Boletín Oficial de la Pcia. de San Juan del 5/3/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de San Juan

Boletín Oficial
ÁNGEL HUMBERTO MEDINA PALÁ y el SR.
JUEZ DE CÁMARA, Dr. EUGENIO ROBERTO
BARBERA y con la participación de la Señora Fiscal de Cámara Doctora Leticia Ferrón de Rago Subrogante del Fiscal General ----------------------------Que por Acuerdo General N14/2018 se asigna competencia exclusiva y excluyente sin límite de cuantía en materia de ejecuciones fiscales a los Juzgados de Paz Letrados de Capital de Primera, Cuarta y Sexta nominación y consecuentemente se dispone que los restantes Juzgados de Paz Letrados de Capital y de los Departamentos Rawson, Chimbas, Santa Lucía y Rivadavia entiendan en las restantes materias de su competencia conforme la Ley 358-E
antes Ley Nº 5854 y disposiciones modificatorias, y hasta la cuantía de Pesos Ciento Cincuenta Mil $
150.000,en procesos de ejecución de créditos no fiscales-----------------------------------------------------Que asimismo por igual instrumento se dispone que la Mesa de Entradas Única de la Justicia de Paz Letrada de Capital recepte a partir del 15/03/2018 las Ejecuciones Fiscales y las sortee entre los tres juzgados de Paz Letrados de Capital con competencia asignada en ejecuciones fiscales.--------------------------Que en este marco y hasta tanto entre en vigencia el 15/03/2018 la asignación de causas de ejecuciones fiscales a los tres juzgados mencionados , resulta necesario excluirlos en forma inmediata del sorteo y adjudicación de nuevas causas de materia extraña a la asignada en forma excluyente y exclusiva, a fin de evitar desde ahora su sobrecarga innecesaria.------Que no escapa a esta Corte de Justicia la ponderación del gran cúmulo de ejecuciones fiscales en condiciones de ser sorteadas y adjudicadas a los tres juzgados referidos, estimadas al presente en 50.000 aproximadamente-----------------------------------Que a dicha cifra deben sumarse los procesos que se encuentran en trámite, y que los juzgados indicados deben sustanciar hasta su culminación, lo cual implica una sobrecarga de la gestión que inevitablemente puede resentir la dinámica del servicio de justicia, conforme a los términos de Ley.--------------------------- Por todo ello, ACORDARON:
IDisponer que la Mesa de Entradas Única de la Justicia de Paz Letrada de Capital a partir de la notificación de este acuerdo, excluya a los Juzgados de Paz Letrados de Capital de Primera, Cuarta y Sexta nominación del sorteo y adjudicación de causas de materia extraña a la competencia exclusiva y excluyente prevista en el Acuerdo Gral. N.º14/2018.II - Suspender por el término de ciento cincuenta días corridos a partir del día 15/03/2018 y para los
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Juzgados de Paz Letrados mencionados en el punto anterior, los plazos previstos por el Art. 33, Inc. 3, apartados 1, 2 y 4 de la Ley N 988-O antes Ley 8.037-----------------------------------------------------IIIProtocolícese y publíquese en el Boletín Oficial por el término de un 1 día. Asimismo comuníquese a la Mesa de Entradas Única de la Justicia de Paz Letrada de Capital y a la Dirección de Informática a sus efectos y cúmplase.------------------------------------Dispuestas las comunicaciones del caso, termina el Acuerdo que se firma por ante mí.Fdo: Dr. Adolfo Caballero Presidente Corte de Justicia Dr. Ángel Humberto Medina Palá - Ministro Dr. José Abel Soria Vega - Ministro Dr. Guillermo Horacio De Sanctis - Ministro Dr. Eugenio Roberto Barbera Juez de Cámara Dra. Leticia Ferrón de Rago Fiscal General Subrogante Dr. Javier Vera Frassinelli Secretario Administrativo - Corte de Justicia CORTE DE JUSTICIA
SAN JUAN
ACUERDO GENERAL NÚMERO
DIECINUEVE
En la Ciudad de San Juan, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a los veintiocho días del mes de Febrero del año dos mil dieciocho, reunido el Señor Presidente de la Corte de Justicia, Doctor ADOLFO CABALLERO con los Señores Ministros, Doctores JOSÉ ABEL SORIA VEGA, GUILLERMO HORACIO DE SANCTIS, ÁNGEL
HUMBERTO MEDINA PALÁ y el Señor Juez de Cámara, Doctor EUGENIO ROBERTO BARBERA y con la asistencia de la Señora Fiscal de Cámara Subrogante del Señor Fiscal General de la Corte de Justicia, Doctora LETICIA FERRÓN DE RAGO.---DIJERON: ---------------------------------------------------1º El artículo 10 de la Ley Orgánica de Tribunales prevé que la Presidencia de la Corte será desempeñada por un Ministro, desde el uno de Marzo al último día de Febrero del año siguiente.------2º El artículo 11 de la Ley Orgánica de Tribunales, modificado por la Ley 6044 B.O. 12-01-1990, establece que, esta Corte, por decisión de la mayoría de sus miembros determinará cada año, la integración de las Salas Primera y Segunda y quien ha de presidirlas.--------------------------------------------------

San Juan, Lunes 5 de Marzo de 2018

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de San Juan del 5/3/2018

TitreBoletín Oficial de la Provincia de San Juan

PaysArgentine

Date05/03/2018

Page count16

Edition count1785

Première édition17/05/2016

Dernière édition22/07/2024

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