Boletín Oficial de la Pcia. de San Juan del 3/4/2017

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de San Juan

Boletín Oficial
obras en las mismas serán cargo de la Municipalidad de Angaco.
ARTÍCULO 2: Aféctase al uso público las calles referidas en el Artículo 1 de la presente Ordenanza.
ARTÍCULO 3º: Comuníquese, cúmplase, cópiese, regístrese y archívese.SALA DE SESIONES DEL HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE, Angaco, San Juan, Marzo 22 de 2.017.Fdo. Mario Sergio Pacheco - Presidente Honorable Concejo Deliberante Municipalidad de Angaco Fdo. Valeria Alejandra Garay - Secretaria Legislativa Honorable Concejo Deliberante Municipalidad de Angaco MUNICIPALIDAD DE ANGACO
DECRETO N 615/17
ANGACO, 27 de Marzo de 2.017.VISTO:
El Expediente 1019/17 registro en este Municipio y la Ordenanza Municipal N 2.818/17 y, CONSIDERANDO:
Que el Honorable Concejo Deliberante ha considerado y aprobado el Proyecto elevado por el DEM a través del cual eleva a consideración de ese cuerpo la posibilidad de afectar al dominio público Municipal las calles emplazadas en el loteo Techo seguro en el distrito Las Tapias.Que el HCD a través de la Ordenanza 2818/16 se autoriza la afectación.
Que el Poder Ejecutivo Municipal comparte en todos sus términos lo dispuesto en la misma.
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
Artículo 1: Promúlgase en todos sus términos la Ordenanza N 2.818-H.C.D.-2017 sancionada en fecha 22 de Marzo del 2.017.Artículo 2: Póngase en vigencia la citada Ordenanza, Comuníquese a las Áreas Municipales que corresponda, cópiese, publíquese, archívese.Fdo. José Castro - Intendente Municipalidad de Angaco C.P.N. Raúl E. Páez - Secretario de Hacienda Municipalidad de Angaco Cta. Cte. 11.991 Abril 03. $ 763.-

EDICTOS JUDICIALES
EDICTOS
EDICTO
El 11 Juzgado Civil, Comercial y Minería, en autos N 159.165, caratulados "Echenique, María Florencia - S/Cancelación de Plazo Fijo", ha ordenado la publicación por un día del presente edicto con motivo del proceso iniciado por María Florencia
San Juan, Lunes 3 de Abril de 2017

Echenique, DNI Nº 34.062.210 a los efectos de cancelar el Certificado de Plazo Fijo Nominativo N
072-35871/9 tomado en Banco Francés, fecha de vencimiento 14 de julio de 2016 por un capital de PESOS NUEVE MIL DOSCIENTOS ONCE CON
97/100 $ 9.211,97. Como recaudo se transcribe la resolución que así lo dispone en su parte pertinente:
San Juan, 10 de febrero de 2017. A los fines de la cancelación solicitada, publíquese edicto durante un día en un diario local y en el Boletín Oficial con mención expresa de los datos del denunciante y los que individualizan el documento cuya cancelación se solicita; con la citación a los interesados para que deduzcan la oposición que estimaren procedente; bajo apercibimiento de que transcurrido el término de treinta días a partir de dicha publicación, se autorizará a su beneficiario al cobro del monto correspondiente cfr. Arts. 1871; 1872; 1873; 1874 y 1875 del Cód.
Civil y Comercial.- Fdo: Dr. Abel Soria, Juez. San Juan, 28 de Marzo de 2017. Adriana Sirera de Dávila, Firma Autorizada.N 52.963 Abril 03. $ 200.EDICTO
Primer Juzgado Civil, en autos 147.375, "ROMERO DE NARVAEZ, DIONICIA MARIA
C/MALLA
DE
ROMERO, MARIA
CONCEPCIÓN - S/Escrituración, se ha resuelto:
San Juan, 23 de febrero de 2017. VISTOS: Y
CONSIDERANDO:
RESUELVO: I Por presentada la Sra. DIONICIA MARIA ROMERO DE
NARVAEZ, DNI Nº 1.835.980, con la representación procesal de su apoderado Dr. Rodrigo A. Romero Costa. Por denunciado el domicilio real y constituido el procesal Calle Gral. San Martín Nº 411 Este, Capital, San Juan. Désele la correspondiente participación en autos.- II Condenar a los herederos de la Sra. MARÍA CONCEPCIÓN MALLA DE
ROMERO, DNI Nº 8.089.316, a que suscriban la escritura pública de transferencia del dominio respecto del inmueble ubicado en calle General Paz Nº 1220 Sur, Desamparados, zona "B" NC Nº 0150250180, San Juan, inscripción de dominio Mat. 15715
Fº 15 Tº 150 año 1979, según informe de dominio que obra a fs. 19, en favor de la actora, la que se otorgará por ante el registro del escribano que estuviere designado en el contrato o -en ausencia de ésteel que proponga la actora.- III Establecer que la referida obligación deberá realizarla bajo apercibimiento de que si no lo hicieren en el plazo de diez días, será suscripta la escritura por el Sr. Juez titular de la causa y a exclusiva costas de la demandada cf. Art. 472, 473 del C.P.C..- IV Imponer las costas a la parte demandada. V Regular los honorarios del abogado actuante Dr. Rodrigo A. Romero Costa, en un valor equivalente al 10% de la base regulatoria que
Pág. 183.633

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de San Juan del 3/4/2017

TitreBoletín Oficial de la Provincia de San Juan

PaysArgentine

Date03/04/2017

Page count16

Edition count1765

Première édition17/05/2016

Dernière édition18/06/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Abril 2017>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829
30