Boletín Oficial de la Pcia. de San Juan del 7/2/2017

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de San Juan

Boletín Oficial
FDO. Dr. Héctor Rafael Rollán; Juez. San Juan, 25
de Noviembre de 2016. Mirna Silvana Morales;
Actuario.
N 51.935 Febrero 03/07 $ 60.EDICTO
La Sra. Juez del Séptimo Juzgado Civil, Comercial y Minería, cita y emplaza por treinta días a herederos y acreedores del Sr. MARTÍN, ANCELMO, en autos N 158.340, caratulados: "MARTÍN, ANCELMO
S/ Sucesorio". Aclárese que el plazo previamente fijado comenzará a correr desde el día siguiente al de la última publicación y se computará en días corridos, salvo los que correspondieren a ferias judiciales -conf.
Art. 692 in fine del C.P.C.Publíquense por tres días en el Boletín Oficial y en un diario local. San Juan, 30 de Noviembre de 2016.
Fdo.: Dra. Romina Pereyra Carta; Pro-Secretaria.
N 51.943 Febrero 03/07 $ 60.EDICTO
Octavo Juzgado Civil, Comercial y Minería de San Juan, cita y emplaza por el plazo de treinta días a herederos y acreedores de OSCAR JORGE FLORES, en autos N 158.898, caratulados: "FLORES, OSCAR JORGE - S/Sucesorio". Hágase saber que sólo se incluirán en la declaratoria de herederos a los titulares de la vocación hereditaria que, además de justificar el vínculo con el causante, acepten la herencia en forma expresa o se acredite en autos que ha existido aceptación tácita de la misma, conforme Art. 2294 del Código Civil y Comercial de la Nación.
Ello sin perjuicio del derecho que asiste a los coherederos y acreedores de hacer uso de la facultad que le otorga el Art. 2289 del mismo cuerpo legal.
Publíquese por tres días en Boletín Oficial y en un diario local. San Juan, 28 de Diciembre de 2016. Fdo.:
Alejandra Morales; Jefe de Despacho.N 51.964 Febrero 07/09. $ 60.EDICTO
El Sr. Juez del Juzgado de Paz de Valle Fértil, cita y emplaza por treinta días a herederos, acreedores y a todos aquellos que se consideren con derechos a los bienes dejados por Don JORGE CAYETANO DÍAZ, en autos N 404/16, caratulados: "DÍAZ, JORGE
CAYETANO - S/Sucesorio". Publíquese edictos por tres días en el Boletín Oficial y en un diario local. Fdo:
Dr. Pedro R. Rizo, Juez de Paz de Valle Fértil.- San Juan, Febrero de 2017. Dr. Pedro R. Rizo, Juez de Paz.N 51.968 Febrero 07/09. $ 60.-

Pág. 183.014

EDICTO
Juzgado de Paz Letrado de 25 de Mayo, cita y emplaza por el plazo de treinta días a herederos y acreedores del Sr/a. FERNÁNDEZ, AUDON
FERNANDO, en Autos N 5223/16, caratulados "FERNÁNDEZ, AUDON FERNANDO S/
SUCESORIO". Hágase saber que sólo se incluirán en la Declaratoria de Herederos a los titulares de la vocación hereditaria que además de justificar el vínculo con el causante, hayan aceptado la herencia de conformidad a las disposiciones del Código Civil y Comercial de la Nación.El plazo previamente fijado comenzará a correr desde el día siguiente al de la última publicación y se computará en días corridos, salvo los que correspondieren a ferias judiciales -conf. Art. 692 in fine del C.P.C Publíquese por tres días en Boletín Oficial y en un diario local. 25 de Mayo, San Juan, 29
de Diciembre de 2016. Dr. Guillermo Rahme Quattropani - Juez de Paz Letrado, Juzgado de Paz 25
de Mayo.
Nº 52.059 Febrero 07/09. $ 60.EDICTO
PRIMER,JUZGADO CIVIL, cita y emplaza por el término de 30 días a herederos y acreedores del Sr.
RODRÍGUEZ MARIO EDUARDO, en Autos N
153.309 caratulados RODRÍGUEZ MARIO
EDUARDO S/ Sucesorio.
Publíquense edictos por el término de tres días en el Boletín Oficial y en un Diario local en la forma prescripta por los Arts. 682, 683 y 692 C.P.C. y se les hace saber que sólo serán incluidos en la declaratoria de herederos a los titulares de la vocación hereditaria que además de justificar el vinculo con el causante, hayan aceptado la herencia de conformidad a las disposiciones del Código Civil cfr. Art. 2293 y cc C.C.. Fdo. Dr. Héctor Rafael Rollán, Juez. SAN
JUAN, 15 de Noviembre de 2016. Mirna Silvana Morales, Actuario.
Nº 51.972 Febrero 07/09. $ 60.RECAUDACIÓN DIARIA
Publicaciones
Impresiones
Venta Boletines Oficiales
Total

1.240,00
2.700,00
170,00
4.110,00

06-02-17

San Juan, Martes 7 de Febrero de 2017

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de San Juan del 7/2/2017

TitreBoletín Oficial de la Provincia de San Juan

PaysArgentine

Date07/02/2017

Page count12

Edition count1765

Première édition17/05/2016

Dernière édition18/06/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Febrero 2017>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
262728