Boletín Oficial de la Pcia. de San Juan del 2/3/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de San Juan

Boletín Oficial
Para ser beneficiarias, las MiPyMEs deberán ajustarse a los criterios que se establezcan en el manual de procedimientos del Fondo de Garantías creado a efectos de cumplir los requisitos de radicación,y desarrollo de la actividad objeto de financiamiento en la Provincia de San Juan.
FONDO

DE

RIESGO

DISPONIBLE.

Las
inversiones realizadas con recursos del Fondo de Riesgo Disponible, deberán ser mantenidas en custodia, de acuerdo a las disposiciones que en la materia dicte el Banco Central de la República Argentina.
Los recursos del Fondo de Riesgo Disponible formarán parte de los activos de la Sociedad, no pudiendo integrar el Capital Social.
CONTRAGARANTÍAS. Las MiPyMEs que celebren contratos de garantía, quedarán obligadas por los pagos que esta sociedad afronte en cumplimiento de la mencionada garantía. No obstante ello, GARANTÍA SAN JUAN solicitará contragarantías por parte de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas en respaldo de los contratos de garantías con ellas celebrados, en función de la naturaleza de la operatoria, en todo de acuerdo a la normativa dictada por el Banco Central de la República Argentina al efecto.
Las contragarantías ingresadas al Fondo de Garantía deberán ser mantenidas en custodia, debiendo ser restituidas o dejadas sin efecto en caso de total cumplimiento de las condiciones de la garantía otorgada. Las garantías se irán extinguiendo proporcionalmente a medida que el deudor atienda, en término, los sucesivos vencimientos, manteniéndose garantizada la parte del saldo de deuda de capital correspondiente al porcentaje inicialmente pactado.
GARANTÍAS. La Sociedad gestionará ante el Banco Central de la República Argentina su inscripción en el registro correspondiente y el reconocimiento de las garantías otorgadas por la Sociedad, como de "garantía preferida", obligándose a cumplir con la normativa emitida respecto a Fondos de Garantía de
San Juan, Viernes 2 de Marzo de 2018

Carácter Público y reconociendo a dicha Entidad como Autoridad de Fiscalización.
Las garantías que se emitan podrán afianzar hasta el 100% del crédito solicitado por cada empresa beneficiaria, respetando el límite individual por beneficiario, en función de lo dispuesto por la normativa vigente del Banco Central de la República Argentina, aplicable a Fondos de Garantía de Carácter Público.
En todos los casos, el Directorio, por mayoría absoluta de sus miembros, podrá fijar el tope máximo del monto a garantizar en cada operatoria.
Las garantías cubiertas no podrán superar los límites básico, complementario y máximo, formalmente establecidos por el Banco Central de la República Argentina conforme las disposiciones vigentes o las normas que en el futuro la modifiquen, sustituyan o complementen.
Las garantías que se otorguen, serán con cargo, debiendo el Directorio de la Sociedad establecer los montos y demás condiciones que deben cumplir los beneficiarios y/o destinatarios de los servicios prestados.
PRÉSTAMOS A GARANTIZAR. Se podrán garantizar a las MiPyMEs operaciones financieras y comerciales, que tengan como objeto el financiamiento de sus inversiones y/o el giro habitual de sus negocios, en todo de acuerdo a lo normado por el Banco Central de la República Argentina respecto a operaciones que se permite garantizar, debiendo respetarse para cada modalidad de operaciones los límites que establezca el Directorio.
La Sociedad deberá verificar que el plazo promedio de las financiaciones garantizadas cumplimente lo establecido por el Banco Central de la República Argentina.
No podrán acordarse garantías a los aportantes al Fondo de Riesgo o miembros vinculados al Fondo de Garantías. A los efectos de definir vinculación, se tendrán en cuenta las normas emitidas por el Banco Central de la República Argentina.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de San Juan del 2/3/2018

TitreBoletín Oficial de la Provincia de San Juan

PaysArgentine

Date02/03/2018

Page count20

Edition count1785

Première édition17/05/2016

Dernière édition22/07/2024

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