Boletín Oficial de la Pcia. de San Juan del 15/7/2016

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de San Juan

Boletín Oficial
LEYES

LEY N 1437-A

LEY N 1436-A
LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA
PROVINCIA DE SAN JUAN
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1º.- Facúltase al Poder Ejecutivo a realizar oferta de adjudicación en la liquidación de los bienes que componen la Sociedad de Beneficencia Hospital Español de la Provincia de San Juan, a fin de continuar con el objeto de la misma, prestación de servicios de salud, asumiendo la totalidad del pasivo e incorporando al personal dependiente del Hospital Español de San Juan, en la medida que lo permita la legislación vigente.
ARTÍCULO 2.- Autorízase al Poder Ejecutivo a realizar las diligencias pertinentes para que los bienes, que componen la Sociedad de Beneficencia Hospital Español de la Provincia de San Juan, ingresen al dominio del Estado Provincial. Asimismo, incorporar al Ministerio de Salud Pública y hospitales públicos descentralizados, en la medida de las posibilidades que lo establece la legislación vigente, al personal que actualmente cumple funciones en relación de dependencia en el Hospital Español de la Provincia de San Juan.
ARTÍCULO 3.- Autorízase al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda y Finanzas, a realizar los ajustes presupuestarios necesarios para el cumplimiento de la presente norma legal.
ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, a los dos días del mes de Junio del año dos mil dieciséis.
Fdo.: Ing. César Eugenio Aguilar Vicepresidente Segundo Cámara de Diputados
Mario Alberto Herrero - Secretario Legislativo Cámara de Diputados CERTIFÍCASE, que la Ley Nº 1436-A, se encuentra promulgada de acuerdo a lo previsto en el Artículo 168º ss. y cc. de la Constitución Provincial.
San Juan, 23 de Junio del 2016.
Fdo.: C.P.N. Juan Flores Secretario General de la Gobernación
LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA

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PROVINCIA DE SAN JUAN
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase la adenda de fecha 30/06/2015, modificatoria del convenio celebrado en fecha 22/04/2014, entre la Dirección Nacional de Vialidad, por una parte, y por la otra la Dirección Provincial de Vialidad, con el objeto de la realización de la obra: "Ruta Provincial N 215 calle 11, tramo:
calle Joaquín Uñac - Ruta Nacional N 40, departamento Pocito-Provincia de San Juan", ratificada por Decreto N 0761-MPeI, de fecha 5 de Mayo de 2016.
ARTÍCULO 2.- Facúltase al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda y Finanzas, a modificar el presupuesto de gastos y de recursos y el financiamiento, para atender el gasto que genere lo dispuesto en la presente Ley.
ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, a los dos días del mes de Junio del año dos mil dieciséis.
Fdo.: Ing. César Eugenio Aguilar Vicepresidente Segundo Cámara de Diputados

Mario Alberto Herrero - Secretario Legislativo Cámara de Diputados CERTIFÍCASE, que la Ley Nº 1437-A, se
encuentra promulgada de acuerdo a lo previsto en el Artículo 168º ss. y cc. de la Constitución Provincial.
San Juan, 23 de Junio del 2016.
Fdo.: C.P.N. Juan Flores Secretario General de la Gobernación
San Juan, Viernes 15 de Julio de 2016

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de San Juan del 15/7/2016

TitreBoletín Oficial de la Provincia de San Juan

PaysArgentine

Date15/07/2016

Page count20

Edition count1765

Première édition17/05/2016

Dernière édition18/06/2024

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