Boletín Oficial de la Pcia. de San Juan del 14/9/2016

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de San Juan

Boletín Oficial
D E C R E TO S AC UE RD O
DECRETO ACUERDO N 0028
SAN JUAN, 06 de Septiembre de 2016
VISTO:
El Expediente N 500-0915-2016, registro del Ministerio de Planificación e Infraestructura de la Provincia de San Juan, Ley Nacional N 25.561, sus modificatorias y reglamentarias, Decretos Nacionales N 214-2002 y sus modificatorios, N 1295-2002, N
634-2003; Decreto Nacional N 691-2016; Decreto Provincial N 1447-MITyMA-2004, modificatorios y complementarios; y, CONSIDERANDO:
Que el Decreto Nacional N 1295/2002 fue dictado con el objetivo de establecer un régimen de Redeterminación de Precios de Contratos de Obras Públicas, tendiente al mantenimiento de la ecuación económico financiera original de los contratos de obras públicas durante todo el plazo de su duración y a futuro, mientras se mantuviera la prohibición del Artículo 8º de la Ley N 25.561, norma nacional de Emergencia Pública y Régimen Cambiario.
Que atento a la realidad económica que atraviesa el país, el Gobierno Nacional sancionó el Decreto N
691/2016, el que deroga el Decreto Nacional N
1295/2002 y aprueba el Régimen de Redeterminación de Precios de Contratos de Obra Pública y de Consultoría de Obra Pública de la Administración Pública Nacional.
Que entre las causas que llevaron a la Nación al dictado del acto administrativo mencionado, se encuentran la inaplicabilidad total del Decreto N
1295/2002 debido al aumento generalizado de los precios, las restricciones a la importación de insumos y los tiempos de sustanciación de los procedimientos de redeterminación de precios de los contratos;
asimismo la alteración de la ecuación económico financiera de los contratos de obra pública ha importado un aumento significativo de los reclamos administrativos y judiciales conllevando a que un gran número de obras públicas de vital importancia para el país se encuentren paralizadas o con un grado de avance significativamente menor al que le hubiese correspondido.
Que el reemplazo de la Metodología de Redeterminación de Precios de Contratos de Obra Pública prevista en el Decreto N 1295/02, por el nuevo régimen establecido en el Decreto Nacional N
691/2016 garantiza la continuidad de la ejecución de los Contratos suscriptos - aplicando el principio de esfuerzo compartidoy permite la celebración de nuevos contratos que otorguen mayor certeza y transparencia.

Pág. 181.224

Que el Artículo 3º del Decreto Nacional N 691/2016
invita a las Provincias, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los Municipios, a las empresas y sociedades del Estado, a las sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria y a los Fondos Fiduciarios integrados total o parcialmente con bienes y/o fondos del Estado Nacional, a adherir a sus disposiciones o a dictar normas similares en sus respectivas jurisdicciones.
Que el Estado Provincial, compartiendo los fundamentos expresados en el Decreto Nacional N
691/16, advierte una fuerte distorsión en los precios de la mano de obra y materiales de obras financiadas con recursos provinciales, nacionales y/o externos; dicho desfasaje pone en peligro la continuidad de obras públicas en curso de ejecución, resultando necesario aplicar procedimientos similares, al fijado por el Gobierno Nacional, en la de Redeterminación de Precios de los Contratos de obra pública provincial, adecuándolo a las especiales circunstancias y disposiciones provinciales.
Que en consonancia con el Artículo 4º de la norma reglamentaria nacional, resulta conveniente facultar al Ministerio de Planificación e Infraestructura de la Provincia de San Juan a crear la Comisión de Evaluación, Coordinación y Seguimiento de los Procesos de Redeterminación De Precios, la que intervendrá necesariamente como órgano asesor técnico en dichos procedimientos.
Que el presente Decreto Acuerdo se dicta en ejercicio de las facultades atribuidas por el Artículo 189 inciso 2º de la Constitución Provincial.
Que han intervenido las Asesorías Letradas del Ministerio de Planificación e Infraestructura, y del Ministerio de Hacienda y Finanzas, y Asesoría Letrada de Gobierno.
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
EN ACUERDO DE MINISTROS
DECRETA
ARTÍCULO 1º: Adhiérase a partir de la fecha del presente Decreto Acuerdo, al Decreto Nacional N
691/2016, y a las normas que lo modifique y/o reglamente, con excepción de lo dispuesto en los Artículos siguientes.
ARTÍCULO 2º: Los Pliegos de Bases y Condiciones de los procedimientos licitatorios, a partir de la entrada en vigencia el presente Decreto Acuerdo, deberán incluir como normativa aplicable para la Redeterminación precios, lo establecido en el Decreto Nacional N 691/2016.

San Juan, Miércoles 14 de Septiembre de 2016

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de San Juan del 14/9/2016

TitreBoletín Oficial de la Provincia de San Juan

PaysArgentine

Date14/09/2016

Page count12

Edition count1765

Première édition17/05/2016

Dernière édition18/06/2024

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