe colocar centrado en el extremo superior del encabezado, impreso en seco y en relieve.
ARTÍCULO 7.- Leyenda. Los Decretos y Resoluciones deben contener impresa la leyenda: GOBIERNO DE LA
PROVINCIA SAN JUAN, con las siguientes características:
1 se ubica en el anverso del papel;
2 se coloca en el encabezado de la hoja, debajo del Escudo Provincial;
3 se consigna en el centro, y en dos 2 líneas;
4 se redacta en letra imprenta mayúscula sostenida, tipo Times New Román, tamaño doce 12, tinta color negro; y 5 se subraya la denominación San Juan.
ARTÍCULO 8.- Frases conmemorativas. Cuando por Ley se disponga la inclusión en los documentos del Poder Ejecutivo de frases conmemorativas de acontecimientos históricos, se debe insertar la frase correspondiente, entre comillas, en letra cursiva, tipo Times New Román, tamaño diez 10. Se debe colocar en el encabezado, centrado, a una 1 línea sobre el Escudo Provincial.
ARTÍCULO 9.- Tipo de letra, color y alineación del texto. En la redacción de Decretos y Resoluciones, se debe utilizar la letra tipo Times New Román, tamaño doce 12, en tinta color negro.
El texto del Decreto y de la Resolución se debe redactar con alineación justificada en el visto, considerando y articulado, sin agregar sangrías.
ARTÍCULO 10.- Márgenes, espaciado e interlineado. Los Decretos y Resoluciones deben respetar los siguientes márgenes:
1 margen izquierdo: tres coma cinco centímetros 3,5 cm;
2 margen derecho: uno coma cinco centímetros 1,5 cm;
3 margen superior: seis coma setenta y cinco centímetros 6,75 cm;
4 margen inferior: dos coma cinco centímetros 2,5 cm; y 5 márgenes simétricos.
Los párrafos del visto, considerando y articulado de los Decretos y Resoluciones, se deben redactar con interlineado sencillo, con espaciado anterior y posterior cero punto, sin agregar espacio entre párrafos del mismo artículo.
Los artículos de los Decretos y Resoluciones, se deben separar entre sí por medio de un espacio.
San Juan, Miércoles 21 de Noviembre de 2018
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