Boletín Oficial de la Pcia. de San Juan del 31/3/2017

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de San Juan

Boletín Oficial
Que el Honorable Concejo Deliberante ha considerado y aprobado el Proyecto elevado por el DEM a través del cual eleva a consideración de ese cuerpo la posibilidad de donar un terreno identificado con N.C
11-40-278570, Fracción C, al Instituto Provincial de la Vivienda para la construcción de viviendas en el distrito Las Tapias.Que el HCD a través de la Ordenanza 2.815/16 se autoriza la donación.Que el Poder Ejecutivo Municipal comparte en todos sus términos lo dispuesto en la misma.
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
Artículo 1: Promúlgase en todos sus términos la Ordenanza Nº 2.815-H-C-D-2017 sancionada en fecha 22 de Marzo del 2.017.Artículo 2: Póngase en vigencia la citada Ordenanza, Comuníquese a las Áreas Municipales que corresponda, cópiese, publíquese, archívese.Fdo. José Castro - Intendente Municipalidad de Angaco C.P.N. Raúl E. Páez Secretario de Hacienda Municipalidad de Angaco Cta. Cte. 11.983 Marzo 31. $ 865.MUNICIPALIDAD DE ANGACO
SAN JUAN
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
ORDENANZA Nº 2.816 / 17
VISTO: La solicitud elevada a este Honorable Concejo Deliberante por parte del Departamento Ejecutivo Municipal, para la aprobación de la donación de una porción de terreno ubicada en la Villa del Salvador, Departamento Angaco, al Instituto Provincial de la Vivienda de San Juan;
Y CONSIDERANDO: Que en el mes Diciembre de 2.016 se suscribieron convenios con el Gobierno de la Provincia de San Juan para la construcción en nuestro Departamento de viviendas a través de operatorias del Instituto Provincial de la Vivienda I.P.V. en la Villa del Salvador, cabecera de nuestro Departamento.
Que en el mencionado convenio esta Municipalidad como modo de colaboración se compromete a la donación de los terrenos suficientes para la
San Juan, Viernes 31 de Marzo de 2017

construcción de las viviendas pactadas.
Que esta Municipalidad cuenta con disponibilidad de terreno para destinar a tal efecto en las inmediaciones de las Calle Segovia y Divisoria, en la Villa del Salvador que colinda con el Loteo realizado por la Comuna en el marco del Programa Municipal Techo Seguro y el terreno donado para la construcción del Nuevo Hospital de Angaco.
Que la construcción de estas viviendas en nuestro Departamento implicaría una solución habitacional a numerosas familias que hoy viven en situación de emergencia habitacional.
Que es facultad del Honorable Concejo Deliberante decidir sobre lo anteriormente expuesto, donando el inmueble referido al Instituto Provincial de la Vivienda de la Provincia de San Juan para la construcción de viviendas en la Villa del Salvador de nuestro Departamento Angaco.
POR ELLO: y en uso de las facultades que le confieren las legislaciones vigentes, que le son propias;
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE
LA MUNICIPALIDAD DE ANGACO
SANCIONA:
ARTÍCULO 1º: Dónase al Instituto Provincial de la Vivienda de la Provincia de San Juan al espacio identificado como fracción A, conforme plano tramitado en Expediente Nº 504-0553-M-2.015 de la Dirección de Planeamiento y Desarrollo Urbano de la Provincia de San Juan, Nomenclatura Catastral de origen 11-60-269320, sito en Calle Segovia esquina Divisoria en la Villa del Salvador, Departamento Angaco, que encierra una superficie de 59.953,90
mtrs.2 o lo que en más o en menos resultare de la mensura, división y deslinde definitivo a realizarse.ARTÍCULO 2º: La donación establecida en el Artículo 1º de la presente Ordenanza se realiza con cargo para que el Instituto Provincial de la Vivienda de la Provincia de San Juan construya viviendas a través de sus operatorias vigentes.ARTÍCULO 3º: Comuníquese, cúmplase, cópiese, regístrese y archívese.-

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de San Juan del 31/3/2017

TitreBoletín Oficial de la Provincia de San Juan

PaysArgentine

Date31/03/2017

Page count24

Edition count1765

Première édition17/05/2016

Dernière édition18/06/2024

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